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El aumento de la presión fiscal en frío se generaliza por la no deflactación del IRPF
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ESTUDIO PUBLICADO POR HACIENDA

El aumento de la presión fiscal en frío se generaliza por la no deflactación del IRPF

La inflación merma la renta disponible de las familias. Pero también la decisión de Hacienda de no deflactar la tarifa del IRPF. Algo que afecta no solo a las bases imponibles, también a las deducciones y desgravaciones

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Fernando Villar)
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Fernando Villar)
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Existen, al menos, tres maneras de subir la presión fiscal. La primera, incrementando los tipos impositivos. Es decir, elevando los porcentajes que se aplican sobre las bases imponibles. La segunda es menos evidente. Y se produce cuando esos mismos tipos de gravamen se aplican sobre bases imponibles más altas sin que el contribuyente haya mejorado su poder adquisitivo. Y la tercera, cuando no se actualizan ni las deducciones ni los mínimos exentos, lo que supone una subida encubierta de impuestos.

A los dos últimos fenómenos se les conoce como presión fiscal en frío, que viene a ser un incremento de los impuestos sin que Hacienda tenga ninguna necesidad de elevar los tipos impositivos, lo cual, obviamente, tiene un coste político. O expresado de otra forma, se produce cuando el poder adquisitivo de los contribuyentes se reduce a consecuencia de la inflación, pero su carga fiscal es la misma o incluso más elevada por el incremento de las bases imponibles de los distintos tributos.

El resultado es una pérdida generalizada del poder adquisitivo de los salarios que ha sido especialmente intensa en 2022

Y eso es lo que está sucediendo en España desde 2008, último año en que se actualizó la tarifa del IRPF, un 2%, para adecuarla a la inflación. El resultado es una pérdida generalizada del poder adquisitivo de los salarios que ha sido especialmente intensa en 2022. Por el contrario, y frente a la caída de la renta disponible de los hogares, lo que aflora es un incremento muy significativo de los ingresos de Hacienda, que desde hace tres lustros se ha negado a actualizar la tarifa del impuesto al ignorar el aumento de los precios. Entre enero y octubre, en concreto, los ingresos homogéneos en el IRPF —la principal fuente de recaudación del Estado— están creciendo un 16,1% respecto del mismo periodo del año anterior.

Un estudio publicado por la propia Agencia Tributaria, precisamente, ha puesto números a ese proceso de subida encubierta de los impuestos y el resultado es algo más que significativo. Es tan llamativo, que una actualización del mínimo personal y familiar supondría un incremento "no despreciable", reconoce el estudio publicado por Crónica Tributaria, de sus cuantías y, por lo tanto, un beneficio para los declarantes. Por ejemplo, el mínimo exento de tributación por contribuyente se tendría que situar hoy en 6.238,20 euros, lejos de los 5.550 en que se aplica ahora. Es decir, la pérdida sería de 688,2 euros por contribuyente.

El coste para los hogares

Esa cifra, cuando el declarante tiene a su cargo ascendientes o descendientes, se incrementa de forma significativa, pudiendo llegar a los 1.116 euros en el caso de las personas discapacitadas con más de 65 años. Si el contribuyente tiene un segundo hijo menor de tres años, el coste de la no deflactación de la tarifa son 347,20 euros al año, o 558 euros a partir del cuarto descendiente a cargo. El estudio advierte de que si se tiene en cuenta lo que ha pasado en 2022, cuando la inflación media en el año se ha situado en el 8,5%, esas cifras serían incluso superiores. El coste para el contribuyente, por lo tanto, sería más elevado.

