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Los jueces se contradicen en el pleito contra Hacienda por la deducción de guardería
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HABRÁ QUE ESPERAR AL SUPREMO

Los jueces se contradicen en el pleito contra Hacienda por la deducción de guardería

Los tribunales superiores de Extremadura y Cantabria fallan en sentido opuesto. El Supremo tendrá que decidir si la ayuda de 1.000 euros es para el cuidado o la educación

Foto: Imagen de una guardería de Cantabria. (EFE/Aguilera)
Imagen de una guardería de Cantabria. (EFE/Aguilera)
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La batalla entre madres y Hacienda por la deducción de 1.000 euros por gastos de guarderías ya tiene sus primeras sentencias judiciales tres años después, y son contradictorias. Los dos primeros fallos de tribunales regionales tienen sentido opuesto, y llevan a que el Supremo sea el que decida si tienen sentido estas reclamaciones contra la limitación impuesta por Hacienda.

El conflicto surgió cuando miles de madres fueron a presentar la declaración de la renta 2018 en la primavera de 2019 y, en contra de lo que esperaban, comprobaron que no tenían derecho a la nueva deducción de 1.000 euros de ayuda a las madres para el cuidado de los niños. En los últimos presupuestos de Cristóbal Montoro se recogió esta medida, y se desarrolló por reglamento ya con María Jesús Montero al frente del Ministerio de Hacienda.

Foto: Imagen de una guardería. (EFE)

Para entender la problemática, hay que tener en cuenta que no está regulado el concepto de guardería, que es el que se usa comúnmente. Todos los centros que cuidan niños necesitan una licencia de apertura del ayuntamiento, que valora cuestiones de salubridad, entre otras. La ley establece que el primer ciclo educativo es de cero a tres años, regulando los centros de educación Infantil, que para serlo necesitan una autorización autonómica, que pone requisitos sobre número de profesores, tamaño de las aulas, comedor, número máximo de niños por aula, etc.

No todos los centros tienen autorización autonómica. La casuística es múltiple: comunidades en las que el registro se vuelve complicado por las exigencias o el procedimiento, centros que son anteriores al establecimiento de las exigencias y no las cumplen, otros que no han tenido necesidad o incentivo para registrarse y muchos más casos variando en cada región.

Según el 'Periódico de Extremadura', por ejemplo, en esta comunidad solo el 10% de los niños que van a guarderías lo hace en centros de educación Infantil. No hay estadísticas oficiales, aunque se estima que más de la mitad de guarderías en España no son centros de educación Infantil. También se calcula que en comunidades como Cantabria ocurre lo mismo que en Extremadura, mientras que en Madrid el porcentaje sería menor, ya que de hecho hay una ayuda de 100 euros mensuales de la comunidad vinculada a que sean centros de educación Infantil, y las exigencias de la región para que lo sean son más laxas.

Foto: Imagen de una guardería en Madrid. (EFE)

El texto de los presupuestos señaló que la ayuda consiste en que "se incrementa el incentivo fiscal [sobre la deducción de 1.200 euros de maternidad] cuando tenga que soportar gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros educativos autorizados", y habla de "guarderías y centros de educación Infantil". Posteriormente, el reglamento limitó la deducción a los centros de educación Infantil, dejando fuera a miles de madres, tal y como avanzó El Confidencial.

A partir de ahí se han sucedido las reclamaciones de las madres, tanto a título individual como desde la Asociación de Personas Afectadas por la Deducción de Gastos en Guarderías en el IRPF, que dirige Elena Manzano, profesora de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad de Extremadura. El Defensor del Pueblo se pronunció a favor de las madres, y a iniciativa del PP y de Ciudadanos, la Comisión de Hacienda del Congreso instó al Gobierno a que no limite la deducción.

Ahora han llegado las primeras sentencias judiciales, a las que ha tenido acceso El Confidencial, y apuntan a resultados diferentes. La primera ha sido en Extremadura, donde el Tribunal Superior de Justicia admite que el debate es si el reglamento se ha sobrepasado respecto al espíritu de la ley. En su interpretación, el reglamento ha concretado el espíritu de la norma al enfocarse a las madres con niños en centros de educación Infantil.

Foto: María Jesús Montero con Cristóbal Montoro. (EFE)

Todo lo contrario ocurre con el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, cuya sentencia ha llegado unos días después. Su visión es que "la finalidad de la norma es favorecer la reincorporación de los padres trabajadores al mundo laboral", y que la ley "no busca favorecer la educación de los niños menores de tres años, por lo que sería excesivo exigir que las guarderías debieran tener carácter educativo".

Esta misma diferencia de criterios también se vio en los tribunales económicos administrativos regionales (TEAR) de Hacienda, aunque ante la controversia el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) se pronunció y lo hizo a favor del criterio restrictivo que ha seguido el ministerio dirigido por María Jesús Montero.

Ahora, se esperan también sentencias, entre otros, de los TSJ de Madrid, Baleares y Aragón. En cualquier caso, ya hay un recurso de casación ante el Supremo, que presentó una madre de la asociación que dirige Manzano. Así, acabará siendo el Tribunal Supremo el que determine el número de madres que se pueden beneficiar de la deducción de 1.000 euros.

La batalla entre madres y Hacienda por la deducción de 1.000 euros por gastos de guarderías ya tiene sus primeras sentencias judiciales tres años después, y son contradictorias. Los dos primeros fallos de tribunales regionales tienen sentido opuesto, y llevan a que el Supremo sea el que decida si tienen sentido estas reclamaciones contra la limitación impuesta por Hacienda.

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