Es noticia
Castigo ejemplar: diez años de sanción por dopaje para la velocista Blessing Okagbare
  1. Deportes
  2. Atletismo
NO QUISO COLABORAR

Castigo ejemplar: diez años de sanción por dopaje para la velocista Blessing Okagbare

Okagbare fue expedientada por tres infracciones del reglamento antidopaje, incluida la que el 31 de julio pasado le impidió tomar la salida en las semifinales de 100 metros en Tokio

Foto: Sanción ejemplar para Blessing Okagbare. (Reuters/Lucy Nicholson)
Sanción ejemplar para Blessing Okagbare. (Reuters/Lucy Nicholson)

El Tribunal Disciplinario de la Unidad de Integridad del Atletismo (AIU) ha sancionado a la velocista nigeriana Blessing Okagbare durante diez años, cinco de ellos por la presencia y uso de múltiples sustancias prohibidas y otros cinco por negarse a cooperar en la investigación abierta tras detectarse su caso.

Según informó este viernes la AIU, órgano independiente creado por la Federación Internacional de Atletismo (World Athletics), el árbitro responsable del procedimiento ha concluido que el empleo de sustancias dopantes por parte de la atleta antes de los Juegos de Tokio 2020 supone un agravante según las reglas, que justifica un periodo de inhabilitación adicional al estándar de cuatro años.

Foto: Martín Perarnau, con su nuevo libro. (EFE/Sergio Barrenechea)

También que su negativa a cooperar en la investigación ha negado a la AIU la oportunidad de descubrir evidencias sobre más violaciones de la normativa tanto por ella como por otras personas, por lo que le impuso una sanción adicional de cinco años. Blessing Okagbare fue expedientada el pasado octubre por la AIU por tres infracciones del reglamento antidopaje, incluida la que el 31 de julio pasado le impidió tomar la salida en las semifinales olímpicas de 100 metros en Tokio 2020.

La velocista fue suspendida ese día con efectos inmediatos tras dar positivo por la hormona del crecimiento humano en un control de dopaje al que fue sometida el 19 de julio pasado. A esa primera infracción, la AIU sumó otra al constatar que en un control anterior fuera de competición, pasado el 20 de junio en Nigeria, también dio positivo por eritropoietina (EPO).

Por último, la AIU presentó cargos contra Okagbare por la negativa de la atleta a colaborar en la investigación de su caso, de acuerdo con la norma 12 del reglamento antidopaje de World Athletics. Okagbare negó todos los cargos y solicitó que fueran examinados por el tribunal disciplinario, que hizo pública su resolución.

El director de la AIU, Brett Clothier, acogió "con satisfacción la decisión del tribunal disciplinario" y aseguró que "una sanción de 10 años es un mensaje contundente contra los intentos intencionados y coordinados de hacer trampas al más alto nivel". "Es un resultado impulsado por nuestras pruebas de inteligencia, así como por nuestro compromiso de investigar las circunstancias en que se producen los positivos", añadió.

El Tribunal Disciplinario de la Unidad de Integridad del Atletismo (AIU) ha sancionado a la velocista nigeriana Blessing Okagbare durante diez años, cinco de ellos por la presencia y uso de múltiples sustancias prohibidas y otros cinco por negarse a cooperar en la investigación abierta tras detectarse su caso.

Según informó este viernes la AIU, órgano independiente creado por la Federación Internacional de Atletismo (World Athletics), el árbitro responsable del procedimiento ha concluido que el empleo de sustancias dopantes por parte de la atleta antes de los Juegos de Tokio 2020 supone un agravante según las reglas, que justifica un periodo de inhabilitación adicional al estándar de cuatro años.

Juegos Olímpicos
El redactor recomienda