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El TS planteará que sea el TJUE quien decida la prescripción de los gastos hipotecarios
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SE ALARGA LA ESPERA

El TS planteará que sea el TJUE quien decida la prescripción de los gastos hipotecarios

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) ha acordado, por unanimidad, preguntar a las partes sobre la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial al TJUE

Foto: El TS planteará que sea el TJUE quien decida la prescripción de los gastos hipotecarios. (iStock)
El TS planteará que sea el TJUE quien decida la prescripción de los gastos hipotecarios. (iStock)

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) ha acordado, por unanimidad, preguntar a las partes sobre la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre régimen prescripción aplicable a acciones de recuperación de gastos hipotecarios. De esta manera, el alto tribunal evita pronunciarse directamente sobre el tiempo con el que cuentan los hipotecados para iniciar sus reclamaciones de gastos de formalización de las hipotecas.

Y, si las partes afectadas así lo deciden, será el Tribunal Supremo el que eleve al tribunal europeo una cuestión prejudicial para que sea este quien se pronuncie sobre dicha prescripción. Es decir, el Supremo pasaría la 'patata caliente' al TJUE sobre una cuestión que puede dejar sin posibilidad de reclamar lo pagado de más a miles de hipotecados.

"Nos parece una solución prudente de cara a no crear más inseguridad jurídica en torno al tema. Antes que una sentencia confusa o en contra de los consumidores preferimos que el Supremo consulte al TJUE, aunque esto suponga que tengamos que esperar un poco más", asegura a El Confidencial Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).

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Por su parte, desde reclamador.es, consideran que con esta decisión, "el Tribunal Supremo alarga la incertidumbre de los afectados por los gastos hipotecarios planteándose la oportunidad de una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esto supone una decisión sorprendente, más aún cuando el día 8 de junio dictó Sentencia en la que ya planteaba que solo cuando se declarara la nulidad de la cláusula podía reclamarse el importe pagado de más. Si bien en ese caso se trataba de una cláusula suelo, no existe ninguna especialidad en la de gastos que pudiera generarle dudas al respecto del sentido de su decisión".

Hipotecados y bancos tendrán que seguir esperando

La expectación sobre la decisión del TS era máxima, no solo por parte de los hipotecados, sino también por parte de las entidades financieras que ahora tendrán que esperar si se llega a un acuerdo para que sea la justicia europea la que decida sobre la prescripción. De ser así, tanto hipotecados como entidades financieras deberán esperar varios meses más hasta que se pronuncie el TJUE.

El alto tribunal español ha tomado esta decisión dos meses después de que la justicia europea fallara acerca de un pago efectuado por un prestatario en virtud de cláusulas consideradas abusivas o ilícitas de un contrato de crédito al consumo. El TJUE entendió que si el plazo de prescripción empieza a contar desde el momento en el que el prestatario realiza un pago, ello puede implicar que se produzca la prescripción "incluso antes" de que finalice el contrato.

Y este criterio puede "privar sistemáticamente a los consumidores" de la posibilidad de reclamar la restitución de los pagos realizados en virtud de cláusulas que posteriormente se consideren abusivas. A efectos de hacer valer sus derechos, proseguía la sentencia, un consumidor no puede verse obligado a demostrar el "carácter doloso" de la conducta de la entidad financiera, porque de lo contrario quedaría indefenso.

El Tribunal Supremo debe decidir cuándo comienza el plazo de prescripción, si a los cinco años de la sentencia de 2015 que declaraba abusivas diversas cláusulas, posición que defienden las entidades financieras, o cuando al consumidor se le reconoce mediante sentencia que ha abonado cláusulas abusivas.

La reforma del Código Civil de 2015 redujo el plazo de prescripción de las acciones personales de 15 a cinco años, estableciendo que, para los contratos firmados con anterioridad, la fecha de prescripción sería el 7 de octubre de 2020. Sin embargo, tras la declaración del estado de alarma se acordó suspender los plazos y retrasar la prescripción hasta diciembre de 2020.

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) ha acordado, por unanimidad, preguntar a las partes sobre la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre régimen prescripción aplicable a acciones de recuperación de gastos hipotecarios. De esta manera, el alto tribunal evita pronunciarse directamente sobre el tiempo con el que cuentan los hipotecados para iniciar sus reclamaciones de gastos de formalización de las hipotecas.

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