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Julius Baer y el exbanquero Víctor del Rey se juegan 1,1 M adicionales en otra demanda
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RECLAMACIONES DE BONUS

Julius Baer y el exbanquero Víctor del Rey se juegan 1,1 M adicionales en otra demanda

Del Rey, que ha perdido en la rama laboral, interpuso otra demanda por salario devengado durante tres años y no cobrado. El conflicto podría suponer un precedente en banca privada

Foto: Oficina de Julius Baer en Lucerna, Suiza. (Reuters)
Oficina de Julius Baer en Lucerna, Suiza. (Reuters)
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La batalla judicial que enfrenta a Julius Baer y a uno de sus exbanqueros estrella, Víctor del Rey, tiene una tercera pata, según fuentes conocedoras, en la que ambas partes se juegan 1,1 millones de euros. El exempleado reclama esta cantidad en concepto de cantidades devengadas no pagadas de los años 2015, 2016 y 2017, ya que el pago debía haberse realizado en febrero de 2018, pero fue despedido antes.

El conflicto, como publicó El Confidencial, tiene su origen en 2017, con la salida de cuatro empleados de Julius Baer y demandas cruzadas. Dos de ellos, Víctor del Rey y Elena Merino, fueron despedidos y denunciaron al banco suizo por despido improcedente, aunque este ganó la batalla en la rama laboral. Asimismo, Julius Baer interpuso una demanda solidaria por competencia desleal en la que pide 3,9 millones contra los citados extrabajadores de la entidad, Auriga y Quadriga. Había tres juicios previstos para abril, pero se pospusieron por el coronavirus.

El embrollo mantiene en vilo a la industria de banca privada por poder marcar un precedente en competencia desleal. Hay una tercera parte en la que Julius Baer y Víctor del Rey se disputan algo más de 1,1 millones, según fuentes jurídicas, en concepto de reclamación de cantidades de 1,062 millones e intereses de al menos un año adicional. En este caso, el juicio estaba previsto para este mes de julio, aunque también se ha suspendido por el nuevo calendario judicial y las partes esperan fecha.

Foto: Oficina de Julius Baer en Zúrich, donde está su sede. (Reuters)

Desde Julius Baer no hay comentarios. Víctor del Rey, por su parte, ante preguntas de El Confidencial, asegura que ofreció desde el principio “pactar a cero” y que sigue haciéndolo. Es decir, retirar la reclamación de cantidades a cambio de que el banco haga lo mismo en la vía mercantil, que implica al propio banquero, a su equipo, formado por Elena Merino, Leticia Carut y Alberto Bousquet, y a Auriga y Quadriga.

Del Rey fue suspendido de empleo, pero no de sueldo, el 28 de agosto de 2017, fecha en la que Julius Baer accedió a su ordenador con un notario, peritos y abogados presentes, según su demanda. Tras un informe pericial elaborado por Forrest Digital, le despidió en septiembre. Otro informe pericial, en este caso de Mansolivar, dictaminó el daño económico de al menos 3,9 millones por una cartera de 170 clientes y más de 300 millones de euros que perdió la entidad suiza con estas salidas.

El exbanquero de Julius Baer demandó al banco por despido improcedente, pidiendo 1,2 millones por su antigüedad de casi 20 años, ya que se incorporó en 1999 a Merrill Lynch procedente de Goldman Sachs y pasó a Julius Baer cuando este grupo adquirió el negocio de banca privada internacional de la firma estadounidense. Del Rey perdió en primera y segunda instancia, y el Supremo rechazó en junio su recurso.

Foto: Pedro Abásolo, segundo por la derecha, en la junta de accionistas de Tubos Reunidos, en 2017. (EFE)

De forma adicional, presentó una demanda por 1,1 millones por cantidades devengadas, reclamación que está pendiente. Hay que tener en cuenta que la normativa europea de CDR IV obliga al pago en diferido de parte del salario de empleados o directivos con remuneraciones elevadas. En la demanda, Del Rey señala que es un bonus prometido por permanecer en Julius Baer tras la compra del negocio de Merrill Lynch.

Seguir en la empresa, no ser despedido y no actuar con comportamiento desleal son factores clave en estos procesos de reclamación de bonus devengados, según fuentes jurídicas. En los dos primeros casos, un juez de primera instancia, el Tribunal de Justicia Superior de Madrid y el Supremo dictaminaron que el despido fue procedente, mientras que en la rama mercantil se determina si ha habido mala praxis. El sector de asesoramiento y gestión de altos patrimonios estará pendiente de su resolución, por ser habituales los bonus en una industria en la que ha habido inflación de salarios, pese a que los márgenes de las entidades tienen una tendencia descendente en los últimos años.

El grupo suizo, liderado en España por Carolina Martínez-Caro y en Europa Occidental por el también español Carlos Recoder, justifica la batalla judicial en que los cuatro exempleados realizaron acciones para llevarse clientes estando aún trabajando en Julius Baer. Mientras que la contestación a la demanda mercantil de Del Rey y la reclamación de cantidades argumenta que la entidad dio pasos previamente para mover a los clientes a otros banqueros.

Foto: iStock.

El conflicto llegó incluso a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por quejas de dos empresarios del listado de clientes que ha dejado Julius Baer, cuyos datos están incluidos en dos informes realizados con compromiso de confidencialidad de Forrest Digital y Mansolivar, y en el proceso judicial bajo secreto de sumario. De fondo, además de posible mala praxis, está dilucidar si el cliente es del banco o del banquero.

En este sentido, Julius Baer asegura en la demanda presentada con el asesoramiento de Garrigues que tiene pruebas de que por ejemplo, los exbanqueros imprimieron y enviaron contratos de alta en terceras entidades trabajando aún en el banco suizo, con copia incluso a ejecutivos de Auriga. Por su parte, Víctor del Rey incluye en su respuesta cartas de clientes que aseguran irse voluntariamente de Julius Baer y tras la salida del veterano banquero por querer seguir bajo su asesoramiento.

La batalla judicial que enfrenta a Julius Baer y a uno de sus exbanqueros estrella, Víctor del Rey, tiene una tercera pata, según fuentes conocedoras, en la que ambas partes se juegan 1,1 millones de euros. El exempleado reclama esta cantidad en concepto de cantidades devengadas no pagadas de los años 2015, 2016 y 2017, ya que el pago debía haberse realizado en febrero de 2018, pero fue despedido antes.

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