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La baja laboral por menstruación ya se puede solicitar: cómo pedirla y cuáles son los requisitos
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A partir del 1 de junio

La baja laboral por menstruación ya se puede solicitar: cómo pedirla y cuáles son los requisitos

Una parte de las mujeres sufren reglas extraordinariamente dolorosas que pueden comprometer su actividad laboral. A partir de ahora, la ley contempla la baja de entre uno y tres días para ellas

Foto: Foto: iStock.
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A partir de este jueves 1 de junio, las mujeres que sufran un dolor menstrual incapacitante podrán solicitar la baja temporal. La medida está recogida en la nueva ley del aborto que entra en vigor después de que fuera aprobada en el Congreso de los Diputados en el mes de diciembre de 2022. También incluye el reconocimiento al derecho a baja por interrupción voluntaria del embarazo (y, de la misma manera, la baja a partir del primer día de la semana trigésima novena de gestación).

No obstante, la norma no establece requisitos concretos para solicitar las bajas, aunque, como en cualquier enfermedad común, será necesaria la constatación de la situación por el médico de cabecera. Las principales diferencias de esta nueva ley son las siguientes:

  • Es remunerada desde el día primero del periodo.
  • Es remunerada directamente por la Seguridad Social, evitando una posible discriminación porque no supondrá un gasto extra para las empresas.
  • Según recogía Europa Press, no establece un número de días concretos, aunque se presupone que serán unos tres días, debido a las duraciones generales de la regla.

¿Quién puede pedirla?

Como decíamos, el procedimiento para acogerse a este tipo de baja menstrual es sencillo: la trabajadora deberá acudir a su médico de cabecera y pedirla por motivo de menstruación dolorosa. El problema aquí radica en los complicados protocolos de lo que es una menstruación dolorosa, pues se trata de una cosa sumamente subjetiva que, en ocasiones, los médicos suelen relativizar, a no ser que se den casos de endometriosis, ovarios poliquísticos o similares.

La ley no establece un número de días concretos, aunque se presupone que serán unos tres días de duración

Según fuentes del propio Gobierno, no se trata de dolores normales, sino que vienen acompañados de otros síntomas como fiebres o diarreas. Es decir, que una menstruación incapacitante se debería a una dismenorrea generada "por una patología previamente diagnosticada".

Foto: El 43,6% dijo que su flujo menstrual no se había alterado. (EFE)

Lo habitual será que las mujeres presenten un historial médico para que el médico pueda decidir si el dolor es incapacitante y cuántos días de baja se necesitará por el mismo. También podrá conceder un permiso con validez anual que deberá ser renovado antes del último día de cada año.

Lo habitual será que las mujeres presenten un historial médico para que el médico pueda decidir si el dolor es incapacitante

Según los datos del Ministerio de Inclusión, se producen alrededor de 6.000 incapacidades temporales al año por dismenorreas o tensión abdominal producida por la menstruación.

A partir de este jueves 1 de junio, las mujeres que sufran un dolor menstrual incapacitante podrán solicitar la baja temporal. La medida está recogida en la nueva ley del aborto que entra en vigor después de que fuera aprobada en el Congreso de los Diputados en el mes de diciembre de 2022. También incluye el reconocimiento al derecho a baja por interrupción voluntaria del embarazo (y, de la misma manera, la baja a partir del primer día de la semana trigésima novena de gestación).

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