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El Gobierno permitirá dar préstamos 'revolving' a personas en riesgo de impago
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BUSCA LIMITAR COSTES Y AÑADIR TRANSPARENCIA

El Gobierno permitirá dar préstamos 'revolving' a personas en riesgo de impago

El Ministerio de Economía ha presentado a la industria una orden para añadir transparencia y protección al cliente. El plazo de alegaciones ha finalizado esta semana

Foto: Pago con tarjeta de crédito.
Pago con tarjeta de crédito.

El ministerio de Nadia Calviño decidió entrar en la batalla por las tarjetas ‘revolving’ con la modificación de una orden sobre “transparencia y protección del cliente de servicios bancarios”. El objetivo era atacar un tipo de préstamo asociado al consumo que puede acarrear intereses muy elevados durante un periodo indefinido. Esta semana, se ha materializado la una sentencia en contra al considerar los tipos de usura.

Economía desarrolló el texto el mes pasado y dio de plazo hasta esta semana para presentar alegaciones, entre las que figuran críticas por no establecer que el análisis de solvencia del usuario sea vinculante a la hora de darle financiación, así como incluir en la norma solo los préstamos ‘revolving’ a través de tarjetas de crédito.

Es decir, los bancos u otros prestatarios tendrán que mejorar la evaluación de la solvencia de los clientes que soliciten este tipo de crédito, pero podrán financiarles aunque consideren que es probable que cometan algún tipo de impago y engorden la deuda pendiente con la entidad.

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Estas financiaciones son crédito revolvente o ‘revolving’, porque se va renovando el importe a medida que el cliente realiza las devoluciones del capital prestado al prestatario. El titular de la línea de crédito puede disponer de financiación hasta el límite concedido sin abonar nada, sino que paga el crédito dispuesto de forma aplazada a través de cuotas periódicas que están fijadas en el contrato y que pueden consistir en un porcentaje de la deuda o cuota fija.

Las cuotas pagadas vuelven a formar parte del crédito disponible. Además, si hay impagos, la deuda se capitaliza otra vez con devengo de intereses, con lo que “la amortización del principal se realiza con frecuencia en un periodo de tiempo muy prolongado, lo que supone el pago total de una cifra elevada de intereses a medio y a largo plazo”, arguye Economía en el texto.

Los datos del Banco de España (BdE) sitúan los tipos de interés más comisiones en niveles cercanos al 20% en la partida de tarjetas de crédito con pago aplazado y tarjetas ‘revolving’. Esta semana, el Juzgado de Primera Instancia de Baracaldo (Vizcaya) ha dictado la otra sentencia firme por usura en un contrato de este tipo, otorgado desde 2010 por Cetelem —filial de consumo de BNP— con una tasa anual equivalente (TAE) del 23,14%. El consumidor había dispuesto de un total de 12.474,82 euros, y tras abonar 12.572,46 euros, aún debía 11.310 euros.

Mejorar transparencia y aliviar cargas

Economía argumenta que quiere mejorar la posición de la persona física que contrata créditos ‘revolving’, limitando plazos y cargas finales, así como reforzando la información previa. Para ello, la norma establece “orientaciones” para las entidades al evaluar la solvencia por una parte, y, por otra, “se potencia el suministro de información al prestatario”.

Esta primera cuestión es clave, ya que la norma persigue que se mejoren los procesos de evaluación de solvencia, con procedimientos internos “específicamente desarrollados” y que “serán revisados periódicamente por las propias entidades”. Así, tendrán en cuenta la situación de empleo, ingresos, patrimonial y financiera del cliente, la valoración de la capacidad del mismo, y cómo afectaría un cambio en los tipos si son variables. La evaluación debería considerar si la capacidad económica es suficiente para cumplir sin sobreendeudamiento.

Foto: Un cliente utiliza su tarjeta de crédito para pagar en una tienda de alimentacion. (Reuters)

Sin embargo, el documento especifica que “la evaluación de la solvencia prevista en este artículo se realizará sin perjuicio de la libertad de contratación”. Esto es, la modificación de la orden ministerial no impedirá que los bancos y otros prestatarios den préstamos ‘revolving’ a clientes que, potencialmente, serán morosos en algún momento y multiplicarán la deuda pendiente.

“No tiene ningún sentido la concesión de un crédito cuando, tras la evaluación de solvencia, el prestamista compruebe que el prestatario no tiene los recursos mínimos para acometer el compromiso económico que va a adquirir”, defiende Asufin, en una de las alegaciones que ha recibido Economía. La asociación también se queja de que la orden se refiera solo a los créditos ‘revolving’ con tarjeta y no a otras financiaciones de la misma modalidad sin tarjeta.

El ministerio de Nadia Calviño decidió entrar en la batalla por las tarjetas ‘revolving’ con la modificación de una orden sobre “transparencia y protección del cliente de servicios bancarios”. El objetivo era atacar un tipo de préstamo asociado al consumo que puede acarrear intereses muy elevados durante un periodo indefinido. Esta semana, se ha materializado la una sentencia en contra al considerar los tipos de usura.

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