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El informe del fiscal que rechaza abrir una causa a Puigdemont en el TS: "No concurre terrorismo"
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SU CRITERIO NO ES VINCULANTE

El informe del fiscal que rechaza abrir una causa a Puigdemont en el TS: "No concurre terrorismo"

"Los indicios tenidos en cuenta por el instructor, en orden a elevar la exposición razonada, resultan demasiado abiertos", sostiene el fiscal del Tribunal Supremo Álvaro Redondo

Foto: El expresidente catalán Carles Puigdemont durante un debate en el Parlamento Europeo el pasado diciembre. (EFE/Ronald Wittek)
El expresidente catalán Carles Puigdemont durante un debate en el Parlamento Europeo el pasado diciembre. (EFE/Ronald Wittek)
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El fiscal Álvaro Redondo considera que no hay "indicios racionales de criminalidad en este momento procesal" como para que el Tribunal Supremo abra una causa contra Carles Puigdemont por Tsunami Democràtic. En su informe, al que ha tenido acceso este diario, concluye que el magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón "debe continuar las investigaciones", pero avisa de que en esta causa "no concurre el tipo penal de terrorismo".

Como desveló este domingo El Confidencial, Redondo trasladará esta postura al resto de fiscales de lo Penal del Tribunal Supremo durante la junta que se celebrará el próximo martes. Según apuntan fuentes jurídicas, el fiscal llegó a comentar a algunos compañeros la posibilidad de pronunciarse a favor de abrir una causa contra el expresidente catalán en un primer momento, pero finalmente su informe aboga por la decisión contraria. Este criterio no es vinculante para la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

"Los indicios tenidos en cuenta por el instructor, en orden a elevar la exposición razonada, resultan demasiado abiertos, para poderse afirmar que concurre la situación procesal que permitiría, razonablemente, que el Tribunal Supremo asumiera la competencia", sostiene en su informe. "No permite su incardinación en el tipo de terrorismo, al exigir éste la comisión de un delito grave contra la libertad".

Redondo descarta para ello la idea de que el encierro de los controladores aéreos y el bloqueo de pasajeros en el aeropuerto de Barcelona puedan ser consideradas "actuaciones terroristas". El fiscal no cuestiona que ambos hechos afectaran al "derecho humano de la libertad" y a "la integridad moral", pero insiste en que "no pueden ser consideradas como constitutivas de una detención ilegal, sino en todo caso de un delito de coacciones". Se trataría, por tanto, de un delito menos grave que "no permite su incardinación en el tipo de terrorismo, al exigir éste la comisión de un delito grave contra la libertad".

Foto: El expresidente catalán Carles Puigdemont durante un debate del Parlamento Europeo. (EFE/Ronald Wittek)

"Decimos que no se verifica la detención ilegal, por cuanto esta figura penal exige que el elemento subjetivo abarque la intención específica de encerrar al perjudicado", remarca el informe. "Si se analiza en profundidad la descripción del bloqueo de los controladores o pasajeros, se observa que no se hace referencia a una conducta, por parte de los manifestantes ni por parte de los promotores de dichas actuaciones".

No hay indicios suficientes contra Puigdemont

Además de rechazar que las protestas de Tsunami puedan ser investigadas como terrorismo, Redondo también señala que por el momento no existen indicios suficientes contra Puigdemont ni contra Ruben Wagensberg. Dada la condición de eurodiputado del primero y de diputado del Parlament del segundo, solo el Supremo tiene competencia para abrir una causa contra ambos, pero el fiscal considera que no se dan los requisitos exigidos. Como desveló el pasado miércoles El Confidencial, Wagensber ya se ha marchado a Suiza para esquivar la investigación de Tsunami.

Foto: Rubén Wagensberg durante una sesión plenaria en el Parlamento de Cataluña, en 2019. (Europa Press/David Zorrakino)

"La imputación a un aforado requiere la existencia de indicios fundados de responsabilidad contra él, dado que los aforamientos personales constituyen normas procesales de carácter excepcional", argumenta el fiscal. "El instructor debe investigar hasta alcanzar indicios fundados que justifiquen dicha imputación".

Redondo sigue así la misma línea que el fiscal de la Audiencia Nacional Miguel Ángel Carballo, que el pasado noviembre ya cargó contra García-Castellón por enviar la causa al Supremo "sin fundamento alguno, sin nuevos hechos acreditados y sin que se haya practicado ninguna diligencia que haya recogido nuevos indicios de responsabilidad criminal respecto de los aforados". El fiscal del Supremo coincide con esa idea de fondo, pero evita elevar el tono como Carballo y apunta a la necesidad de que García-Castellón siga investigando los hechos.

"Procede indicar al instructor que debe continuar las investigaciones, al no concurrir indicios racionales de criminalidad en este momento procesal, que justifiquen la elevación de la causa a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en relación con los referidos señores", concluye en su informe.

El fiscal Álvaro Redondo considera que no hay "indicios racionales de criminalidad en este momento procesal" como para que el Tribunal Supremo abra una causa contra Carles Puigdemont por Tsunami Democràtic. En su informe, al que ha tenido acceso este diario, concluye que el magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón "debe continuar las investigaciones", pero avisa de que en esta causa "no concurre el tipo penal de terrorismo".

Carles Puigdemont