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Torra usa el mismo argumento que Sánchez contra la ley electoral y las multas de la JEC
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para evitar que la Junta Electoral sancione

Torra usa el mismo argumento que Sánchez contra la ley electoral y las multas de la JEC

Ambos han apoyado, en contra de la Abogacía del Estado y de los letrados del Congreso, que el Constitucional anule el artículo que regula las sanciones de la ley electoral

Foto: Pedro Sánchez y Quim Torra en febrero en Moncloa. (EFE)
Pedro Sánchez y Quim Torra en febrero en Moncloa. (EFE)
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Pedro Sánchez no es el único político que está intentado en el Supremo lograr tumbar por inconstitucional la ley electoral. El presidente del Gobierno presentó su recurso a principios de junio y semanas después el presidente catalán, Quim Torra, presentó un escrito en el mismo sentido y con argumentos similares. Sánchez fue sancionado con 500 euros por usar la Moncloa de forma electoralista y Torra con 3.000 euros por negarse a retirar lazos amarillos. Ambos han apoyado, en contra de la Abogacía del Estado y de los letrados del Congreso, que el Constitucional anule el artículo que regula las sanciones de la Ley Electoral, lo que dejaría sin capacidad sancionadora a la Junta Electoral Central (JEC).

El Tribunal Supremo tiene entre manos una serie de recursos sin precedentes. Dos políticos de máximo rango, Sánchez y Torra, están pleiteando a título particular para anular las sanciones que les impuso la Junta Electoral Central. El pasado cinco de junio, la defensa de Sánchez, ejercida por un abogado del PSOE, presentó un escrito en el que apoyaba la cuestión de inconstitucionalidad que ha planteado el Supremo ante el Constitucional sobre el artículo de la Ley Electoral que regula las sanciones.

Foto: Pedro Sánchez, durante su entrevista con el periodista Antonio García Ferreras en 'Al rojo vivo' (La Sexta), el 19 de septiembre de 2019 en la Moncloa. (Borja Puig de la Bellacasa | Moncloa)

El Supremo elevó esa cuestión al ver el recurso contra una sanción a 'ABC' por publicar una entrevista a Inés Arrimadas en jornada de reflexión. Duda de que pueda ser constitucional el artículo que regula las sanciones al ser demasiado abierto. El texto, aprobado en los años 80, establece: "Toda infracción de las normas obligatorias establecidas en la presente ley que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. La multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de 100 a 1.000 si se realiza por particulares". El Supremo ha revisado decenas de multas de la JEC sin dudar hasta ahora de su constitucionalidad.

La defensa de Sánchez presentó el 5 de junio un escrito en el Supremo en el que apoya la declaración de inconstitucionalidad, lo que le salvaría de pagar los 500 euros de multa que le puso la JEC por usar Moncloa de forma electoralista. "Esta sala entendemos que ha considerado acertadamente que el artículo 153.1 de la Loreg, valorado en sí mismo y de forma aislada, contiene una norma sancionadora de posible inconstitucionalidad por ser imprecisa, incluso desde el punto de vista gramatical, abierta y de dudosa compatibilidad con las exigencias de garantía material exigible a todo tipo sancionador", señalaba el escrito, adelantado por El Confidencial. Lo mismo que Sánchez hizo Isabel Celaá, exportavoz del Gobierno y hoy ministra de Educación, sancionada con 2.200 euros.

Ambos van en contra del criterio de la Abogacía del Estado, que ha defendido ante el Constitucional que el artículo sea validado, y de los letrados de las Cortes, que representan a la Junta Electoral. El choque ya era suficientemente relevante, entre otras cosas porque Sánchez y Celaá son diputados y pueden promover y votar un cambio en la ley si la consideran inconstitucional.

