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La Audiencia imputa de nuevo a los 5 policías por la patada puerta que avaló Marlaska
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Usaron un ariete

La Audiencia imputa de nuevo a los 5 policías por la patada puerta que avaló Marlaska

Los jueces entienden que debe ser en el juicio donde se discuta si los agentes cometieron un delito de allanamiento o deben quedar exonerados porque se limitaron a cumplir órdenes

Foto: La Policía tira abajo la puerta de una casa por una fiesta ilegal sin orden judicial.
La Policía tira abajo la puerta de una casa por una fiesta ilegal sin orden judicial.

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado que se impute de nuevo a cinco policías que entraron por la fuerza en una vivienda de la capital durante la pandemia para disolver una fiesta. El Gobierno y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, avalaron esta actuación al considerar que era un piso alquilado para fiestas ilegales. El juez que investiga el caso había exonerado a estos cinco policías al entender que se limitaron a seguir las órdenes de su superior, un subinspector que también está investigado.

“Las dudas que se plantean sobre la ilicitud o no de dicha orden y el acatamiento de la misma por el resto de los agentes deberán ser resueltas por el Tribunal sentenciador, de la misma manera que deberá hacerlo respecto de si los agentes actuaron en el ejercicio legítimo de su cargo o en la creencia fundada de obrar conforme a derecho”, dice el auto dictado el pasado 23 de febrero al que ha tenido acceso El Confidencial. Los hechos ocurrieron hace ahora un año y los policías se valieron de un ariete para entrar a la fuerza ante la negativa a abrir de los jóvenes que estaban en el interior de la casa, ubicada en la calle Lagasca de Madrid. Uno de los presentes en el interior grabó los hechos con el móvil y se difundieron rápidamente por redes sociales y medios de comunicación.

Foto: La Policía tira abajo la puerta de una casa por una fiesta ilegal sin orden judicial.

Los jueces de la Sección Séptima Ángela Acevedo Frías, Jacobo Vigil y Alicia Cores García estiman parcialmente el recurso que presentó el abogado del inquilino de la casa, el abogado penalista de Madrid Juango Ospina de Ospina Abogados. Acuerdan “la continuación del procedimiento para juicio ante el Tribunal del Jurado contra los agentes del Cuerpo Nacional de Policía con número de carnet profesional 89.666 (el subinspector), 123.160, 131.054, 116.839, 131.232 y 130.891”. Se les acusa de un presunto delito de allanamiento de morada.

Los argumentos jurídicos

Los policías defienden que su negativa a dejar a entrar a la autoridad constituía un delito flagrante de desobediencia por lo que estaba justificado entrar por la fuerza para arrestarlos. Esta actuación provocó múltiples quejas por parte de diferentes juristas que recordaron la inviolabilidad de domicilio recogida en la Constitución. Esta y otras actuaciones como la que tuvo lugar en una embajada llevaron a los responsables a cesar recientemente al subinspector y a elaborar un protocolo que acota la entrada en domicilios por la fuerza a casos de extrema urgencia o cuando en su interior esté sucediendo algo que ponga en riesgo la vida de una persona.

Foto: La Policía tira abajo la puerta de una casa por una fiesta ilegal sin orden judicial.

Sobre el fondo del debate, la Abogacía del Estado, que representa los intereses del Gobierno, sostuvo que el Tribunal Supremo en diversos pronunciamientos ha dado la posibilidad a los jueces de instrucción de apreciar la eximente del artículo 20.7 del CP (cuando se obra en cumplimiento de un deber). Señalaban los servicios jurídicos del Estado que, “en este caso, por la comisión de un presunto delito de desobediencia flagrante, se tuvo que entrar en una vivienda y, por tanto, la orden dada por el subinspector fue conforme a derecho”.

El recurso del abogado del inquilino defiende que “el delito de allanamiento se ha acreditado de forma indiciaria mediante la presentación de un vídeo donde se observa que, a pesar de la negativa de una de las personas que se encontraban en el interior del domicilio, los agentes irrumpieron tirando la puerta abajo sin autorización judicial, sin que se estuviese cometiendo un delito flagrante y sin el consentimiento del titular de la vivienda”. Por ello, añade que debe ser en el juicio “donde se discuta si existió o no error de prohibición o una eximente pues en caso contrario el Juez instructor se estaría excediendo de sus competencias”.

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado que se impute de nuevo a cinco policías que entraron por la fuerza en una vivienda de la capital durante la pandemia para disolver una fiesta. El Gobierno y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, avalaron esta actuación al considerar que era un piso alquilado para fiestas ilegales. El juez que investiga el caso había exonerado a estos cinco policías al entender que se limitaron a seguir las órdenes de su superior, un subinspector que también está investigado.

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