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Mediación antes de ir a juicio: ¿ayuda para desatascar juzgados o más carga burocrática?
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Algunos lo ven como un trámite más

Mediación antes de ir a juicio: ¿ayuda para desatascar juzgados o más carga burocrática?

En enero entra en el Congreso el anteproyecto de ley de eficiencia procesal. El texto ha generado opiniones encontradas entre los letrados, que se dividen entre los que lo apoyan y los que creen que no solucionará el colapso

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La obligación legal de pasar por un mediador u otro método alternativo de solución de conflictos antes de ir a juicio está cada vez más cerca de ser una realidad. La semana pasada, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) anunció que iba a trasladar al Consejo de Estado el anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal, que recoge esta condición, para que emita su correspondiente informe. Tras este trámite, que debe realizarse en un plazo máximo de dos meses, la normativa podrá comenzar por fin su tramitación parlamentaria que, según el organismo, se iniciará en enero de 2022. De publicarse tal y como está, el ciudadano que quiera acudir a los tribunales por un tema civil o mercantil tendrá que probar que ha intentado llegar previamente a un acuerdo amistoso con la otra parte. De no hacerlo, el juez podría sancionarle en el posterior proceso judicial, obligándole a pagar las costas (es decir, los gastos derivados del procedimiento; por ejemplo, los honorarios del abogado) de la parte contraria.

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El texto no ha pasado desapercibido en el sector legal, provocando reacciones opuestas entre los letrados. Por un lado, se encuentran los que ven en esta novedad una solución eficaz para aliviar el sistema judicial, históricamente colapsado. A sus ojos, imponer estos métodos alternativos es un remedio no solo útil, sino también necesario para hacer frente a la avalancha de litigios provocada por la pandemia. En el otro extremo se hallan los detractores, que califican esta novedad de papel mojado y consideran que se acabará convirtiendo en un trámite más que alargará la resolución de las demandas.

Evitar lo inevitable

Dentro de este segundo grupo se encuentra el abogado Antonio Abellán. "Está claro que va a suponer un retraso", subraya. La mediación y los métodos alternativos, explica, ya son una opción, aunque optativa, a día de hoy, así que quien acude a la vía judicial es porque quiere. "Si uno de los dos tuviera la intención de negociar, lo habría hecho. Esta condición acabará sobrecargando al ciudadano con un trámite previo", critica. En la misma línea, el letrado considera que forzar a un particular a pasar por un mediador o cualquier otro método similar supone una privatización de la Justicia, ya que se le obliga a pagar un concepto extra que se enmarca en el ámbito privado, mientras que el acceso a los tribunales es un servicio público sufragado por toda la ciudadanía. "Es como pretender que se pase por un médico privado antes de ir el centro de salud. Nadie lo entendería, ¿no?", insiste Abellán.

Foto: El Gobierno calcula que la ley para la eficiencia procesal se aprobará a principios de 2022. (iStock)

Otra crítica recurrente de los detractores es que esta imposición no esquivará lo que ellos califican de inevitable: que el ciudadano acabe ante un tribunal. No solo por la falta de cultura, sino también porque, a pesar de llegar a un acuerdo, puede ocurrir que una de las partes lo incumpla, lo que desencadenaría de nuevo desavenencias entre las partes que tendrán que ser resueltas, eventualmente, por un juez.

Por su parte, Mercedes Villarrubia, letrada en el bufete Álvaro Requeijo Abogados, señala otra duda adicional, y es cómo se deberá probar que se ha intentado la vía amistosa. "El texto inicial no lo concreta", señala, por lo que no está claro si es suficiente con enseñar un correo electrónico o si es necesario mostrar varias conversaciones que acrediten que se tuvo un empeño persistente sin éxito. "Va a ser muy relativo, dependerá de lo que cada tribunal considere válido, y eso se traduce en inseguridad jurídica", lamenta la letrada.

Foto: Primer juicio plenamente telemático en Galicia.

Ahorro de costes

Frente a estas opiniones se encuentra Pablo Berenguer, director de la práctica de resolución de litigios comerciales en Bird & Bird. Aunque tacha las críticas de "comprensibles", considera que el anteproyecto apunta a una buena dirección. "En España, tenemos un problema de hiperjudicialización. Cualquier conflicto, por nimio que sea, acaba en un juzgado, y no siempre es la mejor solución", matiza. Al plantear la negociación como algo obligatorio, se fuerza a las partes a contemplar un escenario alternativo. Y las experiencias previas confirman que funciona. "En Italia ya se implantó un sistema de mediación previa y está siendo un éxito. Hay un número relevante de casos que se resuelve mediante acuerdos", revela el socio.

