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Restricciones en Madrid: ¿qué se puede hacer y qué no en los municipios afectados?
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Restricciones en Madrid: ¿qué se puede hacer y qué no en los municipios afectados?

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha confirmado que acatará la orden de Sanidad, si bien ha solicitado ante los tribunales su suspensión cautelar por haberse aprobado sin consenso

Foto: Estas son las nuevas restricciones de movilidad que afectan a 10 municipios de Madrid. (EFE)
Estas son las nuevas restricciones de movilidad que afectan a 10 municipios de Madrid. (EFE)

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha confirmado que acatará la orden del Ministerio de Sanidad que establece limitaciones a la movilidad en Madrid y otros nueve municipios de la región, si bien ha solicitado ante los tribunales la suspensión cautelar de las medidas por haberse aprobado sin el consenso del Consejo Interterritorial. En todo caso, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado este viernes la transposición de la orden ministerial y las restricciones son aplicables desde las 22:00 horas.

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Pincha aquí para consultar la orden.

Tras acuerdos y desacuerdos entre la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Sanidad, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) aprobó por mayoría en la reunión de este miércoles el plan propuesto por el Gobierno tras el preacuerdo con Madrid, que votó en contra como la mayoría de comunidades del PP. Madrid, Andalucía y Galicia se opusieron al plan junto con Cataluña, mientras que Murcia se abstuvo y 13 regiones respaldaron el mismo. Pero, ¿qué implican las nuevas restricciones?

¿Puedo entrar y salir de mi municipio?

No. El documento refrendado este viernes por la Comunidad de Madrid especifica que "se restringirá la entrada y salida de personas de los municipios previstos (…) salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados" que se encuentren entre los siguientes motivos:

  • La asistencia a centros sanitarios.
  • Por motivos laborales o legales.
  • Por asistencia a un centro educativo.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Por asistencia y cuidado de mayores, menores o dependientes.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como trámites inaplazables.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales que no puedan posponerse.
  • Por causa de fuerza mayor.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

¿Pero puedo atravesar el municipio en coche?

Sí. Sanidad explica que se puede circular por las carreteras de las localidades afectadas siempre que el origen y el destino del trayecto estén fuera de las mismas. Es decir, si tienes que atravesar la capital para llegar a un lugar y sales de tu casa, que está fuera de Madrid ciudad, no tendrás problema.

¿Podré salir a la calle?

Sí, pero lo menos posible. "La circulación de personas residentes dentro de los municipios previstos será posible", aunque se recomienda "evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario". En cualquier caso, se enfatiza la necesidad de mantener las medidas de distancia física y la obligatoriedad de llevar mascarilla.

¿Podemos seguir yendo en grupo?

El ministerio enfatiza en las medidas de obligado cumplimiento que se reduce a un máximo de seis, salvo que sean convivientes, "la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados". Eso sí, el departamento de Salvador Illa precisa que habrá excepciones "en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en las que se establezcan límites o medidas específicas".

¿Los bares cierran?

No, se seguirán sirviendo cervezas. El aforo máximo en los establecimientos de hostelería y restauración y salones de juego y apuestas será del 50% en espacios interiores y del 60% en exteriores. Se prohíbe el consumo en barra y se obliga a que haya una distancia de al menos 1,5 metros entre sillas de distintas mesas. Como máximo habrá seis personas por mesa.

Si quieres tomar algo, más vale que encuentres mesa antes de las 22:00, ya que después no se podrá admitir nuevos clientes y todos los establecimientos tendrán que cerrar a las 23:00, salvo en los casos de entrega a domicilio.

¿Y los parques?

No. La orden de Sanidad no incluye, por el momento, el cierre de las zonas recreativas infantiles, pese a que Gobierno de la Comunidad de Madrid se mostraba a favor de clausurar los parques, a fin de evitar "la concentración" de personas en ellos.

¿Puedo abrir mi negocio?

Sí. En el caso de los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público el aforo máximo será del 50% y no se podrá cerrar más allá de las 22.00 horas salvo excepciones. El aforo máximo a la mitad también se aplicará a academias, autoescuelas y centros de enseñanza no regladas.

¿Qué pasa si tengo entradas para un evento en otro municipio?

Según está establecido en la orden del Ministerio de Sanidad, no podrás asistir como público a un acontecimiento cultural.

¿Puedo ir a misa? ¿Y a un velatorio?

Los lugares de culto seguirán abiertos, pero con un aforo máximo de un tercio y garantizando siempre una distancia de 1,5 metros entre cada persona.

En el caso de los velatorios, el aforo máximo pasa a ser de 15 personas en espacios al aire libre, pero este se reduce a diez en los cerrados, independientemente de que sean convivientes. La comitiva para el enterramiento o despedida de un fallecido no podrá ser de más de 15 personas.

¿Sigo yendo al gimnasio? ¿Puedo ir a correr?

Las instalaciones deportivas al aire libre tendrán un aforo del 60%, por el 50% de aquellas en interior. Se podrá ir al gimnasio, por tanto, aunque los centros tendrán que buscar las fórmulas para garantizar estas medidas.

Ya no se podrá realizar ninguna práctica deportiva en grupos que superen las seis personas, tal y como consta en el documento de Sanidad.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha confirmado que acatará la orden del Ministerio de Sanidad que establece limitaciones a la movilidad en Madrid y otros nueve municipios de la región, si bien ha solicitado ante los tribunales la suspensión cautelar de las medidas por haberse aprobado sin el consenso del Consejo Interterritorial. En todo caso, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado este viernes la transposición de la orden ministerial y las restricciones son aplicables desde las 22:00 horas.

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