Es noticia
Estrasburgo condena a España a indemnizar con 20.000 euros a un arrestado de Ekin
  1. España
Por torturas

Estrasburgo condena a España a indemnizar con 20.000 euros a un arrestado de Ekin

Considera vulnerado el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que concluye que "nadie podrá ser sometido a tratos inhumanos o degradantes"

Foto: Vista exterior del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. (EFE)
Vista exterior del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. (EFE)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha condenado a España a indemnizar con 20.000 euros a un detenido acusado de pertenecer a la organización Ekin. La sentencia de Estrasburgo considera vulnerado el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que concluye que "nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes".

Iñigo González Etayo fue detenido en enero de 2011 por la Guardia Civil junto a otras personas. Todos ellos aseguraron que fueron maltratados y sometidos a incomunicación de forma ilegal. En el grupo se encontraba otro arrestado, Patxi Arratibel, que llegó a firmar su declaración policial con un mensaje de socorro. Estampó la palabra 'aztnugal', 'ayuda' en euskara escrito al revés.

Foto: Miles de personas se manifiestan en Pamplona contra las detenciones de Ekin

En su denuncia, González alegó que no hubo una investigación efectiva de su denuncia de malos tratos que asegura que sufrió. Estimaba también que las autoridades españolas ignoraron las recomendaciones internacionales al respecto. Por su parte, el Estado español ponía en duda las torturas y aseguraba que la defensa no las había demostrado de forma creíble ni acompañado de las pruebas suficientes. Se trata de la tercera sentencia condenatoria de este caso, ya que el TEDH también falló a favor de Arratibel y otro de los arrestados, Xabier Beortegi.

El TEDH recuerda que, cuando una persona afirma de forma defendible que ha sufrido torturas, se requiera que exista una investigación efectiva sobre las mismas. Destaca que se le mantuvo incomunicado durante cuatro días, durante los cuales no pudo ser atendido por un abogado de su confianza. "El afectado describió con detalle, de manera precisa, los malos tratos que aseguraba había sufrido, tanto ante el juez de guardia de Pamplona como ante la Audiencia Nacional", indica.

Para Estrasburgo, la gravedad de los hechos merecía una investigación en profundidad por parte del Estado. El tribunal recuerda que, cuando existen motivos razonables para creer que se ha cometido una tortura, es responsabilidad de las autoridades competentes analizarlas de forma imparcial. Valora de forma positiva la intervención de la Audiencia Provincial de Madrid, pero considera que la instrucción inicial no contó con la suficiente "profundidad" y efectividad que requiere el artículo 3 de la Convención. "Se imponía una investigación efectiva durante el lapso de tiempo en que los malos tratos alegados se produjeron", agrega. También recomienda a los jueces españoles "un acercamiento más proactivo al deber de vigilancia" y señala las recomendaciones al respecto del Consejo de Europa.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha condenado a España a indemnizar con 20.000 euros a un detenido acusado de pertenecer a la organización Ekin. La sentencia de Estrasburgo considera vulnerado el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que concluye que "nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes".

Tribunal Derechos Humanos Guardia Civil Audiencia Nacional Euskadi Derechos humanos
El redactor recomienda