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La tramitación urgente de la ley de amnistía impedirá al PP pararla en el Senado
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La tramitación urgente de la ley de amnistía impedirá al PP pararla en el Senado

El PSOE cuenta con una sentencia del Tribunal Constitucional que puede esgrimir en el caso de que los de Alberto Núñez Feijóo tengan la tentación de alargar los tiempos

Foto: Alberto Núñez Feijóo durante su última rueda de prensa. (EFE/J.P.Gandul)
Alberto Núñez Feijóo durante su última rueda de prensa. (EFE/J.P.Gandul)
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El PP ya lo intentó en 1995 y no lo consiguió. La mayoría absoluta de los populares en el Senado no logrará detener o alargar la tramitación de una hipotética ley orgánica de amnistía si esta va acompañada de una declaración de urgencia. El PSOE cuenta con una sentencia del Tribunal Constitucional que puede esgrimir en el caso de que los de Alberto Núñez Feijóo tengan la tentación de alargar los tiempos. El procedimiento está blindado por el reglamento de la Cámara, que acota de forma muy precisa los plazos, recordaba el TC en aquella ocasión.

La tramitación de las leyes orgánicas viene tasada en los reglamentos por los que se rigen las dos cámaras. Una vez superado en el Congreso el trámite de enmiendas, votado y aprobado el texto definitivo con los cambios que apruebe la mayoría necesaria, las normas se trasladan al Senado para continuar su camino. En el caso de que no sean urgentes, la cámara alta dispone de dos meses. No obstante, si lo son, el artículo 133 y siguientes del reglamento precisan que se dispone de un plazo de veinte días naturales para ejercitar las facultades de orden legislativo.

Foto: Raquel Sánchez, Pedro Sánchez, Pilar Alegría e Isabel Rodríguez. (EFE/Mariscal)

Eso implica una reducción notable de los distintos plazos de tramitación, que siempre se cuentan en días naturales. La urgencia implica que la cámara alta tiene cuatro días para la presentación de enmiendas y propuestas de veto, que puede ampliarse dos días más, dos para designar ponencia, cuatro para que esta emita informe y cinco como máximo para que la comisión pertinente elabore un dictamen.

Una de las opciones más probables, dados los números que maneja el PP en esa cámara (140 senadores, 30 más de los necesarios para una mayoría absoluta), es que una ley de ese tipo reciba una propuesta de veto completo. Pero ni siquiera con él se paralizaría la aprobación definitiva y entrada en vigor. El texto viajaría en ese caso de vuelta al Congreso sin inclusión de enmienda ni cambio alguno y allí saldría adelante con los votos de la mayoría que ya sumaron para la elección de Francina Armengol como presidenta.

En las distintas legislaturas, unos y otros partidos han puesto en marcha triquiñuelas para alargar los plazos de tramitación de las proposiciones de ley. El más habitual consiste en alargar el plazo de enmiendas una y otra vez y eternizar la aprobación. La declaración de urgencia impide normalmente este truco, aunque no libra totalmente a una norma de retrasos. Esa es la otra opción del PP: tratar de ampliar los tiempos alegando que se necesita tiempo para la elaboración de las propuestas de modificación de aspectos de la ley.

La sentencia del Constitucional

En 1995 la mayoría del PP del Senado se opuso a la declaración de urgencia por parte del Gobierno de la Ley Orgánica sobre regulación de la interrupción voluntaria del embarazo y no la admitió a trámite, alargando con ello su tramitación. La Abogacía del Estado acudió al Tribunal Constitucional y este acabó dando la razón al Ejecutivo. Eso sí, cinco años después.

La resolución indica que la declaración de urgencia por el Gobierno de un proyecto de ley a efectos de su tramitación, "si bien abrevia el plazo de esta, ni le priva del ejercicio de su función legislativa, al incidir el mecanismo conferido al Gobierno sobre la cronología del procedimiento pero no sobre el contenido del proyecto, ni restringe, ni en modo alguno podía hacerlo, el derecho de la cámara y de sus miembros a tramitar los proyectos de ley en el plazo constitucionalmente establecido".

Para el TC, la reducción del tiempo de tramitación no tiene por qué traducirse "en merma alguna de los principios constitucionales que han de informar el procedimiento legislativo en cuanto procedimiento de formación de la voluntad del órgano". Este medio de agilización —recordaba el TC— fue una opción del constituyente para habilitar un mecanismo que permitiera "influir en el desarrollo cronológico" de la tramitación de las leyes.

El PP ya lo intentó en 1995 y no lo consiguió. La mayoría absoluta de los populares en el Senado no logrará detener o alargar la tramitación de una hipotética ley orgánica de amnistía si esta va acompañada de una declaración de urgencia. El PSOE cuenta con una sentencia del Tribunal Constitucional que puede esgrimir en el caso de que los de Alberto Núñez Feijóo tengan la tentación de alargar los tiempos. El procedimiento está blindado por el reglamento de la Cámara, que acota de forma muy precisa los plazos, recordaba el TC en aquella ocasión.

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