Sobre si esta medida aumentará el coste para el ciudadano, Berenguer lo descarta. En primer lugar, porque en caso de solucionarse el conflicto en la vía previa, el ahorro para el individuo será muy significativo. Y segundo, porque a pesar de no llegar a un acuerdo, tanto el tiempo como el gasto que conlleva el proceso de negociación son valores muy pequeños, "por lo que merece la pena arriesgarse", insiste.

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De la misma opinión es el presidente del Centro Español de Mediación (CEM) y exministro de Justicia, Rafael Catalá. "En términos de coste, pueden ser cinco o seis veces más barato", calcula. Pero el impulso de los métodos alternativos para solucionar conflictos no solo va a beneficiar a los ciudadanos sino también al conjunto de la sociedad. Al fin y al cabo, matiza, "poner en marcha la maquinaria de la Justicia es un proceso costoso" cuyo peso real para las arcas públicas no siempre es conocido. En este sentido, un estudio elaborado por la Comisión Europea y el ADR Center estima en 7.667 euros el coste de un proceso de mediación. Una cifra que contrasta con los 30.000 que requiere de media un juicio mercantil y civil.

Del mismo modo, descarta que los incumplimientos de los acuerdos vayan a ser algo común. Y ello por una simple razón: las soluciones negociadas tienden a generar menos discrepancias entre las partes porque no han sido impuestas por un tercero, sino que se han pactado de forma consensuada. "Es más fácil zanjar un conflicto cuando ambos se reconocen la razón de derecho el uno al otro", explica Catalá.

Foto: La mediación es el procedimiento de resolución de disputas que mejor sirve a los intereses de los clientes (iStock). Opinión
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Por otro lado, algunos abogados consideran que esta medida raya los límites de la tutela judicial efectiva. A su entender, imponer un método de solución alternativo limita la capacidad del ciudadano de resolver sus problemas judicialmente, por lo que podría infringir este derecho recogido en el artículo 24 de la Constitución. Sin embargo, el presidente del CEM recuerda que la negociación obligatoria ya existe en otras vías, como en familia o laboral, por lo que difícilmente puede alegarse este extremo.

Cultura de la mediación

Para Villarrubia, el principal problema de la medida no es ni el tiempo ni el coste, sino el propio planteamiento. "No se puede plantear la mediación como algo obligatorio, va en contra de su esencia", subraya. Una afirmación con la que coincide en parte Berenguer, que si bien admite que para llegar a un acuerdo pactado tiene que haber intención de negociar, considera que hacer esta medida obligatoria no tiene por qué generar el rechazo inicial de las partes. Y cita de nuevo el ejemplo de Italia, "donde sí ha funcionado y es un país con una cultura muy parecida a la nuestra".

Las leyes, agrega el letrado, no solo tienen un valor coercitivo, sino que además pueden tener un efecto pedagógico. "Tienden a influir en la mentalidad de las personas", resume, por lo que esta reforma podría contribuir a cambiar la española, enfocada en litigar antes que en solucionar. Sin embargo, Villarrubia insiste en que existen otras formas de impregnar la cultura del acuerdo que no consistan en obligaciones. En su opinión, el esfuerzo pedagógico debe venir de abogados, jueces y el sector legal en general para acercar a la ciudadanía este tipo de vías a través, por ejemplo, de los medios de comunicación. "La gente tiene que saber que tiene esta opción, pero debe plantearse como algo optativo y no obligatorio", concluye.

CGPJ: "se confunde eficiencia con eficacia"

Los letrados (algunos) no son los únicos que miran con malos ojos al anteproyecto de ley. El Consejo General del Poder Judicial también ha expresado sus dudas en un informe que emitió en julio de este año. La normativa salió adelante por un margen muy apretado: 12 votos a favor frente a ocho en contra. El contenido tampoco fue muy halagüeño. El Pleno del organismo acusó al texto de "confundir" los conceptos de eficiencia, eficacia y efectividad, "pues si bien determinadas disposiciones se muestran nítidamente eficaces y es fácil adivinar su efectividad, en otras es dudosa la concurrencia de tales cualidades". 

La obligación legal de pasar por un mediador u otro método alternativo de solución de conflictos antes de ir a juicio está cada vez más cerca de ser una realidad. La semana pasada, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) anunció que iba a trasladar al Consejo de Estado el anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal, que recoge esta condición, para que emita su correspondiente informe. Tras este trámite, que debe realizarse en un plazo máximo de dos meses, la normativa podrá comenzar por fin su tramitación parlamentaria que, según el organismo, se iniciará en enero de 2022. De publicarse tal y como está, el ciudadano que quiera acudir a los tribunales por un tema civil o mercantil tendrá que probar que ha intentado llegar previamente a un acuerdo amistoso con la otra parte. De no hacerlo, el juez podría sancionarle en el posterior proceso judicial, obligándole a pagar las costas (es decir, los gastos derivados del procedimiento; por ejemplo, los honorarios del abogado) de la parte contraria.

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