Es noticia
Un agente herido y un condenado insolvente: el TS estudia cuándo la Policía paga la factura
  1. España
ADMITE A TRÁMITE UN RECURSO DE LA ABOGACÍA

Un agente herido y un condenado insolvente: el TS estudia cuándo la Policía paga la factura

Aunque en 2020 el Supremo dio la razón a un policía lesionado y sentenció que el Estado debía resarcirle por ser el autor insolvente, un nuevo caso llega ahora al alto tribunal

Foto: Un agente de la Policía Nacional. (iStock)
Un agente de la Policía Nacional. (iStock)

Un agente sufre lesiones en acto de servicio, la Justicia condena al delincuente a pagarle una indemnización y, cuando todo parece resuelto, este último se declara insolvente. ¿Tiene la Policía que pagar entonces la factura? Esa es la pregunta que la Abogacía del Estado ha trasladado al Tribunal Supremo después de que la Jefatura Superior de Policía de Extremadura se negara en 2019 a abonar a uno de sus hombres la indemnización "fijada en sentencia judicial por las lesiones que le fueron inferidas en el transcurso de una intervención policial" y "a cuyo pago fue condenado un tercero declarado insolvente".

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dio la razón al agente en febrero de 2020 y condenó a "la Administración demandada a que abone al actor la cantidad de 6.966,67 euros", pero la Abogacía del Estado recurrió la sentencia y la decisión final queda ahora en manos de la Sala de lo Contencioso del Supremo.

Foto: Policías de paisano, durante una detención junto a compañeros uniformados, el pasado marzo en Galicia. (EFE)

No es la primera vez que el alto tribunal se enfrenta a un caso similar. En julio de 2020, ya sentenció que las lesiones que puedan sufrir los guardias civiles o policías en acto de servicio, "sin culpa o negligencia propia, (...) deben ser resarcidas por la Administración" con la correspondiente indemnización, en caso de que el autor sea declarado insolvente. Este fallo hacía referencia a un agente de la Guardia Urbana de Barcelona que reclamaba al ayuntamiento el pago de 10.556 euros y fue celebrado por los sindicatos policiales, pero el alto tribunal se enfrenta ahora a una nueva polémica.

En esta ocasión, en el auto con el que admite a trámite el recurso de la Abogacía del Estado, fechado el pasado 18 de febrero, el tribunal se propone responder a tres preguntas:

  • "Si la Administración debe responder en vía administrativa de los daños y perjuicios reconocidos en vía penal a favor de miembros de la Policía Nacional cuando el criminalmente responsable es declarado insolvente".
  • "En el caso de que la respuesta a la anterior cuestión fuese afirmativa, determinar si la cantidad que como daños y perjuicios se fijó en la vía penal como indemnización al funcionario de Policía ha de ser reconocida automáticamente también como resarcimiento en la vía administrativa o contencioso- administrativa como ha efectuado la sentencia de instancia".
  • "En el caso de que la respuesta a la anterior fuese negativa, determinación de qué tipos de daños sufridos por los miembros de la Policía Nacional en acto de servicio pueden reputarse antijurídicos a efectos de su resarcimiento por la Administración y cuáles, por el contrario, han de ser soportados por los miembros de la Policía Nacional por razón de su profesión".
Foto: Las oposiciones a policía son algunas de las que piden una personalidad determinada que no está definida. (EFE)

Para responder a estas cuestiones, el tribunal se remontará a lo ocurrido el 2 de mayo de 2019, cuando el agente sufrió "lesiones" en "acto de servicio como policía nacional". El caso acabó en manos del Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz, "resultando condenada una persona por sentencia firme donde se fijó, entre otras, la cuantía de 8.300 euros a las que, en concepto de responsabilidad civil, se le obligó a indemnizar al recurrente". El policía llegó a cobrar 1.330, pero el 2 de julio de 2019 el condenado fue declarado insolvente. A partir de ahí, una reclamación para que la Jefatura Superior de Policía de Extremadura le pagara el resto que acabó en el TSJ de Extremadura.

"La cuestión debe ser resuelta atendiendo al principio de indemnidad que rige para los funcionarios públicos cuando actúan en el ejercicio de sus cargos, y a la consiguiente reparación o restitución 'ad integrum' que se deriva de dicho principio, de conformidad con lo sentado al respecto de modo reiterado, por el Consejo de Estado", concluyó el tribunal. La Abogacía del Estado, sin embargo, considera que la sentencia "mezcla los títulos de imputación de responsabilidad penal y administrativa y traslada al Estado la responsabilidad del condenado penalmente ante su situación de insolvencia a pesar de que no concurre título de imputación alguno a la Administración al ser el daño consecuencia de una actividad punible". Con ambas posturas sobre la mesa, el Supremo sentará ahora jurisprudencia.

Un agente sufre lesiones en acto de servicio, la Justicia condena al delincuente a pagarle una indemnización y, cuando todo parece resuelto, este último se declara insolvente. ¿Tiene la Policía que pagar entonces la factura? Esa es la pregunta que la Abogacía del Estado ha trasladado al Tribunal Supremo después de que la Jefatura Superior de Policía de Extremadura se negara en 2019 a abonar a uno de sus hombres la indemnización "fijada en sentencia judicial por las lesiones que le fueron inferidas en el transcurso de una intervención policial" y "a cuyo pago fue condenado un tercero declarado insolvente".

Tribunal Supremo
El redactor recomienda