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La JUR rechaza la compensación a los afectados por la resolución del Popular
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La JUR rechaza la compensación a los afectados por la resolución del Popular

La Junta Única de Resolución (JUR) ha decidido este miércoles que no es necesario compensar a los accionistas y acreedores afectados por la resolución del Popular

Foto: Logo del Banco Popular
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Malas noticias para los accionistas y acreedores afectados por la resolución del Banco Popular Español. La Junta Única de Resolución (JUR) ha decidido que no es necesario compensarlos porque “no habrían obtenido un mejor trato en un proceso ordinario de insolvencia”.

La JUR intenta dar así carpetazo al proceso iniciado con la resolución del Popular en 2017, y su decisión preliminar, en agosto de 2018, de no compensar a los accionistas y acreedores de la entidad. La Junta ha tomado esta decisión después de tener en cuenta los informes que ha hecho un “valorador independiente”, que en este caso ha sido Deloitte, así como tras analizar los comentarios que ha recibido la institución a través del proceso de ‘derecho de audiencia’ de la JUR, que han sido casi 3.000.

Elke Köning, presidenta de la JUR, ha recibido numerosas críticas sobre la falta de trasparencia del proceso de análisis sobre la resolución, en especial el papel jugado por parte de Deloitte, con informes confidenciales y que cuando la defensa ha tenido acceso a ellos ha sido solo de manera parcial y compleja.

Foto: Estación de Metro del Banco de España, junto a la sede de la entidad (Reuters).

En las conclusiones de la decisión publicada este miércoles, la Junta señala que de los informes y sus análisis “se deduce que no existen diferencias entre el trato que han recibido los accionistas y acreedores afectados y el que hubieran recibido si la entidad hubiese sido disuelta por un proceso de insolvencia ordinario en la fecha de la resolución”.

“Esta decisión cierra el proceso de análisis para determinar si un proceso de insolvencia hubiera producido un mejor resultado” para los afectados, ha asegurado en una nota de prensa Köing, que ha señalado que “está claro que no es el caso”. “Comprendo que será decepcionante para aquellos que hayan sufrido pérdidas, pero ello demuestra que el marco de resolución es efectivo, y que ha protegido a los contribuyentes de pérdidas y de inestabilidad financiera”, señala la alemana.

La JUR ya ha comunicado su decisión al FROB, como autoridad nacional de resolución que implementó la decisión del 7 de junio de 2017 por la cual la Junta consideró que era de interés público para proteger a los depositantes y evitar la inestabilidad del sistema financiero proceder a la venta del Popular al Banco Santander.

Malas noticias para los accionistas y acreedores afectados por la resolución del Banco Popular Español. La Junta Única de Resolución (JUR) ha decidido que no es necesario compensarlos porque “no habrían obtenido un mejor trato en un proceso ordinario de insolvencia”.

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