Es noticia
El TSJM pone en evidencia la decisión del Gobierno de renunciar a cambiar la ley
  1. España
pugna legal sobre la pandemia

El TSJM pone en evidencia la decisión del Gobierno de renunciar a cambiar la ley

Sánchez anunció en el Congreso la reforma legal que le exige ahora el auto de los seis jueces del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y luego dio marcha atrás

Foto: Ana Pastor (c) pregunta al ministro de Sanidad, Salvador Illa, ante la Comisión de Sanidad del Congreso. (EFE)
Ana Pastor (c) pregunta al ministro de Sanidad, Salvador Illa, ante la Comisión de Sanidad del Congreso. (EFE)

El auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid hace un duro reproche al Gobierno de Pedro Sánchez por no haber abordado una reforma legal que sustituya al estado de alarma. No lo hizo, a pesar de que el propio presidente del Gobierno anunció en el Congreso que abordaría ese cambio legal y así lo firmó en acuerdos con Ciudadanos, PNV y ERC.

Además, diferentes grupos parlamentarios y varios presidentes autonómicos pidieron durante meses al Gobierno que abordara esa reforma. La propia diputada del PP Ana Pastor ha reprochado este jueves al ministro de Sanidad, Salvador Illa, que no hiciera caso a esas peticiones. "Se lo llevamos pidiendo meses", ha asegurado la diputada.

Pablo Casado, líder del PP, se lo pidió expresamente a Sánchez en la reunión que ambos mantuvieron en la Moncloa.

Foto: El ministro de Sanidad, Salvador Illa, participa en el encuentro "Repensando la Sanidad Española". (EFE)

Lo único que hizo el Gobierno recientemente es modificar urgentemente la Ley Orgánica del Poder Judicial para que la competencia para revisar decisiones de confinamiento recaiga en las salas de los tribunales superiores de Justicia y no en jueces individuales, para evitar decisiones contradictorias.

Esa fue precisamente la advertencia que le hicieron diferentes partidos y presidentes autonómicos para pedir esa herramienta legal: tener la seguridad jurídica de no estar pendientes de las decisiones de diferentes jueces.

"Resulta llamativo que ante el escenario sanitario descrito no se abordara una reforma de nuestro marco normativo más acorde con las confesadas necesidades de combatir eficazmente la pandemia de covid-19 y afrontar la grave crisis sanitaria que padece el país, pese al consenso doctrinal existente acerca de que la regulación actual de los instrumentos normativos que permiten la limitación de derechos fundamentales, con el objeto de proteger la integridad física (artículo 15 da la Constitución) y la salud (artículo 43 de la Constitución), íntimamente conectados entre sí, resulta ciertamente deficiente y necesitada de clarificación", aseguran los seis magistrados en el auto.

El TSJM, además, explica que esa normativa puede ser ley ordinaria o ley orgánica, pero requiere el obvio paso por las Cortes Generales.

"Se ha venido admitiendo la posibilidad de que por ley orgánica, e incluso mediante ley ordinaria, se permita la adopción de medidas concretas que limiten el ejercicio de determinados derechos fundamentales, con las matizaciones hechas acerca del ámbito aceptable de intromisión de una y otra en el derecho fundamental, sin necesidad de acudir a la excepcionalidad constitucional que implica la declaración de un estado de alarma y siempre que esta limitación se encuentre suficientemente acotada en la correspondiente disposición legal de habilitación en cuanto a los supuestos y fines que persigue, de manera que resulte cierta y previsible, y esté justificada en la protección de otros bienes o derechos constitucionales", concluye.

Este vacío legal choca con los anuncios que hizo el Gobierno durante el estado de alarma y que luego nunca cumplió.

Foto: Zona comercial del centro de Madrid. (EFE)
TE PUEDE INTERESAR
Los datos de Madrid están bajando. La gran pregunta es por qué
Darío Ojeda Antonio Villarreal

Satisfechos con la nueva normalidad

Por ejemplo, el 20 de mayo, el propio presidente del Gobierno mostró en el Congreso su disposición a modificar la Ley General de Sanidad, de 1986; la Ley de Cohesión y Calidad del SNS, de 2003; la Ley General de Salud Pública, de 2011, y la Ley de Seguridad Nacional, de 2015. Unos días antes, el 10 de mayo, explicó en la Conferencia de Presidentes que plantearía a los grupos parlamentarios la modificación de leyes para cuando se levantara el estado de alarma. Y citó también esas leyes.

El 2 de junio firmo un acuerdo con Ciudadanos para la prórroga del estado de alarma en el que se dice que se "analizarán las reformas legales para establecer un mecanismo alternativo al estado de alarma" que permita a España protegerse ante eventuales rebrotes sin necesidad de recurrir a esta herramienta. Ciudadanos siempre insistió en la necesidad de tener un plan B jurídico cuanto antes, igual que en garantizar una "salida ordenada del estado de alarma". Con ERC y PNV, se firmaron acuerdos similares.

Sin embargo, el Gobierno se dio por satisfecho con el llamado decreto de la nueva normalidad y abandonó la opción de establecer una normativa específica para poder luchar contra la pandemia sin estado de alarma.

Así lo explicó el presidente del Gobierno en rueda de prensa en la Moncloa el 18 de agosto, y el 4 de septiembre se lo trasladó a los presidentes autonómicos en la Conferencia de Presidentes.

Ahora, el Gobierno ha impuesto las restricciones de Madrid con una orden ministerial y, por eso, el TSJM lo anula y le exige una ley.

El auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid hace un duro reproche al Gobierno de Pedro Sánchez por no haber abordado una reforma legal que sustituya al estado de alarma. No lo hizo, a pesar de que el propio presidente del Gobierno anunció en el Congreso que abordaría ese cambio legal y así lo firmó en acuerdos con Ciudadanos, PNV y ERC.

Tribunal Superior de Justicia de Madrid Moncloa Pedro Sánchez Pablo Casado Leyes Ciudadanos Reformas PNV
El redactor recomienda