¿Retroactividad total por las cláusulas suelo? El Supremo aporta más sombras que luces
¿Qué pasa con aquellos clientes de BBVA que no acudieron a los tribunales pero que firmaron su hipoteca con este banco?, ¿se aplica el principio de 'cosa juzgada'?
El Tribunal Supremo se ha pronunciado finalmente sobre la retroactividad total respecto a la devolución de las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo y, lejos de convertirse en el capítulo final de una larga batalla judicial contra la banca, sus palabras arrojan más interrogantes de los que aclara.
En una escueta nota de prensa, condena a BBVA a devolver a un cliente todo el dinero cobrado de más desde que dicha cláusula entró en vigor, no solo a partir de mayo de 2013. Hay que recordar que la entidad que preside Francisco González dejó de aplicar estas cláusulas en los préstamos hipotecarios a consumidores desde mayo de 2013, pero no ha devuelto a ningún afectado el dinero cobrado antes de esa fecha.
La cuestión aquí es si se considera cosa juzgada (BBVA ya ha sido condenado en firme por la primera sentencia) y no se le puede condenar dos veces por los mismos hechos. El Supremo dice que no es cosa juzgado, pero matiza que se trata de una cláusula distinta —de la antigua Unnim, adquirida posteriormente por BBVA— y no está claro si se aplica a las comercializadas por el propio banco. A la espera de conocer el contenido de la sentencia, son muchas las dudas que surgen a cientos de consumidores afectados y a los propios abogados encargados de la defensa de sus intereses.
¿Pueden reclamar los que tienen sentencia firme?
El alto tribunal no aclara qué pasará con aquellos afectados que ya tienen sentencia firme y a quienes se ha devuelto solamente el dinero cobrado de más desde mayo de 2013. Es decir, todos aquellos que ganaron la primera gran batalla judicial en los tribunales contra BBVA, Cajamar, Caixa Galicia y Banco Popular siguen sin saber si podrán recuperar su dinero con anterioridad a esa fecha. "En principio estamos ante una sentencia que afecta a los clientes del BBVA, pero para saber el alcance real de la sentencia no podemos basarnos en esta nota de prensa, sino que habrá que analizar los fundamentos de la sentencia cuando se publique", señala Ignacio de Azúa, socio del despacho V Abogados.
Quienes ganaron la primera gran batalla judicial en los tribunales contra BBVA siguen sin saber si podrán recuperar todo su dinero
Es decir, aunque el Supremo ha modificado su doctrina aplicando por primera vez la retroactividad total de una cláusula suelo, dicha sentencia no se refiere a los casos ya juzgados en 2013, sino al caso de un cliente concreto y a una sentencia puntual, en este caso de la Audiencia Provincial de Barcelona, en la que rechaza que concurra “cosa juzgada” por ser, entre otros motivos, una acción individual, no colectiva.
La demanda que generó la primera decisión del Supremo en 2013 sí era colectiva, lo que en la práctica significa que se deja la puerta abierta a que a todos los clientes que reclamen de forma individual, y cuyo caso no disponga de sentencia firme, no haya que aplicarles el límite de la retroactividad a partir de mayo de 2013.
"Entendemos que a un cliente que ha reclamado de manera colectiva no se le debería cerrar la puerta a una reclamación individual, e iría en contra de los consumidores", explica Laura Fernández, abogada de Defensor de tu Vivienda, quien insiste, no obstante, en que es necesario esperar a conocer el contenido exacto de la sentencia.
"Es positivo que el Supremo considere que no hay 'cosa juzgada' porque estamos ante una acción individual. Sin embargo, si las entidades no acceden a devolver los importes cobrados de más, esto abocará inevitablemente a los consumidores a presentar demandas individuales para recuperar su dinero”, añade Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), quie aboga por "revisar la sentencia para definir una estrategia jurídica que permita a todos los afectados recuperar su dinero”.
¿Pueden reclamar todos los clientes del BBVA?