El estudio, publicado en una revista que edita Hacienda, advierte de que no solo se está produciendo un aumento de la presión fiscal respecto de la cuantía de las rentas salariales, es decir, lo que grava directamente el fisco, sino también en los gastos, ya que los precios suben al unísono que la inflación, y al aplicarse los tipos impositivos sobre niveles más altos, también se pagan más impuestos de forma encubierta. Como sostiene el trabajo, elaborado por Raquel Álamo Cerrillo, profesora titular de la Universidad de Castilla-La Mancha, al aumentar el precio de los bienes y servicios se incrementa también la base imponible de los distintos tributos, independientemente de que sean directos (IRPF) o indirectos (IVA).

Su conclusión es que el mínimo personal y familiar aplicado en el impuesto sobre la renta ha perdido eficiencia, ya que al no actualizarse conforme al IPC "no aporta información veraz sobre la situación de renta real de un contribuyente, que actualmente, como consecuencia de la inflación, tiene una renta disponible menor". Sin embargo, remarca, "la carga tributaria a la que tiene que hacer frente es más elevada".

Esto significa que los contribuyentes, por el hecho de que Hacienda tenga en cuenta la renta nominal en lugar de la renta real, están obligados a tributar en tramos superiores a los que les corresponden, y al ser la tarifa del IRPF de carácter progresivo, su carga tributaria se incrementa. Una progresividad —pagan más quienes tienen mayores ingresos— que, sin embargo, se ha ido aminorando para las rentas más altas como consecuencia de que en los últimos años se ha producido una rebaja generalizada en el número de tramos de la tarifa del IRPF. Se ha pasado, en concreto, de 28 tramos en 1977 a los seis actuales.

El aumento de la presión fiscal no acaba ahí. Al igual que ocurre con el mínimo personal y familiar, las deducciones en el IRPF llevan sin experimentar variaciones desde que las mismas entraron en vigor, lo que supone en la práctica un perjuicio para las familias, ya que el objetivo con que fueron diseñadas pierde eficiencia, sostiene el artículo. O dicho de otra forma, por esta vía también se produce un aumento encubierto de la presión fiscal.

Deducciones no actualizadas

Y esto es así porque el conjunto de deducciones de carácter familiar conforma un conjunto de acciones de carácter tributario de gran relevancia para las familias, ya que les permite obtener una mayor renta disponible. Sin embargo, como consecuencia de la inflación y la no actualización de las deducciones, su eficiencia ha disminuido. De hecho, si estas deducciones hubieran sido actualizadas en 2020, atendiendo a la evolución de los precios, incluso antes del actual proceso inflacionista, el importe de estas actualmente se hubiera incrementado. Por ejemplo, en la deducción de maternidad, el importe máximo de 1.200 euros pasaría a ser de 1.279,20 euros, mientras que cuando el importe es de 1.000 euros, su actualización arroja la cifra de 1.061 euros.

La consecuencia de todo ello es clara. Al aumentar las bases imponibles, aunque se trate de rentas ficticias, ya que una parte se las ha comido la inflación, crecen con fuerza los tipos de retención. Y eso es, precisamente, lo que ha sucedido.

El tipo medio de retención que aplica Hacienda sobre salarios y pensiones, en última instancia rentas del trabajo, se sitúa ya desde hace varios trimestres por encima del 13%. Pero en el caso de los salarios, es ya del 16,1%. Es decir, niveles históricos máximos. Por lo tanto, ya está muy cerca del 19% que se aplica a las rentas del capital mobiliario. La diferencia está en que mientras en este caso han descendido desde el 25% registrado durante los años noventa, las retenciones sobre rentas del trabajo llevan creciendo desde 2008 como consecuencia de la no deflactación de la tarifa del impuesto sobre la renta.

Existen, al menos, tres maneras de subir la presión fiscal. La primera, incrementando los tipos impositivos. Es decir, elevando los porcentajes que se aplican sobre las bases imponibles. La segunda es menos evidente. Y se produce cuando esos mismos tipos de gravamen se aplican sobre bases imponibles más altas sin que el contribuyente haya mejorado su poder adquisitivo. Y la tercera, cuando no se actualizan ni las deducciones ni los mínimos exentos, lo que supone una subida encubierta de impuestos.

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