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La ley impide al Gobierno castigar el odio en Twitter
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interior quiere condenar algunas expresiones

La ley impide al Gobierno castigar el odio en Twitter

El Gobierno ha impulsado una ofensiva contra los mensajes de Twitter que incitan al odio. Pero deberá sortear algunos problemas legales para lograrlo

Foto: Jorge Fernández Díaz durante una sesión de control en el Congreso
Jorge Fernández Díaz durante una sesión de control en el Congreso

El Gobierno ha impulsado una ofensiva legal contra los mensajes de Twitter que según ellos incitan al odio y la violencia, tras los insultos a la política asesinada Isabel Carrasco y los mensajes antisemitas vertidos contra el equipo israelí del Maccabi.

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, avanzó que su departamento y el de Justicia van a "poner coto" a ciertas expresiones en las redes sociales y estudiar instrumentos legales "adicionales" para perseguir a sus autores.

El político dejó claro en todo momento que quienes establecen los límites de lo que es delito son las autoridades judiciales, pero también consideró que es necesario combatir ciertas actitudes que, a su juicio, deben tener un "reproche penal".

Para ello, solicitó el apoyo y asesoría a la fiscalía, pero los problemas jurídicos y lagunas legales a los que se enfrenta son muchos.

Falta de tipicidad en el Código Penal

El principal inconveniente es que en el actual Código Penal no existe una norma que regule específicamente estos supuestos de hecho. Es decir, que adolece de una falta de regulación legal.

Ante este pequeño escollo el Gobierno lo que baraja es la posibilidad de aplicar de forma general el delito de incitación al odio. Aunque también cuenta con otra alternativa, que es tipificar algunos de esos mensajes dentro de las conductas que contempla el artículo 18 del Código Penal, que castiga la apología del delito. Es decir, la provocación o incitación directa a la perpetración de un delito. Ambos supuestos rechazados por la fiscalía y la mayoría de juristas consultados.

En el primer caso, el artículo 510.1 del Código Penal establece que: "Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses".

Según ha explicado a Teknautas el catedrático en Derecho Penal por la UCM, Fernando Santa-Cecilia, "este precepto es muy laxo, por lo que resultaría muy difícil aplicar en estos casos y conllevaría una grave inseguridad jurídica". "La inmensa mayoría de mensajes que se han publicado en internet manifiestan deseos y los deseos afortunadamente todavía no son constitutivos de delito. Son reprochables moralmente, pero no punibles".

No es el único que se ha manifestado en esta línea. Los abogados consultados coinciden en que tiene que haber una situación de hecho verdaderamente provocadora contra grupos o personas que formen parte de ellos. Y en el contexto que se produjeron es muy complicado que el juez entienda una intención de dolo real.

Los daños al honor tiene una cuantificación y solo requieren que se pruebe el daño, no como en el ámbito penal que necesita que se demuestre la culpabilidad del sujeto.

La imposibilidad de acceder a los datos de los usuarios

Otro de los problemas legales al que tendrá que hacer frente el ministro del Interior es la dificultad de acceder a los datos personales de los usuarios de internet.

Según ha explicado Joaquín Muñoz, socio del despacho de abogados Abanlex, "la Ley de Telecomunicaciones 9/2014 publicada recientemente, establece que la conservación y cesión de los datos generados o tratados en el marco de la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas o de redes públicas de comunicación a los agentes facultados, se hará solo a través de la correspondiente autorización judicial con fines de detección, investigación y enjuiciamiento de delitos graves contemplados en el Código Penal o en las leyes penales especiales".

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Los delitos graves son aquellos que se castigan con penas graves (a partir de cinco años, según indica el propio Código Penal). Y no es el caso ni del artículo 510 ni del 18 del Código Penal anteriormente citados, que como máximo contemplan la pena de prisión de tres años.

Esto significa que páginas como Twitter o Facebook por poner algunos ejemplos, no tendrán por qué facilitar a los órganos judiciales la información personal que se esconde tras el nick de sus usuarios. Así que lo normal en estos casos es que el juez no requiera identificarlos y termine por archivar el caso.

La libertad de expresión, un derecho que prima por encima de otros

Pero sin duda uno de los mayores inconvenientes legales para criminalizar estos mensajes en internet será el de la propia Constitución Española.

En su artículo 20 esta normativa establece que "se reconocen y protegen los derechos a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción" a los ciudadanos. Un derecho que según el propio ordenamiento jurídico español prima por encima de otros muchos.

Páginas como Twitter o Facebook por poner algunos ejemplos, no tendrán por qué facilitar a los órganos judiciales la información personal que se esconde tras el 'nick' de sus usuarios

En cualquier caso, de lo que no cabe duda es de que cada mensaje en internet polémico tendrá que ser estudiado por el órgano judicial, en lo que parece será una carga para los jueces y tribunales. Tampoco parece improbable que tras las primeras denuncias lleguen otras. Si empezaron tras la muerte de Isabel Carrasco y continuaron con la derrota del Real Madrid frente al Macabbi, ¿quién puede asegurar que no sucederá lo mismo tras la apertura de una cuenta de Twitter por parte de la Casa Real?

Tampoco hay que olvidar a los que sufrieron los mismos o peores insultos. En 2013, la ahora candidata socialista al Parlamento Europeo, Elena Valenciano, abandonó su cuenta de Twitter tras argumentar que "si este entorno no es capaz de garantizar la seguridad de mis hijos, no quiero estar aquí". Otros personajes públicos como la delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, también cerraron su perfil por este motivo. Aunque ambas volvieron a abrirlo más tarde. El propio exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón recordó hace poco que la presidenta de la Asociación 11-M, Pilar Manjón, en su día fue "machacada, insultada e injuriada" en las redes sociales sin que nadie del Gobierno pidiera una corrección. Y son muchas más las víctimas de este tipo de redes sociales.

"Denunciaremos los casos que haya que denunciar", aclaró Jorge Fernández Díaz tras las denuncias de las comunidades hebreas. Habrá que ver qué hacen los jueces al respecto.

El Gobierno ha impulsado una ofensiva legal contra los mensajes de Twitter que según ellos incitan al odio y la violencia, tras los insultos a la política asesinada Isabel Carrasco y los mensajes antisemitas vertidos contra el equipo israelí del Maccabi.

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