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La Comisión de Venecia complica el carpetazo al terrorismo con la ley de amnistía
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Informe final

La Comisión de Venecia complica el carpetazo al terrorismo con la ley de amnistía

Insiste en que no se pueden amnistiar las graves violaciones de derechos humanos que el Supremo aprecia en el caso Tsunami por el que investiga a Puigdemont

Foto: El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont. (EFE/David Borrat)
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont. (EFE/David Borrat)
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El informe de la Comisión de Venecia se ha ido contando en entregas. Primero el borrador, donde se apreciaban algunos puntos que el Gobierno interpretó como un espaldarazo a sus tesis. Días después, el resumen, en el que se condensaba el criterio en tres folios y dejaba, por tanto, matices fuera. Pero no fue hasta este lunes por la tarde cuando se hizo público el texto definitivo. Un estudio de 24 páginas que no deja en buen lugar ni la norma ni la forma de negociarla, modificarla y aprobarla escogida por el Ejecutivo. Además, llena de interrogantes las posibilidades de Carles Puigdemont de acogerse a ella en lo que afecta al delito de terrorismo que el Tribunal Supremo le atribuye en el caso sobre Tsunami Democràtic.

Pese a que la Comisión parece mostrarse satisfecha por los cambios introducidos en las sucesivas versiones del texto en lo que afecta a la exclusión del delito de terrorismo, sus apreciaciones no casan con el perdón de delitos como los que —a día de hoy— aprecia el Supremo en las acciones de la plataforma. El texto reitera que el principio rector "debe ser que las amnistías solo son compatibles con las normas internacionales si las violaciones graves de los derechos humanos quedan excluidas de su ámbito de aplicación". Esa advertencia figura incluso en las conclusiones finales, donde el informe reitera la misma idea.

Este tipo de delitos, graves violaciones de derechos humanos, son precisamente los que el TS considera que se dieron durante los disturbios contra la sentencia del procés en 2019. La unión de esta premisa con la insistencia de la Comisión para la salvaguarda de la separación de poderes y la obligación, con ello, de que sean los tribunales los que decidan la aplicación a cada caso concreto, perjudica a Puigdemont y su intención de beneficiarse de forma automática e inmediata y blindar con ello su vuelta a España.

Foto: Fachada del Tribunal Supremo en Madrid. (EFE/Emilio Naranjo)

Lo que desde el Gobierno se ha calificado como un "aval profundo" a la ley de amnistía ha acabado convirtiéndose en un conjunto de reproches en los que ni siquiera se salva el objeto oficial de impulso de la norma; es decir, la búsqueda de una reconciliación en Cataluña. La Comisión de Venecia acepta que el fin es legítimo, pero expresa serias dudas sobre si lo está consiguiendo. La ley ha provocado, dice, "una división profunda y virulenta en la clase política, en las instituciones, en el poder judicial, en el mundo académico y en la sociedad de España".

En otro de los párrafos, el informe duda de si esa finalidad perseguida se está buscando "mediante métodos y procedimientos coherentes". Para aprobarla, indican, el procedimiento debe inspirarse "en la inclusividad, la participación, los plazos adecuados y los debates públicos". Destaca la necesidad de profundizar en las consultas y contar con un calendario adecuado, requisitos "aún más importantes cuando no existe un requisito constitucional de mayorías cualificadas para la aprobación de una amnistía".

Más toques de atención

Hay otros toques de atención. Por ejemplo, el texto menciona como límite a la amnistía las llamadas "autoamnistías", que califica como aquellas en las que los perpetradores del delito o las instituciones responsables se conceden a sí mismos o a sus miembros inmunidad procesal. Numerosos juristas han señalado este hecho como un problema, ya que la ley fue condición indispensable para la investidura de Pedro Sánchez y, sin ella, no habría conseguido suficientes apoyos para ser presidente.

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[Pinche para leer el informe de la Comisión de Venecia]

También se queja de que las modificaciones adoptadas el 14 de marzo de 2024 ampliaron el ámbito temporal de la amnistía, que ahora comienza en noviembre de 2011. "Por tanto, la amnistía se aplica a un período de tiempo muy largo", dice y agrega que el legislador español "no ha dado ninguna explicación de por qué estas fechas son adecuadas". "La Comisión de Venecia no ve el vínculo causal entre el fundamento de la amnistía y estas fechas. Por ello recomienda reducir el ámbito temporal de aplicación de la amnistía", indica.

Señala, como se apuntaba ya en las versiones anteriores, que es aconsejable una aprobación de la norma por una amplia mayoría cualificada que no se limite a la absoluta. Se muestra especialmente crítico con la posibilidad de que se cite a jueces para que acudan a las comisiones de investigación. Los magistrados no solo no deben acudir a esas comisiones. Tampoco ser, siquiera, convocados a las mismas.

El informe de la Comisión de Venecia se ha ido contando en entregas. Primero el borrador, donde se apreciaban algunos puntos que el Gobierno interpretó como un espaldarazo a sus tesis. Días después, el resumen, en el que se condensaba el criterio en tres folios y dejaba, por tanto, matices fuera. Pero no fue hasta este lunes por la tarde cuando se hizo público el texto definitivo. Un estudio de 24 páginas que no deja en buen lugar ni la norma ni la forma de negociarla, modificarla y aprobarla escogida por el Ejecutivo. Además, llena de interrogantes las posibilidades de Carles Puigdemont de acogerse a ella en lo que afecta al delito de terrorismo que el Tribunal Supremo le atribuye en el caso sobre Tsunami Democràtic.

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