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El Supremo responde a Batet que la inhabilitación de Rodríguez es "obligada"
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descarta cualquier error en la sentencia

El Supremo responde a Batet que la inhabilitación de Rodríguez es "obligada"

Batet solicitó este jueves al Supremo que aclarara el alcance de la pena que impuso al diputado de Unidas Podemos, pero el tribunal se limita en su oficio a recordar la sentencia

Foto: La presidenta de la cámara Meritxell Batet. (EFE)
La presidenta de la cámara Meritxell Batet. (EFE)

La inhabilitación de Alberto Rodríguez es "obligada". El presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Manuel Marchena ha remitido este viernes un oficio a la presidenta del Congreso Maritxel Batet en el que descarta cualquier interpretación alternativa y confirma la condena impuesta al diputado de Unidas Podemos por dar una patada a un policía en 2014. Por mucho que la Mesa de la Cámara Baja, con la posición favorable de PSOE y Unidas Podemos, concluyera el pasado martes que Rodríguez podía mantener su escaño, el alto tribunal insiste ahora en la inhabilitación y señala el camino para que el diputado abandone el hemiciclo.

Aunque Batet solicitó este jueves al Supremo que aclarara el alcance de la condena, el tribunal se limita a recordar la sentencia: "Como Vuestra Excelencia conoce, la ley 6/1985, 1 de julio, del Poder Judicial, no incluye entre las funciones del Tribunal Supremo la de asesorar a otros órganos constitucionales acerca de los términos de ejecución de una sentencia ya firme", advierte. En otras palabras: la inhabilitación es "obligada", sí, pero la pérdida o no del escaño es una decisión que el Congreso debe tomar por sí solo.

El cruce de escritos

Este oficio de Marchena llega tras un cruce de escritos entre la defensa de Rodríguez, el Congreso y el Supremo a lo largo de las dos últimas semanas. El pasado 6 de octubre, el tribunal notificó la sentencia con la que condenaba al diputado de Unidas Podemos a 45 días de prisión por atentado a la autoridad con la accesoria de inhabilitación para ser elegido cargo público, pero desde su partido pusieron en duda que tuviera que abandonar el escaño desde el primer momento. Según argumentaban, la pena de cárcel se había sustitutido por una multa de 540 euros, situación ante la que consideraban que la pérdida del escaño también quedaba en papel mojado.

Foto: Alberto Rodríguez, diputado de Unidas Podemos. (EFE)

Para confirmar esta tesis, la defensa de Rodríguez pidió entonces al tribunal que aclarara la sentencia y rectificara lo que definía como errores materiales en dos aspectos de la misma: la inhabilitación y la responsabilidad civil por el delito leve de lesiones. Lejos de atender su solicitud, el Supremo respondió tajante el pasado día 15: no procedía rectificación en relación a la pena impuesta porque la sentencia explicaba “con suficiente claridad todo lo relativo a la imposición de la pena de prisión y su accesoria”. La pelota quedaba así sobre el tejado del Congreso y, cuatro días después, la Mesa avaló que el diputado continuara ejerciendo sus responsabilidades .

La decisión, sacada adelante con los votos del PSOE y Unidas Podemos, se adoptó en base a un informe de los letrados del Congreso que seguía la misma línea que la defensa de Rodríguez: "No cabe derivar consecuencia extra penal alguna que afecte a la condición de diputado del Sr. Rodríguez, no concurriendo ni la causa de incompatibilidad sobrevenida contemplada en el apartado 2 en relación con el apartado 4 del artículo 6 de la LOREG, ni ninguno de los supuestos que, en aplicación de los artículos 21 y 22 del Reglamento del Congreso, comportarían bien la suspensión de los derechos, prerrogativas y deberes del diputado, bien la pérdida de la condición".

Foto: Alberto Rodríguez (Podemos) durante su juicio en el Tribunal Supremo. (EFE)

Pero con esta conclusión sobre la mesa, el Supremo preguntó a Batet por Rodríguez el miércoles. En concreto, le pidió que remitiera al tribunal el informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta "con la finalidad de realizar la liquidación de su condena".

A la vista de esta consulta, Batet terminó por ceder este jueves y, por tres votos a cinco, la Mesa pidió una nueva aclaración al tribunal. Marchena responde a la misma a través del oficio notificado esta mañana y, una vez más, insiste en lo ya dicho a la defensa del propio Rodríguez: "Descartábamos, por tanto, cualquier error por el hecho de mantener la vigencia de la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, pues esta pena accesoria es obligada a la vista de lo dispuesto en el artículo 56.1.2 del Código Penal. Así lo exige este precepto cuando se imponga una pena privativa de libertad como ha sucedido en el presente caso", advierte en el mismo.

Con esta explicación, el Supremo echa por tierra la idea de que la inhabilitación carezca de efecto por haberse sustituido la cárcel por el pago de 540 euros, pues "la pena de prisión es el desenlace punitivo asociado a la conducta que se declara probada, sin perjuicio de que a efectos de su ejecución —y sólo a estos exclusivos efectos— se haya acordado su sustitución por una pena de multa". El tribunal mantiene así la inhabilitación por el tiempo de la condena y, al ser ya diputado, se aplicaría la inelegibilidad sobrevenida, por lo que en principio Rodríguez no podrá volver a su escaño esta legislatura. En cualquier caso, la decisión final vuelve a quedar en manos del Congreso.

"El voto canario está siendo atacado"

Rodríguez, el diputado condenado, ha criticado duramente la situación aprovechando el contexto del día de la Bandera Nacional Canaria. "Quien niegue la importancia de los símbolos, miente. En tiempos como estos, cuando el voto democrático de decenas de miles de canarios y canarias está siendo atacado sin base jurídica alguna, cobran más valor si cabe", ha asegurado el dirigente morado.

La inhabilitación de Alberto Rodríguez es "obligada". El presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Manuel Marchena ha remitido este viernes un oficio a la presidenta del Congreso Maritxel Batet en el que descarta cualquier interpretación alternativa y confirma la condena impuesta al diputado de Unidas Podemos por dar una patada a un policía en 2014. Por mucho que la Mesa de la Cámara Baja, con la posición favorable de PSOE y Unidas Podemos, concluyera el pasado martes que Rodríguez podía mantener su escaño, el alto tribunal insiste ahora en la inhabilitación y señala el camino para que el diputado abandone el hemiciclo.

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