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Transparencia y prescripción: los arietes del castigo judicial a la banca por las 'revolving'
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Crecen las demandas

Transparencia y prescripción: los arietes del castigo judicial a la banca por las 'revolving'

Un informe de Asufin indica que alegar el oscurantismo del contrato, y no solo la usura, es vía más segura para recuperar el dinero. Asimismo, varios fallos abren la opción de reclamar sin limitación temporal

Foto: Foto: Pexels.
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Sigue el castigo judicial a los bancos por las tarjetas 'revolving' y, al menos de momento, sin indicios de que el número de reclamaciones vaya a descender a corto y medio plazo. Así lo diagnostica un estudio de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) sobre la jurisprudencia dictada en los últimos años en relación con este tipo de productos financieros. El hecho de que las sentencias sean "mayoritariamente favorables al consumidor", indica el informe, "hace prever un constante crecimiento" de las demandas contra las entidades que comercializaron las 'revolving'.

Sin embargo, la asociación alerta de ciertos riesgos jurídicos según el argumento legal sobre el que se apoye la reclamación. Tras estudiar 224 sentencias dictadas entre 2015 —cuando el Tribunal Supremo rescató la aplicación de la Ley de Represión de la Usura de 1908— y diciembre de 2021 por los Juzgados de Primera Instancia (189), las Audiencias Provinciales (33) y el Supremo (2), el estudio detecta que las demandas que alegan usura se enfrentan a un escenario de incertidumbre o "inseguridad jurídica" porque la justicia no ha establecido un TAE de referencia a partir del cual, sí o sí, se resuelva a favor del consumidor o en contra de la entidad. Una "falta de criterio homogéneo" que provoca, según Asufin, que sea más recomendable argumentar falta de transparencia en la comercialización de la 'revolving'.

Del conjunto de fallos analizados, el 87,5% son favorables al consumidor y el 73% condenan en costas al perdedor del procedimiento. De estos últimos, ocho de cada diez impusieron el pago de las mismas a la entidad bancaria y las restantes al usuario. En relación con la fundamentación jurídica, apenas el 11,4% de las resoluciones favorables al consumidor apelan exclusivamente a la falta de transparencia; el 8% se basa en la usura y el oscurantismo; y el 80,6% se basa en la Ley de Represión de la Usura.

¿Por qué entonces Asufin recomienda no ceñirse a la apelación de la usura? Según relata el documento, por los TAE a partir de los cuales los jueces han considerado de aplicación la Ley de 1908. Porque, a pesar de que las sentencias del Supremo se refieren a índices superiores al 24,6% o 26,82%, el alto tribunal deja en manos de cada juez el análisis de las circunstancias concretas de comercialización del caso que se encuentre enjuiciando.

Así, por ejemplo, cuando el TAE es inferior al 19%, los consumidores pierden tres de cada diez casos planteados (el 28,7%), frente a la media del 12,5% de derrotas que cosechan en relación con las 'revolving'. Cuando el TAE se sitúa entre el 20% y el 21,99%, las victorias de los consumidores son casi el 87%; sin embargo, del 22% al 23,99% suben hasta el 92,3%, cinco puntos más que en el tramo anterior.

Ahora bien, el informe apunta lo "contradictorio" que resultan los pleitos con los que la 'revolving' tienen un interés de entre el 24% y el 25,99% (que se da en tres de cada diez casos judicializados), porque en ellos, "y contra todo pronóstico", las entidades logran el 21% de sentencias favorables, casi el doble de la media.

"Se observa, por tanto, que, a pesar de estar resolviendo mayoritariamente a favor del consumidor basándose en la aplicación de la Ley de Represión de la Usura, no podemos afirmar que la TAE sea el valor de referencia para resolver a favor o en contra de la entidad", concluye Asufin. Una situación de "inseguridad jurídica" provocada por una jurisprudencia "poco homogénea" que justifica alegar en todos los casos falta de transparencia, remata la asociación.

La batalla de la prescripción

Junto al frente legal de la transparencia de las 'revolving', otra batalla se está librando en torno a la prescripción de cinco años, algo que han empezado a dictar algunos juzgados a raíz de la reforma del Código Civil de 2020. Según algunas sentencias, si el titular de una tarjeta revolving lleva veinte años utilizándola y pagando intereses usurarios, con ese argumento solo se le devolvería lo cobrado en los últimos cinco.

Desde Reclama-Revolving, plataforma legal especializada en este asunto, señalan que esa alegación de la banca "choca frontalmente con las consecuencias que la ley prevé en caso de nulidad de un contrato de préstamo y que suponen la restitución de cuanto el prestatario abonó al prestamista por encima del capital prestado". Mencionan para ello el artículo 3 de la Ley de represión de la usura y el 1303 del Código Civil.

Foto: Tarjeta de crédito. (Pixabay)

"La acción de nulidad es imprescriptible, es decir, que el contrato en el que concurra algún motivo que conlleve su nulidad se puede declarar nulo en todo momento, sin importar cuánto tiempo transcurrió desde su celebración", añaden.

Esta plataforma califica como "disparate jurídico" la alegación de la banca: "El prestamista, al devolver al prestatario tan solo una parte de lo cobrado indebidamente, obtendría un beneficio en virtud de un contrato que nunca se celebró".

También hacen referencia a la sentencia del tribunal Supremo de 14 de julio de 2021 y a otra más reciente de la Audiencia Provincial de Asturias, donde se fija que en nuestro sistema la ineficacia de los contratos exige borrar sus huellas como si no hubiesen existido y evitar así que de los mismos se deriven efectos y ello de acuerdo con la regla clásica "lo que es nulo no produce ningún efecto".

Sigue el castigo judicial a los bancos por las tarjetas 'revolving' y, al menos de momento, sin indicios de que el número de reclamaciones vaya a descender a corto y medio plazo. Así lo diagnostica un estudio de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) sobre la jurisprudencia dictada en los últimos años en relación con este tipo de productos financieros. El hecho de que las sentencias sean "mayoritariamente favorables al consumidor", indica el informe, "hace prever un constante crecimiento" de las demandas contra las entidades que comercializaron las 'revolving'.

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