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Oleada de regularizaciones fiscales a la espera de la resolución del TJUE sobre el 720
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jueces consideran las multas excesivas

Oleada de regularizaciones fiscales a la espera de la resolución del TJUE sobre el 720

Los despachos trabajan ya con grandes patrimonios que pretenden regularizar su situación si, como esperan, el tribunal europeo tumba el modelo español de sanciones

Foto: María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (EFE)
María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (EFE)
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Los grandes patrimonios españoles con sus fortunas, o parte de ellas, en el extranjero sin regularizar, se preparan con despachos de abogados para poder desnudar su situación financiera con Hacienda y evitar problemas futuros. Para ello, confían en que el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) falle en la misma dirección que la opinión del abogado general.

La sentencia se espera para finales de año, y las expectativas que estos grandes patrimonios y sus abogados es que la dirección sea la misma a la del abogado general. Henrik Saugmandsgaard Øe consideró en su pronunciamiento en julio que "la normativa española constituye efectivamente una restricción a los movimientos de capitales, puesto que puede disuadir a los residentes fiscales en España de invertir en otros Estados, o impedir o limitar sus posibilidades de hacerlo".

Foto: (iStock) Opinión
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El modelo 720 fue creado en 2012 por el Ministerio de Hacienda dirigido entonces por Cristóbal Montoro, a la vez que se decretaba una amnistía fiscal. La idea era sancionar a las fortunas que no regularizaran su situación fiscal en esta ventana, aprobada con polémica en plena crisis. Pero diversos jueces han considerado las sanciones desproporcionadas, ya que se impone al obligado a incluir en su base imponible general los activos no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas y se enfrenta a multas de hasta el 150% de la cantidad no regularizada.

También cuestionó este modelo 720 y las sanciones que lo acompañan la Comisión Europea, que lo llevó a Luxemburgo, donde está pendiente la resolución del TJUE, esperada para finales de 2021. Lo que ya ha habido es la opinión del abogado general que, aunque deja dudas en los despachos, sí apunta a que son multas desproporcionadas y que atentan contra la libertad de circulación de capitales en la Unión Europea.

A raíz de ello, ya hay despachos que trabajan en regularizaciones de grandes patrimonios, según fuentes jurídicas consultadas. Las fortunas que tienen su patrimonio, total o parcialmente, sin regularizar, se plantean ahora hacerlo. Y, según varios despachos consultados, ya hay consultas y análisis en marcha para hacerlo si finalmente cambia el régimen sancionador a instancias del TJUE. Por ahora, en cualquier caso, se trata de una fase de estudio y preparación.

Foto: El TJUE en Luxemburgo. (EFE)

Pero si se produce el cambio por sentencia del TJUE, "es posible que facilite la eventual regularización tributaria de algunos patrimonios que, por temor a las sanciones establecidas para los casos de falta de presentación o presentación extemporánea, y a la supuesta imprescriptibilidad que se le había otorgado a distintos supuestos de rentas no declaradas en ejercicios prescritos, habrían preferido no presentar el citado modelo informativo en ningún ejercicio (y no tributar por los rendimientos que dichos activos pudieran estar generando)", señala Jesús Alemany, director en el área fiscal de Andersen.

"Cualquier persona a quien se le explica cuál es el régimen sancionador de esta norma, de manera intuitiva, percibe que es absolutamente gravoso", comenta Javier Prieto, socio de Araoz y Rueda. Hasta el punto de que, insiste, "quien no regularizó en aquel momento, de querer hacerlo con carácter posterior, podría tener que aportar parte de su patrimonio no regularizado para poder hacer frente a las sanciones que se le impusiesen. Por tanto, normalmente, nadie querría regularizar su situación tributaria con Hacienda bajo este régimen".

Queda incertidumbre

Aun así, todavía hay dudas. El abogado general opinó que las multas son desproporcionadas, pero admitió que la lucha contra el fraude puede permitir algún tipo de restricción en el principio de libertad de capitales y, sobre todo, generó incertidumbre en cuanto a los plazos de prescripción de los delitos por evasión fiscal.

De hecho, el abogado dejó claro que las sanciones son desproporcionadas cuando Hacienda tiene información a través de los intercambios automáticos con otros países, por lo que consideró acreditado que desde enero de 2016 hay posibilidad de controles oportunos y las multas son exageradas. Pero ha dejado la incógnita sobre casos en los que la evasión fiscal es anterior o empezó previamente a esa fecha.

Foto: Foto: iStock.

"Las conclusiones del Abogado General de la Unión Europea han sembrado ciertas dudas en relación con la imprescriptibilidad y en relación con las sanciones del 150%, no aclarando si son desproporcionadas o no", avisa Cristina Mayo, socia de FinReg. "El Abogado General considera que determinadas multas fijas son desproporcionadas (dado que son 15, 50 y 66 veces superiores en situaciones internas) habida cuenta que la presentación del modelo 720 constituye una obligación formal y cuyo incumplimiento no causa ningún perjuicio económico a Hacienda", insiste en la misma línea Ignacio Gridilla, director del área fiscal de BDO, que añade que "desde hace mucho tiempo existe la sensación de que el modelo 720 llegará a su fin, pero ese momento no termina de llegar".

Javier Vinuesa, socio de Gómez & Pombo, recuerda que el abogado general fundamentó sus conclusiones en la Sentencia X y Passenheim-van Schoot. En ese caso, "el TJUE validó un periodo de prescripción (el neerlandés) que era superior para bienes y derechos situados en el extranjero respecto al periodo de prescripción aplicable para activos situados en dicho Estado. Ahora bien, el periodo prolongado validado por el TJUE fue de doce años. Habrá que ver si el TJUE decide extender ese periodo prolongado sine die, hasta validar la imprescriptibilidad de la norma española".

El experto considera que el planteamiento del abogado general fue pragmático por ver abuso con las sanciones cuando Hacienda ya tiene posibilidad de obtener la información. "Pero dicho razonamiento debería completarse con cualquier otro mecanismo multilateral de intercambio de información tributaria que garantice esos mismos resultados de automatismo y efectividad. Por ejemplo, la Administración española recibe anualmente y de forma automática información tributaria de terceros Estados que han implementado el Common Reporting Standard (CRS). Todas estas cuentas también deberían quedar excluidas del Modelo 720 y de la regla de imprescriptibilidad", añade Vinuesa.

Los grandes patrimonios españoles con sus fortunas, o parte de ellas, en el extranjero sin regularizar, se preparan con despachos de abogados para poder desnudar su situación financiera con Hacienda y evitar problemas futuros. Para ello, confían en que el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) falle en la misma dirección que la opinión del abogado general.

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