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Un adoquín blanco le cuesta a un pueblo histórico 45.000 euros de indemnización
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A un motorista accidentado

Un adoquín blanco le cuesta a un pueblo histórico 45.000 euros de indemnización

El pavimento escogido para uno de los tramos resbalaba y provocó la caída de una moto y heridas a su conductor

Foto: Foto: EFE.
Foto: EFE.

Cehegín, en Murcia, es un pueblo con historia. Callejuelas estrechas y empinadas con un casco antiguo que fue declarado Conjunto Histórico por el Ministerio de Cultura en el año 1982. Una de esas calles, en concreto su empedrado, le ha costado al Ayuntamiento una indemnización de 45.000 euros. El adoquín blanco escogido para uno de los tramos resbalaba y provocó la caída de un motorista que se lesionó en una de las piernas.

Sucedió en la Cuesta de Moreno, a unos metros de la calle Mayor y de una de las maravillas de la localidad, el Palacete de los Duques de Ahumada. Según describe la sentencia del Tribunal Superior de Justicia a la que ha tenido acceso El Confidencial, el demandante sufrió un accidente el día 21 de junio de 2017 cuando conducía su ciclomotor Derbi Variant por esta callejuela empinada.

El ciclomotor resbaló y cayó al suelo junto con el conductor, resultando lesionado en la pierna derecha. La caída fue presenciada por varios testigos y al lugar del siniestro acudieron agentes de la Policía Municipal, que pudieron comprobar que el pavimento estaba resbaladizo. El afectado reclamó una indemnización por responsabilidad patrimonial en cuantía de 45.060,16 euros. Al no obtener respuesta, acudió a la Justicia, donde tanto el Consistorio como su aseguradora que alegaban que no constaba el mal estado del suelo ni la forma en la que se produjo el accidente. Aseguraban que el accidente pudo deberse también a una conducta imprudente de la víctima, con lo que existiría "una concurrencia de culpas".

La primera de las sentencias no le dio la razón. En aquella resolución se alegaba que no existía prueba de cómo se produjo el accidente

Tampoco en primera instancia tuvo suerte. La primera de las sentencias no le dio la razón. En aquella resolución se alegaba que no existía prueba de cómo se produjo el accidente. Indicaba que, aunque el accidentado aseguraba que resbaló con uno de los tipos de adoquín que empedran la calle, el de color blanco, no hay prueba de que esto fuera así. "Dice que resbaló en el adoquín de color blanco, que es más resbaladizo que el de color gris. Esto no está probado. Aunque así fuese, vive muy cerca de donde tuvo el accidente. Conoce perfectamente el estado de la calzada. El adoquín, blanco y gris, no es para él un hecho sorpresivo", indicaba.

La sentencia explica también ese cambio de pavimento y de color. "Es verdad que el suelo está resbaladizo, pero el adoquín o la piedra están presentes en el solado de infinidad de pueblos y ciudades. Forma parte de nuestra cotidianidad. En nuestro caso, parece claro que el adoquín blanco es acera y el gris calzada, estando ante una vía de uso compartido. Aunque el paso sobre el adoquín blanco, destinado a acera, sea necesario para acceder a la calle, el cambio de firme es evidente y obliga a extremar las precauciones", indica.

El análisis del adoquín

Sobre el adoquín y su tendencia al deslizamiento versó todo el contencioso. Explica la primera de las resoluciones, en la que se desestimó la petición del demandante, que el pavimento de la Cuesta Moreno está formado por adoquín prefabricado de hormigón modelo rústico gris en el centro y, en los lados, adoquín prefabricado de hormigón modelo holandés. Se comprobó la ficha de características técnicas, tanto un tipo de adoquín como otro, y se concluyó que ambos presentan una resistencia al deslizamiento igual o superior a 45 y cumplían con la normativa vigente al respecto.

También se analizaron las conclusiones de los agentes de Policía Local que acudieron al lugar. Estos apreciaron que era muy resbaladizo. Para el tribunal de primera instancia, esa apreciación fue, sin embargo, subjetiva. "Carece de un mínimo rigor técnico", destaca. "Nos dicen que lo apreciaron pisando sobre el adoquín. Es evidente que cualquier superficie del mismo tipo que la existente en el lugar del siniestro, resbala", añadía. "Si se aprecia su mayor o menor grado de resistencia al deslizamiento pisando con un calzado, la apreciación resultante viene condicionada tanto por las características del suelo como por el mayor o menor coeficiente de deslizamiento de la suela del calzado con que se pisa", concluía.

Si bien no realizaron un atestado, sí recogieron en un informe relativo al accidente la situación en que se encontraba la calzada

La valoración de la Policía resultó fundamental para que el TSJ revirtiera esa decisión. En la sentencia que la corrige se indica que la intervención de los testigos, y en concreto de los agentes, es la clave. "Si bien no realizaron un atestado, al parecer por estar implicado únicamente el ciclomotor del recurrente, sí recogieron en un informe relativo al accidente la situación en que se encontraba la calzada y, concretamente, que resbalaba. En su declaración a presencia judicial ratificaron esta afirmación y añadieron que ese es el estado normal de esos adoquines, ignorando la causa, pero que incluso con alguna moto de la Policía Municipal ya se había detectado esa característica del pavimento", indica.

También destaca esta última resolución que los policías dejaron constancia en un parte de avería de la necesidad de que se solucione el problema y evitar más incidentes. Se adjunta copia de parte de avería realizado en dicha fecha. En el parte de avería, de la misma fecha del accidente, consta expresamente: "Adoquín blanco resbaladizo, donde se ha caído un ciclomotor. Está peligroso".

A pesar del aviso, no consta que se comprobara ese posible peligro por el Ayuntamiento, como era su obligación para evitar cualquier posible accidente. De haberlo hecho podría haberse emitido el correspondiente informe por el servicio técnico municipal, sin esperar a que el interesado presentara la reclamación. Por tanto, la facilidad probatoria sobre el estado de la calzada la tenía en este caso el Ayuntamiento. El adoquín le acabó costando 45.000 euros.

Cehegín, en Murcia, es un pueblo con historia. Callejuelas estrechas y empinadas con un casco antiguo que fue declarado Conjunto Histórico por el Ministerio de Cultura en el año 1982. Una de esas calles, en concreto su empedrado, le ha costado al Ayuntamiento una indemnización de 45.000 euros. El adoquín blanco escogido para uno de los tramos resbalaba y provocó la caída de un motorista que se lesionó en una de las piernas.

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