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Del muñeco de Abascal a incitar el odio machista: los precedentes a los que se agarra el PSOE
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PRESENTA SU DENUNCIA EN FISCALÍA

Del muñeco de Abascal a incitar el odio machista: los precedentes a los que se agarra el PSOE

Los socialistas argumentan que los hechos ocurridos en Ferraz no quedan amparados por la libertad de expresión y recogen tres sentencias previas sobre delitos de amenazas y odio

Foto: El muñeco que representaba a Pedro Sánchez. (Europa Press/Diego Radamés)
El muñeco que representaba a Pedro Sánchez. (Europa Press/Diego Radamés)
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El PSOE denunció este viernes ante la Fiscalía el apaleamiento del muñeco que representaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la pasada Nochevieja en la calle Ferraz. Los socialistas argumentan que estos hechos no quedan amparados por la libertad de expresión y destacan para ello tres sentencias previas: una que hace referencia a un suceso con un muñeco que representaba al líder de Vox, Santiago Abascal; otra, que se centra en un hombre que deseó la muerte de políticos a través de redes sociales; y una tercera sobre la publicación de mensajes de odio contra las mujeres asesinadas por violencia machista.

El primer caso tuvo lugar la madrugada del 8 de marzo de 2020, cuando un hombre de 31 años se desplazó a la plaza María Agustina de Castellón para colgar de un árbol un muñeco con la fotografía de Abascal y una serie de manchas rojas que simulaban disparos. También escribió las letras Vox y BAF, acrónimo de Brigades Antifeixistes de Castelló.

El mensaje iba dirigido a los afiliados y simpatizantes de Vox que esa misma mañana se citaron en la plaza para coger un autobús y desplazarse al Palacio de Vistalegre de Madrid, donde el partido celebró un mitin multitudinario con la intervención del propio Abascal.

"El muñeco fue examinado por agentes de policía científica que hallaron huellas del acusado en la cinta adhesiva, lo que permitió su identificación", explica la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Castellón del pasado 25 de abril. "El acusado estuvo movido por motivos ideológicos al confeccionar el muñeco y ubicarlo en el árbol, pretendiendo atentar contra la tranquilidad de ánimo de Abascal y de las personas afiliadas y simpatizantes al partido". "Abascal conoció la existencia del muñeco a través de las redes sociales, sufriendo el lógico temor, por lo que reclama".

El suceso se saldó con una condena de ocho meses de cárcel para el hombre por un delito de amenazas no condicionales, que puede conllevar hasta dos años de cárcel. Vox, que ejerció la acusación particular, reclamó una condena de tres años de cárcel por un delito de odio, pero la Fiscalía no compartió su criterio y el juzgado acabó descartando el mismo, aplicando solo una agravante de discriminación.

"Una conducta aislada, como la aquí enjuiciada, no es apta para despertar, hacer nacer, ese clima de odio o tensión en la sociedad, ni siquiera en la zona de Castellón, no alcanzando la gravedad propia del delito", concluyó en su sentencia.

Políticos "colgados del puente"

El PSOE incluye en su denuncia tanto el delito de amenazas como el de incitación al odio, entre otros. Como ha ido informando El Confidencial a lo largo de esta semana, el principal problema para sostener su acusación por delitos de odio se encuentra en que la jurisprudencia del Tribunal Supremo advierte de que este tipo queda reservado a los ataques contra grupos vulnerables y minorías sociales. Para tratar de salvar este escollo, los socialistas apuntan a una sentencia que la Audiencia Provincial de Madrid dictó el 3 de noviembre de 2022.

Este segundo caso también parte de una denuncia presentada por Vox, pero esta vez contra un tuitero que el 5 de abril de 2021 publicó en redes sociales una foto del cadáver del dictador italiano Benito Mussolini colgado de una viga en Milán, junto al siguiente comentario: "Abascal y Monasterio colgados del puente de Vallekas como sus ídolos italianos #VallekasAntifascista". El Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid descartó que estos hechos pudieran encajar con un delito de odio, pero después de que Vox recurriera esta decisión, la Audiencia Provincial de Madrid ordenó reabrir la causa en 2022.

"De entender que solo una persona vulnerable o determinados colectivos desfavorecidos son los protegidos por el delito de odio, nos llevaría a concluir que los no vulnerables pueden ser atacados con la intención dimanante del odio y por su pertenencia a una nación, raza, creencias, ideología, su sexo, orientación o identidad sexual, o por razones de género", advierte el tribunal en su sentencia. "Protegen a toda la ciudadanía siempre que la persona o personas afectadas encajen en uno de los motivos de discriminación taxativamente establecidos por el legislador". La Audiencia Provincial ordenó la reapertura en contra del criterio de la Fiscalía, que solo apreciaba un posible delito leve de amenaza.

"La de putas que hay sueltas"

La denuncia menciona por último la condena a dos años y medio de cárcel que el Tribunal Supremo impuso a un tuitero por difundir mensajes de odio contra las mujeres asesinadas por violencia machista. La sentencia se dictó el 9 de febrero de 2018 y destaca los siguientes mensajes que publicó a lo largo de 2015: "53 asesinadas por violencia de género machista en lo que va de año, pocas me parecen con la de putas que hay sueltas"; "y 2015 finalizará con 56 asesinadas, no es una buena marca, pero se hizo lo que se pudo, a ver si en 2016 doblamos esa cifra, gracias"; "ya tengo los explosivos preparados para esta noche liarla en Sol, Feliz Año, Alá es grande", y "ahora solo falta un atentado en Madrid, unos cuantos españoles muertos y un 2015 de puta madre".

En un primer momento, la Audiencia Nacional le condenó a dos años de cárcel por un delito de incitación al odio (un año) y otro delito de enaltecimiento del terrorismo (un año), pero el Supremo terminó absolviéndole de este último al estimar que sus expresiones sobre los atentados habían sido muy genéricas y sin concretar el acto que enaltecía o la figura que pretendía reivindicar. Sin embargo, el tribunal le elevó la pena final, al estimar el recurso de la Fiscalía, que apuntó para ello a que había usado internet para difundir este mensaje y, por tanto, se le debía aplicar la agravante de hacer que el mensaje de odio resultara "accesible a un elevado número de personas".

Foto: Imagen del muñeco apaleado y colgado de un semáforo en los alrededores de la calle Ferraz. (Europa Press/Diego Radamés)

Sin entrar en estas cuestiones concretas, la denuncia del PSOE se hace eco de esta sentencia por la propia definición que ofrece del delito de odio: "Sanciona a quienes fomentan o promueven la discriminación, el odio o la violencia contra grupos o asociaciones por distintos motivos que son recogidos en el precepto". Al no mencionar de forma directa a los grupos vulnerables y minorías sociales, los socialistas consideran que refuerza su postura de que el apaleamiento del muñeco que representaba a Sánchez también puede ser castigado como un delito de odio.

El PSOE denunció este viernes ante la Fiscalía el apaleamiento del muñeco que representaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la pasada Nochevieja en la calle Ferraz. Los socialistas argumentan que estos hechos no quedan amparados por la libertad de expresión y destacan para ello tres sentencias previas: una que hace referencia a un suceso con un muñeco que representaba al líder de Vox, Santiago Abascal; otra, que se centra en un hombre que deseó la muerte de políticos a través de redes sociales; y una tercera sobre la publicación de mensajes de odio contra las mujeres asesinadas por violencia machista.

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