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Dos años de cárcel para un hombre por no usar condón habiéndolo pactado con una mujer
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Delito contra la libertad sexual

Dos años de cárcel para un hombre por no usar condón habiéndolo pactado con una mujer

El acusado padece un trastorno esquizoide de la personalidad y ha entregado al juzgado 4.400 euros en concepto de reparación del daño

Foto: Fachada de la Audiencia Provincial de Madrid. (EFE/Javier Lizón)
Fachada de la Audiencia Provincial de Madrid. (EFE/Javier Lizón)

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años de cárcel por un delito contra la libertad sexual a un hombre que mantuvo relaciones sexuales sin preservativo con una mujer a pesar de que había pactado usarlo ante el temor de ella a quedarse embarazada o contraer enfermedades de transmisión sexual.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), la Sección 15 de la audiencia madrileña condena al acusado por un delito contra la libertad sexual en la modalidad de "stealthing" (sigilosamente en inglés), sobre la que hay poca jurisprudencia en España y que consiste en no usar el preservativo durante toda la relación o parte de ella pese a haber sido pactado o impuesto por la pareja como condición al prestar el consentimiento.

La Sala aplica las atenuantes de reparación del daño y de alteración psíquica del acusado -padece trastorno esquizoide de la personalidad- y le condena a dos años de cárcel, a cinco de libertad vigilada, a no acercarse a la víctima ni comunicarse con ella durante cuatro años y a no trabajar con menores durante siete años.

El acusado "dispuso de indicadores sobrados que le avisaron de la eventualidad del carácter delictivo de su conducta", dice la sentencia, que detalla que la mujer advirtió de que no mantendría esa relación sexual sin preservativo. "Sergio supo y entendió a la perfección cuál era el código" que exigió la mujer, e "hizo creer a la denunciante que se iba a poner el preservativo y lo determinante es que no lo hizo, sin que exista una causa que los justifique", añaden los magistrados, que ven así dolo en la conducta del acusado.

Foto: Agentes de la Guardia Civil en una imagen de archivo. (EFE/Fernando Villar)

La sentencia relata que el acusado y la víctima se conocieron a través de una aplicación de contactos la segunda semana de junio de 2022 y hablaron de sus experiencias sexuales, llegando a hablar de métodos de barrera y de prevención de enfermedades de transmisión sexual, "tema que preocupaba mucho" a la mujer.

El 14 de junio compartieron episodios de intimidad sexual sin penetración y ella le indicó al hombre una serie de pautas que debían seguirse en el ámbito de sus relaciones: no podía besarla en la boca, no se podía pronunciar la palabra "follar" y en su lugar debía decirse "F", y la penetración vaginal tenía que ser con preservativo, "manifestándole el condenado que con ella lo utilizaría".

Foto: Foto: Pixabay/Webster2703.

Finalmente la mujer le dio permiso para una penetración y entendió que el hombre se había puesto un condón, pero en un momento dado comprobó que no había sido así y entró en shock, según los hechos probados. El acusado le pidió perdón, reconoció que no había usado preservativo y que "todo había sido un malentendido".

Ella se fue y acudió al hospital La Paz para una exploración ginecológica en la que tenía "nerviosismo y tendencia al llanto", tras lo que fue atendida en un centro de crisis 24 horas y en un centro integral contra la violencia sexual. Actualmente sigue tratamiento con psicoterapia en un centro especializado.

El acusado padece un trastorno esquizoide de la personalidad y ha entregado al juzgado 4.400 euros en concepto de reparación del daño.

Foto: Sala de la Audiencia de Granada. (EFE/María Ruíz)

Los magistrados no dan veracidad al testimonio del procesado, que negó haber consensuado el uso de preservativo, ya que "su propia declaración le incrimina" y "se delata porque defiende una cosa y la contraria" y su trastorno mental no le exonera.

Por eso le condena por un delito de abuso sexual del artículo 181.1.4 del Código Penal, el más favorable para él según la ley, y detalla que se trata de un caso de "stealthing", consistente en "la retirada subrepticia, en prescindir o no usar con el mismo sigilo el preservativo durante todo o parte de una relación sexual, pese a haber sido pactado o impuesto por la pareja como condición para prestar el consentimiento". Y cita los "escasos precedentes" judiciales sobre esta modalidad delictiva.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años de cárcel por un delito contra la libertad sexual a un hombre que mantuvo relaciones sexuales sin preservativo con una mujer a pesar de que había pactado usarlo ante el temor de ella a quedarse embarazada o contraer enfermedades de transmisión sexual.

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