Otro de los argumentos del alto tribunal para rechazar el recurso de BBVA se basa en el hecho de que en ese caso concreto se trata de una hipoteca que proviene de la antigua Unnim y el texto de la cláusula era diferente. Es decir, ¿qué pasa con aquellos clientes de BBVA que no acudieron a los tribunales pero que firmaron su hipoteca con este banco?, ¿se aplica en este caso el principio de 'cosa juzgada'?, ¿los únicos beneficiados son aquellos cuya hipoteca acabó en manos del BBVA?
BBVA compró Unnim Banc (que nació de la fusión de las cajas de Manlleu, Sabadell y Tarrasa) al FROB en marzo de 2012 y se fusionaron un año más tarde, sumando no solo su red de oficinas sino un millón de clientes y miles de hipotecas. Es decir, BBVA heredó préstamos con cláusulas suelo que no originó. Después de que el Supremo haya rechazado la pretensión del banco de que planteara si es o no 'cosa juzgada' al tribunal de la UE mediante una cuestión prejudicial, será el propio Supremo el que resuelva esta cuestión en todas las cláusulas suelo de la entidad.
"Lo que viene a decir el Supremo es que la hipoteca que se está enjuiciando no era del BBV, sino de la Caixa d'Estalvis Comarcal de Manlleu. Pero tampoco dice qué pasa si se trata de un hipoteca del BBVA", añade Laura Fernández. "Entendemos que seguirá el mismo criterio del tribunal europeo y dará la razón a los consumidores", añade.
Desde el BBVA, aseguran que la entidad "respetará y cumplirá la sentencia del Tribunal Supremo sin reservas y en cuanto recibamos la sentencia procederemos a atender las reclamaciones".
No aclara si deberá recurrir a nuevas provisiones para cubrir las posibles consecuencias económicas de dicha retroactividad, como tampoco aclara si, al igual que hizo Bankia, pondrá en marcha un sistema extrajudicial para resolver todos los litigios que se le presenten, evitando de esta manera que se colapsen los juzgados.
Sin más provisiones, por el momento
BBVA no ha anunciado, hasta ahora, más provisiones por este nuevo revés judicial. El beneficio atribuido de 2016 incorpora el impacto negativo de 404 millones de euros netos por la dotación en el cuarto trimestre de una provisión de 577 millones de euros brutos para cubrir posibles reclamaciones futuras ligadas a la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
A principios de febrero, el consejero delegado del BBVA, Carlos Torres Vila, insistió en que la entidad no tenía previsto hacer nuevas dotaciones a provisiones para atender a posibles reclamaciones por las cláusulas suelo, más allá de las que ya ha dotado con cargo a las cuentas de 2016. El ejecutivo aseguró que estaban cómodos con esos niveles y no prevén "más ajustes".
Pelea judicial hasta el último momento
BBVA es una de las tres entidades, junto con Cajamar y Abanca (en aquel momento, Novacaixagalicia), que aparecen en la sentencia del Tribunal Supremo que falló sobre la existencia de algunas cláusulas suelo abusivas por falta de información, aunque limitó la retroactividad a 2013, y que posteriormente el tribunal europeo señaló que deben devolverse desde el inicio.
Las entidades han sostenido hasta ahora que no les afecta la sentencia de Luxemburgo porque prevalece el principio de 'cosa juzgada', según el cual no se puede condenar a nadie a dos cosas distintas por los mismos hechos (para salvaguardar la seguridad jurídica). Y tienen a su favor el artículo 510 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece unos supuestos tasados para que se pueda revisar una sentencia firme, entre los que se encuentra una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pero no un fallo del Tribunal de Justicia de la UE.
El Tribunal Supremo se ha pronunciado finalmente sobre la retroactividad total respecto a la devolución de las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo y, lejos de convertirse en el capítulo final de una larga batalla judicial contra la banca, sus palabras arrojan más interrogantes de los que aclara.