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Nuevo revés judicial para CCOO por despedir a sindicalistas de forma fraudulenta
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En total, deberá pagar más de 300.000 euros

Nuevo revés judicial para CCOO por despedir a sindicalistas de forma fraudulenta

Los tribunales declaran improcedentes tres expulsiones a representantes de la plantilla en Baleares y obligan al sindicato a abonar más de 300.000 euros en diferentes conceptos

Foto: Protesta convocada por CCOO, UGT y CSIF contra la gestión en atención primaria en Andalucía. (EFE/Julio Muñoz)
Protesta convocada por CCOO, UGT y CSIF contra la gestión en atención primaria en Andalucía. (EFE/Julio Muñoz)
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En casa del herrero, cuchillo de palo. Este popular refrán resume bien los últimos procesos judiciales que ha afrontado la cúpula de Comisiones Obreras en Baleares, que ya acumula tres condenas al sindicato por haber despedido de forma fraudulenta a representantes sindicales. Tras la sentencia dictada el pasado mes de diciembre, los tribunales han declarado la improcedencia de otros dos ceses disciplinarios de dos trabajadoras al estimar que no estaban debidamente justificados. En las sentencias, dictadas por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Illes Balears y el Juzgado de lo Social n.º 1 de Ibiza, los jueces consideran o bien que los hechos no están probados o que no son lo suficientemente graves para justificar la expulsión, y obligan a la dirección de la región a readmitir a las empleadas o a indemnizarlas con sumas que combinadas rozan los 100.000 euros.

Estos dictámenes están íntimamente relacionados con otro del TSJ de Baleares, adelantado por El Confidencial a mediados de este enero, en el que declaró la improcedencia de un delegado sindical cesado a los pocos meses de haber sido elegido. Este empleado fue, de hecho, despedido en primer lugar acusado de haber vulnerado la Ley de Protección de Datos al haber facilitado el acceso al sistema informático a una persona no autorizada. Antes de abandonar la sede, además, pasó por su espacio para recoger sus pertenencias, entre ellas un USB que fue interceptado por un compañero.

Tras analizarlo, descubrieron que en su interior había datos de miles de afiliados a CCOO, conteniendo desde sus circunstancias personales hasta sus domicilios, teléfonos y cuentas bancarias para domiciliación, entre otras cosas. Asimismo, contenía claves de cajas fuertes que había en el sindicato, la firma digital del secretario, claves de acceso a ordenadores, copias de e-mails cruzados entre el secretario general de Baleares y la responsable de finanzas, e información sobre saldos y cargos en cuentas bancarias de empleados de alto nivel de CCOO.

Foto: CCOO, UGT y FINE se concentran ante la sede social de CaixaBank en Valencia. EFE Kai Forsterling

Toda esa información sensible estaba al alcance de muy pocos profesionales de la organización, entre ellos las dos representantes legales de Palma e Ibiza. La primera, de hecho, ostentaba un papel importante dentro de la representación legal de los trabajadores de CCOO en Baleares, ya que tenía una antigüedad de más de 25 años y era presidenta del comité de empresa desde 2004. A ella la dirección la acusó de haber facilitado esos datos a su compañero. A la segunda, por su parte, la culpó de haber sustraído documentación sensible para la organización y haber pasado información confidencial a terceros. A ambas se les comunicó su cese disciplinario.

Tanto el TSJ como el juzgado de Ibiza, sin embargo, revocan estas expulsiones al considerar que no ha quedado probado que facilitaran la información del pendrive a su compañero, también delegado sindical. "Las dudas expuestas son razonables y no procede de modo sólido aceptar el despido", afirman los magistrados del TSJ. "No ha quedado acreditado que la actora retirase ninguna documentación confidencial ni que la empresa detectara que faltaba ningún documento", indica por su parte el juez ibicenco.

Foto: El secretario general de CCOO, Unai Sordo. (Alejandro Martínez Vélez)

Además, el tribunal superior de Baleares recuerda que las expulsiones se produjeron poco después de que los tres representantes negociaran el nuevo convenio colectivo con la dirección. "Existe un contexto en el que cualquier medida de extinción contractual debería ser precavida y la autoría plenamente demostrada", subrayan.

"El resultado de estas tres sentencias no viene más que a corroborar que la decisión tomada por determinadas personas del sindicato ha sido un absoluto desastre a nivel reputacional y económico", asevera José Manuel Raya, abogado y letrado defensor de uno de los trabajadores, y agrega que la delegación balear de CCOO deberá abonar más de 300.000 euros como consecuencia de los tres procesos judiciales en concepto de indemnizaciones y salarios de tramitación.

La delegación balear de CCOO deberá abonar más de 300.000 euros como consecuencia de los tres procesos judiciales

En concreto, el primer trabajador recibirá cerca de 130.000 euros, mientras que la de Palma recibirá una cuantía similar (50.000 de compensación más 80.000 de salarios de tramitación). Por último, el juzgado de Ibiza reconoce a la de Ibiza una indemnización de 40.000 euros. "Despedir a representantes legales de esta forma y con este resultado no es aceptable para una entidad que debe velar por las garantías y derechos de la plantilla", concluye el abogado.

En casa del herrero, cuchillo de palo. Este popular refrán resume bien los últimos procesos judiciales que ha afrontado la cúpula de Comisiones Obreras en Baleares, que ya acumula tres condenas al sindicato por haber despedido de forma fraudulenta a representantes sindicales. Tras la sentencia dictada el pasado mes de diciembre, los tribunales han declarado la improcedencia de otros dos ceses disciplinarios de dos trabajadoras al estimar que no estaban debidamente justificados. En las sentencias, dictadas por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Illes Balears y el Juzgado de lo Social n.º 1 de Ibiza, los jueces consideran o bien que los hechos no están probados o que no son lo suficientemente graves para justificar la expulsión, y obligan a la dirección de la región a readmitir a las empleadas o a indemnizarlas con sumas que combinadas rozan los 100.000 euros.

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