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La Abogacía del Estado recibe la patata caliente de los indultos a las puertas del 14-F
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El Supremo pide informe

La Abogacía del Estado recibe la patata caliente de los indultos a las puertas del 14-F

Recibe la petición a las puertas de la campaña de las elecciones catalanas en la que Esquerra pasará de ser socio de Gobierno a rival a batir en las urnas

Foto: Juicio a los líderes del 'procés', en el Tribunal Supremo, en febrero de 2019. (EFE)
Juicio a los líderes del 'procés', en el Tribunal Supremo, en febrero de 2019. (EFE)

El Tribunal Supremo acaba de dar traslado a la Abogacía del Estado de la petición de indulto de los condenados por el 'procés' para que emita un informe. Los servicios jurídicos del Estado tendrán así que pronunciarse sobre si, en su opinión, procede o no conceder un indulto para los políticos catalanes condenados, maniobra que serviría de gesto a ERC. Reciben esta patata caliente a las puertas de la campaña del 14-F, fecha en la que Esquerra pasará de ser socio de Gobierno a rival a batir en las urnas con la apuesta del PSC por el ministro de Sanidad Salvador Illa, que precisamente abandona su cargo este martes para embarcarse en la pelea por el voto en las urnas.

La posición del departamento, que no tiene plazo para emitirlo, será una de las tres que remitirá el alto tribunal al Gobierno para su estudio por parte del Consejo de Ministros. Se sumará al de la Fiscalía y el propio tribunal sentenciador. En cuanto a la petición de Vox, que ejerce como acusación popular, de incorporar también su informe, el Supremo ha rechazado esta posibilidad al no contemplarse en la Ley de Indulto. El Ministerio Público ya se ha pronunciado en contra de indultar a los 12 penados por la comisión de delitos de sedición, malversación y desobediencia.

Foto: Oriol Junqueras. (EFE)

Para los fiscales, condonar las penas —incluyendo la inhabilitación— cuando la función pública que desempeñaban los condenados ha sido el vehículo necesario para la comisión del delito sería una decisión "tan injustificada como arbitraria". Subraya, además, que el artículo 102.2 de la Constitución prohíbe el indulto para los presidentes y los demás miembros del Gobierno "si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones". El criterio del tribunal será el último, pero, en anteriores resoluciones, como la del tercer grado, los magistrados han dejado clara su postura y se espera que se opongan a esta gracia.

Ahora, el Gobierno tendrá que decidir si aprovecha esta baza para posicionarse sobre el indulto antes de que deba decidir en Consejo de Ministros y trata de influir sobre la postura del departamento dependiente del Ministerio de Justicia o no lo hace. El momento es delicado, más allá de la contienda de los comicios que se librará en las próximas dos semanas, tras la votación en Cataluña se abrirá un periodo de negociación para la formación de Gobierno en la que Esquerra continuará siendo clave si se cumplen las previsiones del PSC.

placeholder El presidente de ERC, Oriol Junqueras, en una imagen de 2019. (EFE)
El presidente de ERC, Oriol Junqueras, en una imagen de 2019. (EFE)

La tramitación de los indultos para Oriol Junqueras y el resto de condenados se abrió el pasado diciembre y se encuentra a medio recorrido. El Tribunal Supremo considera que se debe solicitar el criterio de la Abogacía en aplicación de la Ley del Indulto. La norma de 1870 establece en su artículo 25 que el tribunal sentenciador debe constar en su informe la postura de "la parte ofendida", en este caso la Abogacía, que cifró en casi dos millones de euros la cantidad desviada para ser destinada al 1-O. El tribunal consideró acreditado que la malversación supera ampliamente los 250.000 euros, la cifra a partir de la que se considera que el tipo penal es agravado.

La cantidad concreta no se ha determinado aún, y será del Tribunal de Cuentas, como ya sucedió con el Govern de Artur Mas respecto al 9-N, quien determine esa responsabilidad civil por la malversación. Es decir, por el momento, la ofensa que llevó a la Abogacía a personarse y a acusar en el juicio, continúa viva puesto que no se han devuelto las cantidades que, según defendió, provocaron un quebranto a las arcas del Estado.

Foto: Imagen de Òmnium Cultural de los siete dirigentes presos en Lledoners. (EFE)

En el último tramo del juicio del 'procés', la Abogacía del Estado se reafirmó en la acusación por sedición combinada con malversación para la cúpula política del 'procés'. Reclamó 12 años de cárcel para el 'exvicepresident', Oriol Junqueras; 10 para la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y ocho para los representantes de las asociaciones soberanistas Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Es más, su papel en la causa como agraviada por el daño económico del dinero destinado al referéndum se vio refrendado en la sentencia.

La resolución del Tribunal Supremo sobre el 'procés' consideró, además —como defendía la abogada Rosa María Seoane—, que hubo sedición pero no rebelión. Incluyó incluso un guiño directo a su labor a lo largo del procedimiento. Al tratar las costas, el tribunal que presidía Manuel Marchena aseguraba: "En cuanto al contenido, las costas de la acusación particular [Abogacía del Estado] han de ser incluidas en la condena en la proporción indicada. Su intervención en el proceso, lejos de ser perturbadora, ha sido correcta, coadyuvando al ejercicio de la acción penal, guardando además la condena homogeneidad con sus pretensiones".

Revisión

El indulto es siempre de carácter excepcional y consiste en la remisión total o parcial de las penas de los condenados por sentencia firme. Requiere, para su tramitación, de la elaboración de un informe del tribunal sentenciador que no tiene carácter vinculante para el Gobierno, que puede hacer lo que considere.

No obstante, y aunque la prerrogativa de concederlo es del Ejecutivo, otra Sala del Tribunal Supremo, la de Contencioso, se encargaría de revisarlo si se interpusiera un recurso en contra, que el PP ya ha anunciado que presentará. La posibilidad de revisión por parte de la Justicia se remonta al año 2000. Por entonces, la Sala Tercera reconoció por primera vez su capacidad para controlar esta medida de gracia y desde entonces ha ido desarrollando doctrina al respecto.

El Tribunal Supremo acaba de dar traslado a la Abogacía del Estado de la petición de indulto de los condenados por el 'procés' para que emita un informe. Los servicios jurídicos del Estado tendrán así que pronunciarse sobre si, en su opinión, procede o no conceder un indulto para los políticos catalanes condenados, maniobra que serviría de gesto a ERC. Reciben esta patata caliente a las puertas de la campaña del 14-F, fecha en la que Esquerra pasará de ser socio de Gobierno a rival a batir en las urnas con la apuesta del PSC por el ministro de Sanidad Salvador Illa, que precisamente abandona su cargo este martes para embarcarse en la pelea por el voto en las urnas.

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