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Primera condena a prisión a una periodista por publicar informaciones de un sumario
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De la Audiencia Provincial de Huelva

Primera condena a prisión a una periodista por publicar informaciones de un sumario

Tres magistrados castigan con dos años de cárcel e inhabilitación para ejercer a la profesional que publicó detalles sobre las diligencias por el asesinato de Laura Luelmo

Foto: Vecinos rechazan la muerte de la joven zamorana Laura Luelmo. (EFE/Julián Pérez)
Vecinos rechazan la muerte de la joven zamorana Laura Luelmo. (EFE/Julián Pérez)

Un tribunal ha condenado por primera vez a penas de prisión a una periodista por publicar informaciones basadas en un sumario. La Audiencia Provincial de Huelva ha impuesto una pena de dos años de prisión por revelar secretos a la profesional de Huelva Información que desveló en su medio detalles de las diligencias que se instruían tras el asesinato de Laura Luelmo en El Campillo (Huelva) en diciembre de 2018. Tanto la profesional como uno de sus compañeros fueron denunciados por la familia, que consideraba delictiva la difusión de datos por atentar contra la intimidad de la maestra. La Fiscalía apoyó la condena contra la que cabe recurso.

La decisión no tiene precedentes. Hasta el momento y en otras ocasiones comparables, la atribución del delito en instrucción ha acabado siempre en archivo. La Audiencia considera aplicable el ilícito del artículo 197.3 del Código Penal que castiga al que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, "se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación" y lo cedan después a terceros. Además de la prisión, impone una multa de 18 meses con una cuota de seis euros diarios y "la inhabilitación para el ejercicio de la profesión periodística durante el tiempo de la condena".

Foto: Protesta contra el archivo de la denuncia por la grabación de mujeres orinando en una calle. (EFE) Opinión

Los magistrados Carmen Orland, Florentino Gregorio Ruiz y Luis García Valdecasas han considerado que la publicación de determinados datos supera en este caso el interés general y la relevancia pública en los que se sustenta la libertad de información. Para los jueces, algunos de los detalles "excedieron" esa relevancia, ya que eran "gratuitos o innecesarios". Entre otros, citan la publicación de una fotografía de la joven comprando en un supermercado, precisiones sobre las lesiones que le inflingió su agresor o informes de toxicología.

"La justificación de la protección de la libertad de información en la relevancia social de lo que se comunica hace necesario verificar ese interés social de la información, derivado del carácter público de la persona a la que se refiere o por el hecho en que esa persona se haya visto involucrada", reconoce la sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial. Agrega, no obstante, que los datos que publicó fueron "ajenos a lo 'noticiable', excedan de cuanto pueda tener relevancia informativa o puedan calificarse de irrelevantes, gratuitos o innecesarios".

Foto: Llegada de Bernardo Montoya a la Audiencia Provincial de Huelva. (EFE)

Para los jueces, resulta determinante que el sumario se encontrara secreto en el momento en que se publicaron los artículos. "Tuvo acceso a documentación restringida al ámbito estricto de la investigación penal de la causa" que se desarrollaba en el Juzgado de Instrucción de Valverde del Camino, y "realizó la difusión de estos datos en un medio público de comunicación", dicen. Consideran por ello que no contaba con "autorización para el conocimiento de esa información" y la profesional, que en instrucción se negó a desvelar sus fuentes, "necesariamente" lo sabía.

Datos de carácter reservado

La acusada era "conocedora por su profesión en la crónica de tribunales del carácter reservado de los datos sumariales, de que su contenido afectaba a la esfera de la intimidad de la víctima y de su familia, y del perjuicio que podía causar con ello procedió a su divulgación", concluyen los magistrados.

También argumentan, sin especificar qué baremo aplican, que la periodista publicó más de "lo necesario"

También argumentan, sin especificar qué baremo aplican, que la periodista publicó más de "lo necesario". "La profusión de datos sobre lesiones y violencia sufrida por la víctima, así como de fundamentos técnicos y los detalles proporcionados, exceden de la necesaria labor informativa que necesita la comunidad en general sobre el curso de la investigación de la muerte y de las circunstancias en que se produjo el triste suceso" y comprometen "el derecho a la intimidad personal y familiar de la fallecida", indica la resolución.

La Audiencia Provincial de Huelva condenó en 2021 a Bernardo Montoya a prisión permanente revisable por la muerte y la agresión sexual. La resolución destacó la "extrema violencia" con la que Montoya violó y golpeó a la joven. Luelmo desapareció el 12 de diciembre de 2018 en el pueblo onubense, apenas unos días antes de haberse incorporado como profesora de Dibujo en un instituto de la cercana localidad de Nerva. Su cadáver apareció cinco días después en un paraje a las afueras del municipio en el que se había instalado.

Un tribunal ha condenado por primera vez a penas de prisión a una periodista por publicar informaciones basadas en un sumario. La Audiencia Provincial de Huelva ha impuesto una pena de dos años de prisión por revelar secretos a la profesional de Huelva Información que desveló en su medio detalles de las diligencias que se instruían tras el asesinato de Laura Luelmo en El Campillo (Huelva) en diciembre de 2018. Tanto la profesional como uno de sus compañeros fueron denunciados por la familia, que consideraba delictiva la difusión de datos por atentar contra la intimidad de la maestra. La Fiscalía apoyó la condena contra la que cabe recurso.

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