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Santander gana en el Supremo un pulso de 30M a los exdueños de Chupa Chups
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POR LAS INVERSIONES INMOBILIARIAS REIS

Santander gana en el Supremo un pulso de 30M a los exdueños de Chupa Chups

El Supremo ha tumbado el recurso de cuatro sociedades por las pérdidas en los vehículos inmobiliarios REIS, aunque afea la gestión del banco con estos productos

Foto: Foto: Reuters/Violeta Santos.
Foto: Reuters/Violeta Santos.
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Victoria importante en los tribunales de Banco Santander, en relación con una causa que todavía colea desde el pinchazo de la burbuja inmobiliaria. Un fallo del Supremo tumba las pretensiones de familias de la jet set catalana que reclamaban más de 40 millones de euros, además de intereses de una década y la anulación de préstamos. Eso sí, el alto tribunal afea la gestión del banco en estos productos. Los demandantes estudian nuevos recursos.

La sentencia, a la que ha tenido acceso este medio, reduce el riesgo de un roto millonario para el banco por reclamaciones pendientes de clientes de banca privada en relación con los vehículos inmobiliarios REIS —Residential Estate Investment Society—, que sufrieron pérdidas millonarias tras el estallido de la burbuja inmobiliaria. No obstante, las sociedades demandantes están estudiando la posibilidad de mantener el procedimiento vivo con un recurso de amparo ante el Constitucional y, en paralelo, acudir al Tribunal de Justicia Europeo (TJUE). De hecho, el Supremo acepta argumentos de la demanda, pero no anula los contratos porque alega que ello iría contra las sociedades inmobiliarias, que tienen figura jurídica propia, y no son estas las demandadas, sino el Santander.

Foto: Andrea Orcel. (EFE/Archivo/J.J. Guillén)

Las inversiones de este pleito estaban destinadas para clientes vip. Se trata de sociedades (REIS 1, REIS 2 y REIS Cataluña) promovidas por la banca privada del Santander para invertir en inmuebles de España, resto de Europa y Latinoamérica, especialmente para explotarlos a través del alquiler. El capital social en cada caso era de 100 millones de euros, dividido en acciones de 200.000 euros, transmisibles entre los socios. Cada cliente de banca privada que decidiera participar debía suscribir, como mínimo, un 5% del capital, y como máximo, un 18%. Mientras que Banco Santander aportaba entre el 5% y el 15%. La sociedad Santander Real Estate SGIIC era la gestora.

Las tres sociedades inmobiliarias se constituyeron en 2006, con un horizonte de inversión de ocho años y un capital social de 100 millones. En el REIS 1 había 19 socios, en el REIS 2 eran nueve y en el REIS Cataluña había 14. Entre estos inversores, había cuatro sociedades que demandaron a Banco Santander a través de un procedimiento que ha llegado al Supremo, reclamando la restitución de su inversión y la anulación de préstamos ligados a la compra de acciones. Dichas sociedades son de altos patrimonios de Cataluña, como la familia Bernat Serra, exdueña de Chupa Chups y que, según el ranking de mayores fortunas de España de El Mundo, está entre las 150 más grandes fortunas del país.

Las sociedades inmobiliarias se constituyeron en 2006, con un horizonte de inversión de ocho años y un capital social de 100 millones

Las sociedades llevaron a cabo reducciones de capital que provocaron pérdidas en los inversores, debido a que en medio del horizonte temporal estalló la burbuja inmobiliaria y esto hundió los precios de las inversiones.

Las cuatro sociedades demandantes, Garnex, Abundium, Sertram y Torre Limón, solicitaron la nulidad de los contratos financieros vinculados a los REIS. El argumento, resumido en el fallo por parte del Supremo, era que las sociedades que se constituyeron deberían haber revestido la forma de instituciones de inversión colectiva (IIC), por ajustarse a los requisitos de la Ley 35/2003 de IIC que las regula. Al no hacerlo así, argumenta la demanda, Santander infringió normas imperativas (normas que no se pueden obviar, con lo que el banco debería haber actuado según las mismas, según el argumento).

