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Los letrados del Congreso enmiendan a Hacienda: debe aclarar la entrada en vigor de los PGE
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El ministerio habló de "bulo"

Los letrados del Congreso enmiendan a Hacienda: debe aclarar la entrada en vigor de los PGE

Reclaman que, ante la polémica suscitada con las cuentas de 2022, se incluya una disposición adicional similar a la que se hizo en 2021 y alertan de que hay preceptos inconstitucionales

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Mariscal)
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Mariscal)
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Los letrados del Congreso emitieron ayer una nota, a la que ha tenido acceso El Confidencial, en la que emplazan al Gobierno a añadir en la Ley de Presupuestos una disposición final sobre la entrada en vigor de las cuentas que se omitió en los últimos PGE y que sí se había incluido en 2021. Concretamente, afirma lo siguiente: “Debemos recordar que al inicio de 2022 se suscitó una polémica sobre la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos para ese año, en la medida en que la misma no contenía una disposición sobre el inicio de su vigencia, lo que, en el caso de otras Leyes, llevaría a la aplicación de lo previsto en el artículo 2º del Código civil, con arreglo al cual 'las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el Boletín Oficial del Estado, si en ellas no se dispone otra cosa”.

El debate se suscitó cuando este medio publicó las dudas jurídicas sobre la vigencia de las cuentas que se subieron al Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre y que, según exletrados del Parlamento y juristas de reconocido prestigio, su implementación no sería efectiva hasta el 18 de febrero, lo que afectaba a determinadas partidas clave que debían contemplarse a partir del 1 de enero. Desde el Ministerio de Hacienda se emitió una nota de rectificación tachando de “bulo” estas interpretaciones que un año después plasman en un documento los letrados del Congreso: “Sometemos a la consideración de la Ponencia que ha de informar el Proyecto de Ley la posibilidad de incluir una disposición adicional nueva sobre la entrada en vigor de la Ley, similar a la que figuraba en la Ley de Presupuestos para 2021”.

placeholder Pinche para leer la nota emitida por los letrados del Congreso.
Pinche para leer la nota emitida por los letrados del Congreso.

El gabinete de comunicación de la ministra María Jesús Montero restó importancia al hecho de que el año anterior hubiese una disposición adicional aclaratoria. El texto de los letrados deja en evidencia que no es una cuestión baladí. El argumento era que gobiernos del PP tampoco lo habían especificado y así lo afean también los letrados que señalan que, “en la casi totalidad de los casos analizados, desde 2005 hasta ahora, las Leyes de Presupuestos Generales del Estado no contenían una disposición sobre su entrada en vigor”, y por eso recomiendan que se haga como ocurrió en 2021, cuando el equipo de Hacienda sí lo había subsanado.

El documento continúa con que “debe señalarse que el artículo 34.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece que el ámbito temporal del Presupuesto coincidirá con el del año natural, lo que significa que, cuando la Ley se aprueba en la fecha constitucionalmente prevista, la misma entra en vigor el día 1 de enero del año de que se trate y permanece vigente hasta el 31 de diciembre de ese año, salvo los casos de prórroga y de aquellas disposiciones incluidas en la Ley que declaran que entran en vigor con la entrada en vigor de la propia Ley y se mantienen vigentes indefinidamente”. Es precisamente en la parte que afecta a las mencionadas “disposiciones que entran en vigor cuando entre en vigor la propia ley” donde estaban las dudas que El Confidencial expuso tras consultar a fuentes jurídicas autorizadas.

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

¿Por qué no se incluyó en 2022 la disposición de 2021? No hubo una respuesta clara desde Hacienda. Si se siguen las recomendaciones de la nota con fecha de 9 de noviembre, la ley que se publique en el BOE debería llevar la acotación de “esta Ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación”. La acotación de la entrada en vigor de las leyes es mucho más que un tema técnico, según insisten los expertos consultados que puntualizan que es “absolutamente necesario establecer claramente cuáles son los momentos de inicio y de fin de la vigencia de una ley con el fin de garantizar el principio constitucional de seguridad jurídica consagrado por el artículo 9.3 de la Constitución, junto con los de legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, irretroactividad y de responsabilidad e interdicción de arbitrariedad de los poderes públicos”.

Pero este no es el único aspecto que piden subsanar los letrados del Congreso en el proyecto de las cuentas de 2023. Alertan de que determinados preceptos entran en contradicción con la doctrina del Tribunal Constitucional “por infracción ultra vires del contenido material de las Leyes de Presupuestos, a tenor de la jurisprudencia emanada del citado Tribunal”. Es decir, que se incluyen modificaciones de normas y aspectos que no son objeto de las cuentas. Se utilizan la norma como una especie de “coladero” de asuntos ajenos a su naturaleza.

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Emilio Naranjo) Opinión
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“El tribunal de garantías ha establecido límites, de modo que las Leyes de Presupuestos han de circunscribirse a la aprobación de ingresos y gastos y a la regulación de materias que guarden directa relación con dichos ingresos y gastos o contribuyan a hacer efectiva la política económica del Gobierno, quedando excluidas cualesquiera otras materias. En caso de que no se respete ese criterio, se podría entender que la Ley entra en contradicción con la citada jurisprudencia y, por tanto, con la Constitución”, alertan los juristas de la Cámara Baja.

En concreto, ponen el foco en varios puntos. Por ejemplo, la disposición final sexta, que afecta al apartado 5, del artículo 26 de la Ley 50/1997, que se refiere al procedimiento de elaboración de normas legales o reglamentarias y que afecta a los reales decretos. También se advierte de que no son objeto de esta norma las modificaciones en la Ley General de Subvenciones o los contratos del sector público en los ámbitos de defensa y seguridad o la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en relación con los aspectos relativos a los funcionarios.

Los letrados del Congreso emitieron ayer una nota, a la que ha tenido acceso El Confidencial, en la que emplazan al Gobierno a añadir en la Ley de Presupuestos una disposición final sobre la entrada en vigor de las cuentas que se omitió en los últimos PGE y que sí se había incluido en 2021. Concretamente, afirma lo siguiente: “Debemos recordar que al inicio de 2022 se suscitó una polémica sobre la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos para ese año, en la medida en que la misma no contenía una disposición sobre el inicio de su vigencia, lo que, en el caso de otras Leyes, llevaría a la aplicación de lo previsto en el artículo 2º del Código civil, con arreglo al cual 'las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el Boletín Oficial del Estado, si en ellas no se dispone otra cosa”.

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