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Un tribunal anula la multa de Hacienda por la deducción indebida de 1.000 € por guardería
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BENEFICIO FISCAL DE 1.000 EUROS

Un tribunal anula la multa de Hacienda por la deducción indebida de 1.000 € por guardería

El conflicto entre miles de madres y la Agencia Tributaria por los gastos de guardería registra un nuevo hito con la sentencia del TEAR de Extremadura que anula una sanción

Foto: Imagen de una guardería. (EFE)
Imagen de una guardería. (EFE)

La batalla de las madres que pelean por su derecho a la deducción por gastos de guardería y Hacienda sigue viviendo nuevos hitos. A la espera de que el conflicto acabe, previsiblemente, en la Justicia y se tenga que pronunciar sobre ello el Supremo, siguen los pronunciamientos de los tribunales regionales.

El último ha llegado en Extremadura, dando la razón a una madre que recurrió una sanción. El Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Extremadura, como el resto, sigue el criterio marcado por el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), después de disparidad en sus decisiones entre los de Cantabria y Asturias. Sin embargo, no ve razones para sancionar a una madre que se dedujo indebidamente los gastos.

Foto: María Jesús Montero con Cristóbal Montoro. (EFE)

Este punto también es relevante, ya que muchas madres, según fuentes vinculadas a los pleitos en marcha, optaron por incluir la deducción de 1.000 euros en su declaración de la renta de 2018, primer año en el que se introdujo esta ayuda, que 'a posteriori' se limitó solo a centros de educación infantil con licencia autonómica, dejando fuera a miles de guarderías con licencia municipal para operar, pero que no se consideran centros educativos de 0 a 3 años.

En este caso, la madre incluyó la deducción en la declaración de la renta. La Agencia Tributaria modificó dicha declaración e impuso una sanción de 333 euros (más de un tercio de la ayuda a la que, finalmente, no ha podido optar). El TEAR extremeño considera que la redacción del artículo 81.2 de la Ley de IRPF, que habla de este beneficio fiscal, "pudo generar dificultades de interpretación en cuanto a si la guardería debía tener la correspondiente autorización expedida por la administración educativa competente".

La resolución recuerda que, de hecho, "ha sido necesario que el TEAC se pronuncie acerca de ello en el recurso de alzada para unificación de criterio, ante la disparidad de los TEAR de Cantabria y Asturias". Por ello, añade, anula la sanción impuesta, "no solo porque la Administración no motive la concurrencia de culpabilidad en la conducta de la reclamante, sino porque además estimamos que obró conforme a una interpretación errónea pero razonable de la norma".

Foto: Imagen de una guardería. (EFE)

Es decir, aunque el TEAR extremeño no entra a valorar el criterio de la Agencia Tributaria ratificado por el TEAC, sí señala que hay razones para interpretar lo contrario, como hizo por ejemplo el tribunal regional de Cantabria, donde las madres que pleitean por este motivo contra Hacienda consiguieron la primera victoria parcial. Después han llegado más, como desde el Defensor del Consumidor o desde el propio Congreso de los Diputados, con una propuesta de Ciudadanos aprobada por 17 votos a favor, 16 en contra (PSOE y Unidas Podemos) y tres abstenciones en la Comisión de Hacienda.

La deducción se aprobó con el desarrollo de los presupuestos de 2018, que han estado prorrogados hasta el pasado ejercicio. El texto dice que es una deducción con la que "se incrementa el incentivo fiscal cuando tenga que soportar gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros educativos autorizados", y habla de "guarderías y centros de educación infantil".

Pero el reglamento que desarrolló la ley limitó su aplicación a los centros de educación infantil, vinculándolo al ámbito educativo en el primer ciclo, entre 0 y 3 años. La ayuda aparece por defecto a las madres que tienen derecho a la misma, por el modelo 233 que tienen que enviar los centros previamente con la información.

Sin embargo, muchas madres han iniciado pleitos contra Hacienda, hayan o no incluido la deducción en sus declaraciones de la renta, e incluso hay casos en los que la han cobrado, como en Cantabria, donde el TEAR dio la razón a las madres antes del dictamen posterior del TEAR. Ahora, se espera que el asunto siga en los tribunales superiores de justicia y, finalmente, llegue al Supremo.

La batalla de las madres que pelean por su derecho a la deducción por gastos de guardería y Hacienda sigue viviendo nuevos hitos. A la espera de que el conflicto acabe, previsiblemente, en la Justicia y se tenga que pronunciar sobre ello el Supremo, siguen los pronunciamientos de los tribunales regionales.

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