Ambos van en contra del criterio de la Abogacía del Estado, que ha defendido ante el Constitucional que el artículo sea validado

Pero hay más invitados en esa fiesta jurídica en dos pistas, el Supremo y el Constitucional. La defensa del presidente catalán, Quim Torra, presentó el pasado 24 de junio un escrito con argumentos similares a los de Sánchez. Torra fue sancionado con 3.000 euros en junio de 2019 por negarse a retirar lazos amarillos y esteladas de edificios públicos, algo que la JEC considera partidista y que ya le costó una denuncia en la fiscalía que está a punto de inhabilitarlo. Las multas de la JEC son a título personal por lo que los tres las han abonado de su bolsillo antes de recurrir.

En el escrito, al que ha tenido acceso este diario, Torra pide paralizar todo hasta que se pronuncie el Constitucional. "Sorpresivamente, en fecha 6 de mayo de 2020 el Tribunal Constitucional ha dictado providencia admitiendo a trámite la cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 153.1 de la LOREG [Ley Orgánica de Régimen Electoral General], presentada por esta misma sala. Siendo el mismo artículo 153.1 de la LOREG el fundamento del Acuerdo de la JEC de 17 de junio de 2019, objeto del presente procedimiento, esta parte solicita subsidiariamente, para el caso que sea rechazada la demanda y aplicado dicho precepto, la suspensión del procedimiento hasta que se resuelva la cuestión de inconstitucionalidad en trámite, por afectar al fondo del asunto".

La defensa de Torra, representado por Gonzalo Boye, critica que Torra ya tiene un caso penal por eso y que nadie puede ser sancionado dos veces por la misma causa, que la JEC no es competente y que fue más dura con Torra que con campañas del Gobierno.

Foto: El presidente de la Generalitat, Quim Torra. (EFE)

Para el caso de que no acepte esos motivos, usa la misma cuestión de inconstitucionalidad que Sánchez. "Teniendo en cuenta que el fundamento del presente procedimiento es la aplicación de dicho artículo 153.1 de la LOREG por el acuerdo de la JEC de 17 de junio de 2019, esta parte considera para el caso en que no se estime la demanda, requerir la suspensión del procedimiento [...] especialmente teniendo en cuenta que es esta misma Sala la que ha planteado las dudas sobre dicho artículo 153.1 de la LOREG 'valorado en sí mismo". Fuentes próximas a Torra señalan que no conocían el recurso de Sánchez y que usar la misma estrategia es una coincidencia.

En el entorno de la JEC hay una sorpresa enorme por el recurso de Sánchez porque supone un conflicto inédito. El presidente del Gobierno recurre a título particular una sanción de un organismo formado por magistrados del Supremo y catedráticos designados por sus partidos. Ese artículo de la LOREG lleva vigente desde 1985, la ley la votó el PSOE y Sánchez ha sido diputado desde 2009. Las fuentes consultadas consideran que si cree que es inconstitucional el grupo socialista debería promover un cambio legal más que cuestionarla en los tribunales.

Cataluña puede estar a punto de una campaña electoral -precisamente si se consuma la inhabilitación de Torra que desencadenó la JEC con una denuncia por los lazos amarillos- y si el régimen sancionador es declarado inconstitucional la JEC se quedaría sin capacidad para sancionar a partidos en campaña. Solo podría denunciar delitos electorales, reservado a conductas especialmente graves.

Pedro Sánchez no es el único político que está intentado en el Supremo lograr tumbar por inconstitucional la ley electoral. El presidente del Gobierno presentó su recurso a principios de junio y semanas después el presidente catalán, Quim Torra, presentó un escrito en el mismo sentido y con argumentos similares. Sánchez fue sancionado con 500 euros por usar la Moncloa de forma electoralista y Torra con 3.000 euros por negarse a retirar lazos amarillos. Ambos han apoyado, en contra de la Abogacía del Estado y de los letrados del Congreso, que el Constitucional anule el artículo que regula las sanciones de la Ley Electoral, lo que dejaría sin capacidad sancionadora a la Junta Electoral Central (JEC).

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