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El Supremo inhabilita a Nuet por desobedecer al Constitucional
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PIERDE SU ESCAÑO EN EL CONGRESO

El Supremo inhabilita a Nuet por desobedecer al Constitucional

La condena echa por tierra los argumentos que esgrimió durante el juicio celebrado el pasado marzo, en el que sostuvo que no estaba de acuerdo con las 'leyes de desconexión'

Foto: El diputado de ERC Joan Josep Nuet Pujals. (EFE)
El diputado de ERC Joan Josep Nuet Pujals. (EFE)

El Tribunal Supremo ha condenado a Joan Josep Nuet a ocho meses de inhabilitación y multa por un delito de desobediencia al Tribunal Constitucional. La sentencia se basa en su actuación como miembro de la Mesa del Parlament de Cataluña en relación con 'procés' independentista del 1-O de 2017 y le obliga a perder su escaño de diputado de ERC en el Congreso.

La condena, adelantada por 'El Español', echa por tierra los argumentos que esgrimió durante el juicio celebrado el pasado marzo, en el que sostuvo que no estaba de acuerdo con la resolución del Parlament de 27 de julio de 2016 que rechazaba obedecer al Constitucional. "No recuerdo la frase concreta, pero no la suscribo". "Estoy convencido de que algunas personas de la Mesa del Parlament estaban de acuerdo, pero otras no lo estábamos". "Los letrados tenían dudas, los miembros de la mesa tenían dudas, yo tenía dudas, con mi voto entendí que no se rompía ningún mandato constitucional; lo creí de forma absolutamente sincera". Nuet se opuso a algunas de las decisiones adoptadas, sin embargo, votó a favor de otras, por ejemplo, de la admisión a trámite de la propuesta de celebración del referéndum aunque matizó que confiaba en la posibilidad de una alteración en el debate parlamentario del contenido, incluyendo unas enmiendas para que el Pleno de la Cámara debatiera incluir la expresión de "pactado".

"Hemos declarado probado que el acusado era plenamente consciente de que referéndum de autodeterminación contrariaba abiertamente la Constitución y las órdenes dictadas por el Tribunal Constitucional en varias resoluciones que le fueron notificadas personalmente y de las que había sido informado. No obstante, en su condición de miembro de la Mesa, llamado a calificar los escritos y documentos parlamentarios y admitirlos, o inadmitirlos a trámite, votó favorablemente a la tramitación del proyecto de ley, desobedeciendo las obligaciones impuestas por el Tribunal Constitucional, órgano competente, para su disposición", indica la resolución de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta.

En otro punto de la sentencia, el alto tribunal insiste en que el acusado "no obedeció en los términos que le era exigible, desde el conocimiento de la obligación que tenía, y así se le había notificado, en un extremo que el acusado también conocía".

Foto: El diputado de ERC Joan Josep Nuet ante el Supremo. (EFE)

La Fiscalía acusaba a Nuet de haber votado como secretario tercero de la Mesa y como diputado de SíQueEsPot a favor de la tramitación de las llamadas 'leyes de desconexión'. Por ello, solicitaba una pena de multa de 10 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por un año y ocho meses por el presunto delito de desobediencia grave, pero el tribunal finalmente ha rebajado la condena a ocho meses.

"El acusado, en su actividad parlamentaria, pretendió establecer puntos de unión y conexión entre dos grandes grupos fuertemente enfrentados", explica la sentencia. "De una parte, los que pretendían la independencia del territorio de la comunidad autónoma, mediante actuaciones dirigidas a esa finalidad y que suponían la deslegitimación del Tribunal Constitucional, como órgano jurisdiccional garante del funcionamiento del Estado de las autonomías. De otra, los parlamentarios que, asumiendo la vigencia de la Constitución y la legitimidad del tribunal, mantenían una posición contraria".

Foto: Nuet en un mitin. (EFE)

Pese a ello, este papel de intermediación no evitó que en última instancia votara a favor de 'leyes de desconexión'. "Era plenamente consciente de que la proposición del referéndum de autodeterminación contrariaba abiertamente la Constitución y las resoluciones, providencias, autos y sentencias del Tribunal Constitucional, que habían dispuesto el deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que supusiera una actuación contraria a los mandatos emanados del tribunal, y de ello habían sido advertidos los miembros de la Mesa por el letrado mayor y el secretario general del Parlamento", argumenta el Supremo.

"No obstante, votó a favor de su admisión a trámite. Las actas de la Mesa del Parlamento expresan el voto favorable del acusado a la tramitación de la mencionada ley, así como la negativa a las reconsideraciones, sucesivamente planteadas por los grupos parlamentarios que se oponían a su tramitación", añade. De esta manera, allanó el camino al plan independentista, aunque "posteriormente el acusado se opuso a la tramitación del proyecto de referéndum por el procedimiento de urgencia y también se abstuvo sobre la admisión a trámite de la Ley de Transitoriedad Jurídica".

La condena de Nuet se suma a la del resto de miembros de la Mesa del Parlament que fueron condenados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, competente en su caso al no ser diputados nacionales, a penas de inhabilitación por desobediencia. En el caso de Nuet, la condena le apartará de su escaño en el Congreso durante el tiempo establecido, ocho meses, y tendrá que ser sustituido por el siguiente parlamentario en la lista de su grupo, La Izquierda Plural.

El Tribunal Supremo ha condenado a Joan Josep Nuet a ocho meses de inhabilitación y multa por un delito de desobediencia al Tribunal Constitucional. La sentencia se basa en su actuación como miembro de la Mesa del Parlament de Cataluña en relación con 'procés' independentista del 1-O de 2017 y le obliga a perder su escaño de diputado de ERC en el Congreso.

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