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Los jóvenes que tengan como casero a un pariente o a un socio, excluidos del bono
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BONO JOVEN DE ALQUILER

Los jóvenes que tengan como casero a un pariente o a un socio, excluidos del bono

El real decreto contempla varios supuestos para evitar la picaresca y que no se produzcan abusos en la solicitud del bono de alquiler para los jóvenes del Gobierno

Foto: Los jóvenes que tengan como casero a un pariente o a un socio, excluidos del bono(Efe: Zipi)
Los jóvenes que tengan como casero a un pariente o a un socio, excluidos del bono(Efe: Zipi)

El Consejo de Ministros aprobó ayer el bono joven de alquiler en Madrid que contempla ayudas de hasta 250 euros para los menores de 35 años, que ganen menos de tres veces el IPREM (24.318 euros), es decir, deberán contar con una cierta estabilidad económica y laboral.

Según contempla el real decreto que regula el bono alquiler joven, publicado hoy en Boletín Oficial del Estado (BOE), los perceptores de las ayudas tendrán que acreditar una vida laboral de al menos tres meses durante el periodo previo a la solicitud o asegurar una fuente de ingresos que dure, como mínimo, seis meses desde el momento de la petición.

Otro de los requisitos para poder acceder al bono es que los alquileres que no podrán superar los 600 euros mensuales, aunque en algunas ocasiones el límite puede ser hasta 900. En el caso de las habitaciones, el tope máximo serán 300 euros, o 450 euros en situaciones excepcionales.

Foto: Madrid y Barcelona, apartados del bono joven: muy pocos alquileres de 600 €. (EFE/Fernando Alvarado)

Para evitar posibles picarescas, el decreto contempla varios supuestos en los que no se podrá acceder al bono joven de alquiler aunque se cumplan los requisitos de edad, tope máximo del alquiler e ingresos. Es el caso, por ejemplo, cuando existe un parentesco entre arrendador o arrendatario o el inmueble lo alquila una sociedad y el arrendatario es socio de la misma, tampoco si ya se dispone de una vivienda en propiedad.

Así, por ejemplo, el solicitante del bono joven no podrá "ser persona propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España". No obstante, se excluyen los casos en los que se es propietario de una parte de una vivienda recibida en herencia, así como, aún siendo propietarios de una vivienda, puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por separación o divorcio, o por cualquier otra circunstancia.

Por otra parte, cuando existe una relación de parentesco entre inquilino o casero -padres, hijos, suegros, yernos, nueras, abuelos, hermanos, nietos o cuñados- tampoco se podrá optar al bono de alquiler joven. También estarán excluidos aquellos inquilinos socios de la empresa que alquila la vivienda.

El Consejo de Ministros aprobó ayer el bono joven de alquiler en Madrid que contempla ayudas de hasta 250 euros para los menores de 35 años, que ganen menos de tres veces el IPREM (24.318 euros), es decir, deberán contar con una cierta estabilidad económica y laboral.

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