Crimen de Godella: 50 años de prisión para el padre e internamiento médico para la madre
El jurado popular declaró culpable a la pareja del asesinato de sus hijos Gabriel y María, a los que mataron en un ritual practicado en una casa de cambio de Godella (Valencia) en 2019
La Justicia valenciana ha condenado a penas que suman medio siglo de prisión (50 años y con un máximo de cumplimiento de 40) a Gabriel C. por el asesinato de sus dos hijos de tres años y medio y seis meses en marzo de 2019 en Godella (Valencia). La Audiencia Provincial ha absuelto, sin embargo, a la madre de los dos menores, María G., que tendrá que permanecer internada en centro médico especializado debido a la esquizofrenia paranoide que sufre.
El magistrado que presidió el Tribunal del Jurado ha modificado la situación personal de la mujer, que se hallaba en prisión preventiva por estos hechos, y ha acordado su libertad provisional de forma inmediata, pero le ha impuesto una medida de seguridad privativa de libertad consistente en el internamiento en un centro psiquiátrico adecuado al tratamiento de su patología.
La acusada será trasladada ahora desde el Centro Penitenciario de Picassent a la Unidad de Hospitalización Psiquiátrica de Agudos del Hospital La Fe de Valencia a fin de que el personal sanitario la examine y valore si procede su ingreso no voluntario en un centro.
De conformidad con el veredicto del jurado popular, la Audiencia de Valencia ha declarado probado que los padres asesinaron el 13 de marzo de 2019 a sus hijos, un niño de tres años y una niña de solo seis meses, tras propinarles multitud de golpes, sobre todo en la cabeza, en la parcela de la casa de campo de Godella donde residían.
Los acusados estaban convencidos de la existencia de una secta que los perseguía, asediaba y abusaba sexualmente del niño, hasta el punto de que se turnaban para realizar vigilias nocturnas para evitar ser atacados y que sus hijos fueran secuestrados, según precisa la resolución judicial.
Impulsados por esas creencias e ideas, que el hombre inculcó a su compañera sentimental, decidieron que la única manera de proteger a los menores era someterlos a un “baño purificador”, “terminar con sus vidas y enviarlos al más allá para que posteriormente pudieran revivir”.
De este modo —prosigue la sentencia—, la noche de los hechos, entre las 22:00 y las 04:00 horas, “actuando de común acuerdo en ejecución de tal plan, haciendo y dejando hacer el uno al otro”, cogieron a sus hijos, los bañaron en la piscina de la casa y acabaron con su vida a golpes —contra el suelo, el bordillo de la piscina o con un objeto contundente—. Sus cuerpos fueron enterrados en dos fosas, una a unos 75 metros de la casa y la otra a unos 150 metros, en el suelo. Así fue como los encontraron las autoridades cuando acudieron a la parcela por una denuncia de desaparición de los menores. Allí también encontraron a la madre, completamente desnuda, y escondida dentro de un bidón mientras repetía que "tenían que resucitar".
La Audiencia señala, tal y como declaró probado el jurado, que en el momento de cometer los crímenes la madre de los menores sufrió un brote agudo de esquizofrenia de tipo paranoide “que anulaba completamente las bases psicobiológicas de su imputabilidad (inteligencia y voluntad)”.
La sentencia declara al padre autor de dos delitos de asesinato con agravante de parentesco y le impone por cada uno de ellos 25 años de prisión, con un límite máximo de cumplimiento de 40 años, según lo establecido por el Código Penal, así como libertad vigilada durante 10 años.
A la madre la absuelve de esos dos mismos delitos por la circunstancia eximente completa de anomalía o alteración psíquica, aunque le impone por cada uno de ellos una medida de seguridad consistente en un máximo de 25 años de internamiento en un centro psiquiátrico adecuado al tratamiento de la enfermedad mental que padece, con un máximo de cumplimiento de 40 años, y libertad vigilada durante 10 años. Se trata, según explica el diario 'Levante', de una medida "pionera".
El informe psiquiátrico forense de la madre es claro: "Dice que lo que hizo tiene una causa directa en los delirios, voces y paranoias que sufría, en nada más, de modo que no se explica la participación de ninguna otra persona en el asesinato de los menores".
La resolución, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), establece que los dos progenitores deberán indemnizar conjunta y solidariamente con 300.000 euros a los abuelos paternos de los niños y con la misma cuantía, 300.000 euros, a los abuelos por línea maternal.
La Justicia valenciana ha condenado a penas que suman medio siglo de prisión (50 años y con un máximo de cumplimiento de 40) a Gabriel C. por el asesinato de sus dos hijos de tres años y medio y seis meses en marzo de 2019 en Godella (Valencia). La Audiencia Provincial ha absuelto, sin embargo, a la madre de los dos menores, María G., que tendrá que permanecer internada en centro médico especializado debido a la esquizofrenia paranoide que sufre.
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