Foto: Ana Botín y Carlos Torres. (EFE)

Así, la demanda argumenta que se realizó un negocio complejo de inversión que no se sometió a la normativa y sin cumplirse los requisitos legales, por lo que se pedía la nulidad. El Supremo dice que no puede hacerlo porque si declara nulas las aportaciones tendrían que disolverse las sociedades REIS, debido a que el capital social caería por debajo del mínimo, y estas no han sido demandadas.

Las sociedades Abundium y Garnex, vinculadas a la familia Bernat Serra, pedían que se restituyera la aportación de 15 millones en cada caso a cambio de entregar las acciones, junto con los intereses legales devengados, previa compensación de las cantidades abonadas por Santander en las reducciones de capital. También, que se anularan préstamos que se solicitaron para estas inversiones.

Las sociedades Abundium y Garnex, vinculadas a la familia Bernat Serra, pedían que se restituyera la aportación de 15 millones en cada caso

En el mismo recurso de casación, también están las reclamaciones de la sociedad Sertram, de la familia Balcells Galles, y de la promotora Torre Limón. En cada caso, cinco millones de euros. En todas las instancias, los jueces han dado la razón al Santander. En 2014, fue el Juzgado de Primera Instancia número 56 de Barcelona. Después, la Audiencia Provincial en 2017 y, finalmente, el Supremo al rechazar el recurso de casación, presentado en 2019.

En el fallo, el Supremo reprende al Santander, al señalar que es posible que la evolución negativa de las sociedades REIS no solo fuera por la crisis del mercado inmobiliario, sino también por la falta de aplicación de la normativa y conducta prudencial que se exige con las IIC, como en riesgos y liquidez, temas de conflictos de interés y operaciones vinculadas, y actuación de control del supervisor, dado que las inversiones se ejecutaron de tal forma que quedaron fuera de la vigilancia de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Foto: Ana Botín (Santander) y José Ignacio Goirigolzarri (CaixaBank). (EFE/Mariscal)

Por otro lado, el alto tribunal recuerda que en instancias previas quedó probado que los inversores tenían conocimientos en el negocio inmobiliario y no podían ignorar los riesgos de esa actividad, teniendo en cuenta además que fueron asesorados por abogados y expertos fiscales.

En Santander, ha habido satisfacción con la sentencia, según fuentes del mercado, al considerar que evita el riesgo de que en demandas de este tipo, que aún colean por inversiones de hace años, pueda tener que hacer frente a las reclamaciones de clientes de banca privada.

La abogada de los demandantes, Laura Maniega, explica que “la sentencia acepta nuestra tesis argumentativa de que las sociedades REIS —promovidas por Banco de Santander— son nulas de pleno derecho porque el diseño del producto de inversión y la comercialización entre sus clientes vulneró normativa imperativa de obligado cumplimiento. Normativa cuya finalidad es la protección de los inversores”.

"La sentencia acepta nuestra tesis argumentativa de que las sociedades REIS —promovidas por Banco Santander— son nulas de pleno derecho"

La norma contrariada, prosigue, es “la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva y su normativa de desarrollo. Esta legislación impone que las sociedades de inversión estén supervisadas por el órgano regulador —que en este caso es la CNMV— y que respeten una serie de principios rectores en aras de conferir transparencia y seguridad jurídica y financiera a los inversores, lo que, por ende, se traduce en mayor protección del mercado financiero”.

Maniega concluye que discrepan y no comparten las consecuencias que el Supremo confiere al “reconocido incumplimiento de Banco Santander, y arguye que “la jurisprudencia del TJUE es clara y la nulidad provocada por la comercialización de un producto con incumplimiento de la normativa imperativa afecta directamente a la adquisición o suscripción de los títulos de inversión, no a la sociedad de inversión en sí”.

Victoria importante en los tribunales de Banco Santander, en relación con una causa que todavía colea desde el pinchazo de la burbuja inmobiliaria. Un fallo del Supremo tumba las pretensiones de familias de la jet set catalana que reclamaban más de 40 millones de euros, además de intereses de una década y la anulación de préstamos. Eso sí, el alto tribunal afea la gestión del banco en estos productos. Los demandantes estudian nuevos recursos.

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