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Colarse en el Metro de Madrid tiene multa. ¿Conoces el importe de la sanción?
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Colarse en el Metro de Madrid tiene multa. ¿Conoces el importe de la sanción?

Hacer uso indebido de los distintos transportes públicos de Madrid tiene consecuencias monetarias, aunque si pagas la multa en el acto o en 15 días el importe se reduce a la mitad

Foto: Colarse en el Metro de Madrid tiene multa ¿Conoces el importe de la sanción? (EFE/Chema Moya)
Colarse en el Metro de Madrid tiene multa ¿Conoces el importe de la sanción? (EFE/Chema Moya)

Los madrileños (y todos aquellos que visitan la capital y los pueblos de Comunidad de Madrid) disponen de diversas alternativas de transporte público para realizar sus desplazamientos y llegar a cualquier parte de la región de manera rápida, cómoda y accesible. En concreto, en la Comunidad de Madrid, los usuarios pueden utilizar los autobuses urbanos e interurbanos, el Metro de Madrid o el Cercanías Renfe.

De todos ellos, es el Metro el más utilizado cada día, llegando a alcanzar los 183,8 millones de pasajeros en los cuatro primeros meses de 2022, según datos del Consorcio Regional de Transportes de Madrid.

Foto: Estación fantasma de Chamberí. (Metro de Madrid)

De hecho, esta cifra supone un aumento considerable respecto a los 128,4 millones de usuarios que lo utilizaron en el mismo periodo de 2021. Sin embargo, quedan lejos de los 236,6 millones del primer cuatrimestre del año 2019, el año previo a la pandemia por el coronavirus.

Ir sin billete tiene multa

Es tal el trasiego de personas en las horas punta que muchas veces los vagones van completamente atestados y más de alguno de estos usuarios suele utilizar los trenes sin haber pagado el billete correspondiente, una de las obligaciones como consumidor de este servicio.

"Siempre que viaje en un transporte público debe disponer de un billete válido desde el inicio hasta el final del viaje, que debe cancelar en las máquinas a la entrada del transporte y enseñar a los empleados de la empresa si se lo solicitan durante el viaje", advierte la empresa.

La persona infractora tendrá que pagar una multa de 80 € por no tener un billete válido

En caso contrario, es decir, si no se tiene un billete válido, la persona infractora tendrá que pagar una multa que asciende a 80 euros, aunque si se abona en el momento o en un plazo de 15 días, el importe se reduce hasta los 40 euros. Esta misma multa es con la que también se sanciona en los autobuses interurbanos. En el caso de los autobuses urbanos, la sanción será 20 veces el importe del billete, mientras que para Cercanías Renfe será el triple del importe del título de transporte sencillo, del recorrido máximo de las zonas de cada línea.

Los madrileños (y todos aquellos que visitan la capital y los pueblos de Comunidad de Madrid) disponen de diversas alternativas de transporte público para realizar sus desplazamientos y llegar a cualquier parte de la región de manera rápida, cómoda y accesible. En concreto, en la Comunidad de Madrid, los usuarios pueden utilizar los autobuses urbanos e interurbanos, el Metro de Madrid o el Cercanías Renfe.

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