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La jueza suspende el tercer grado de Junqueras, los Jordis, Romeva y Forn
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PONE RUMBO AL SUPREMO

La jueza suspende el tercer grado de Junqueras, los Jordis, Romeva y Forn

Tras el recurso presentado por la Fiscalía ante los jueces de Vigilancia Penitenciaria, que afecta a Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Jordi Cuixart, Jordi Sánchez, Joaquím Forn y Raül Romeva

Foto: Imagen capturada de la cuenta oficial de Òmnium Cultural de Twitter de los siete dirigentes independentistas presos en la cárcel de Lledoners. (EFE)
Imagen capturada de la cuenta oficial de Òmnium Cultural de Twitter de los siete dirigentes independentistas presos en la cárcel de Lledoners. (EFE)

El juzgado de vigilancia penitenciaria número 5 de Cataluña ha suspendido el tercer grado a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart y Joaquim Forn. La decisión, que les obliga a volver a la cárcel de forma inmediata, llega después de que la Fiscalía Provincial de Barcelona pidiera este lunes que retrocedieran al segundo grado todos los presos del 'procés' a excepción de Jordi Turull, Josep Rull y Dolors Bassa, cuya semilibertad se recurrirá en los próximos días. El Ministerio Público presentó sus informes ante los juzgados de Vigilancia Penitenciaria y ahora solo queda por responder el que afecta a la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, que depende de otro magistrado.

La jueza Maria Jesús Arnau atiende así la petición de la Fiscalía y, mientras da traslado a las partes para que presenten alegaciones en los próximos tres días, acuerda "el efecto suspensivo de dicha calificación", con lo que los presos pierden su semilibertad hasta que se pronuncie sobre el fondo de la medida. En sus informes, el Ministerio Público argumenta que "el régimen de vida previsto para los internos clasificados en tercer grado, supone, de hecho, que el interno no permanecerá en el centro penitenciario más de ocho horas diarias, tiempo generalmente destinado a pernoctar y, por tanto, con escasísimas posibilidades reales de tratamiento". También incide en que deben "reconocer el delito" y dejar atrás el "convencimiento" de que "pueden arrogarse la capacidad de interpretar popular".

Foto: Los siete dirigentes independentistas presos en la cárcel de Lledoners, en diciembre de 2018. (EFE)

La Fiscalía subraya además que "la pena ha de constituir un medio de utilidad social y de intimidación al delincuente", apuntando a que la concesión del tercer grado es "prematura" y genera "sensación de impunidad", pues les permite ir a prisión solo a dormir de lunes a viernes. "El internamiento efectivo es el único modo de concienciar al delincuente de que no puede abusar de la situación de poder que ostentaba convirtiendo su propia voluntad en ley", sostiene el Ministerio Público. "La pena cumple una función de prevención general cuyo objetivo es restablecer la confianza del resto de la sociedad en el Estado de Derecho". Los informes también inciden en que deben someterse al correspondiente tratamiento para que no sigan creyendo que el Parlament "está por encima del mandato constitucional y las resoluciones judiciales".

Tras conocerse los recursos de la Fiscalía, el propio Junqueras criticó la decisión a través de Twitter: "El tercer grado no es ni impunidad ni libertad. Es un derecho penitenciario que tienen todos los presos, menos nosotros. No son justos ni hacen justicia, aplican venganza". En el caso concreto del líder de ERC, el informe del Ministerio Público recuerda que "está condenado a la pena de trece años de prisión" y "ni siquiera ha cumplido la cuarta parte de la pena" antes de obtener el tercer grado.

Cinco presos condenados por el ‘procés’ regresan a la cárcel tras suspenderles el tercer grado

La doctrina del Supremo

Desde que el Supremo emitió su sentencia el pasado octubre, los nueve presos del 'procés' han ido buscando recovecos para reducir su estancia en prisión. La primera maniobra llegó con el artículo 100.2, que permite una semilibertad a medio camino entre el segundo y tercer grado, dejándoles salir de la cárcel para trabajar, ejercer voluntariado o cuidar de familiares. Uno a uno, los nueve presos del 'procés' lo solicitaron. Y una a una, sus respectivas cárceles dieron el visto bueno a su aplicación, decisiones que después fueron ratificadas por los jueces de Vigilancia Penitenciaria. La Fiscalía, sin embargo, considera que en Cataluña se han excedido con este artículo y ha recurrido su aplicación, batalla que terminó por llegar al Supremo, que la semana pasada tumbó el uso de este artículo por parte de Forcadell.

Foto: La expresidenta del Parlament de Catalunya Carme Forcadell. (EFE)

Pese a ello, la decisión del alto tribunal con el 100.2 se produjo cuando los presos del 'procés' ya se encontraban en el siguiente escalón: el pasado 14 de julio, la Conselleria de Justicia ratificó la concesión del tercer grado a todos ellos, por lo que ya solo tenían que dormir en sus respectivas cárceles entre semana. Para revertir esta situación, la Fiscalía recurrió ante los jueces de Vigilancia Penitenciaria. La duda pasaba por si los jueces atenderían el "efecto suspensivo" de sus recursos, cuestión que por el momento sí ha sido avalada por el del juzgado número 5: Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart y Joaquim Forn vuelven así al segundo grado. Si decide devolverles al tercer grado tras escuchar a las partes, la Fiscalía podrá entonces recurrir en apelación ante el Supremo, maniobra que supondrá una vez más la suspensión inmediata de su semilibertad hasta que el alto tribunal estudie cada caso concreto.

En la resolución con la que tumbó el 100.2, el Supremo dejó entrever además un razonamiento contrario a la concesión del tercer grado. Sobre su negativa a incluir en la sentencia del 'procés' el artículo 36.2 del Código Penal, que supondría que los condenados tuvieran que cumplir la mitad de la pena para poder acceder al tercer grado, se mostró tajante: "Esa decisión no impide que la duración de la pena sea un elemento a ponderar en el devenir de la ejecución, como tampoco supone un plácet para anticipar, cuando no procede, la aplicación del tercer grado o de las previsiones del artículo 100.2". Y sobre el hecho de que los líderes independentistas hayan adquirido la semilibertad de forma tan rápida, avisa sobre el riesgo de seguir este camino: “Nuestra sentencia no tiene que ser permanentemente reinterpretada. En los hechos declarados probados y en su fundamentación jurídica, se encuentran las claves para explicar la gravedad de los hechos sentenciados y su efecto demoledor para la convivencia democrática".

El juzgado de vigilancia penitenciaria número 5 de Cataluña ha suspendido el tercer grado a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart y Joaquim Forn. La decisión, que les obliga a volver a la cárcel de forma inmediata, llega después de que la Fiscalía Provincial de Barcelona pidiera este lunes que retrocedieran al segundo grado todos los presos del 'procés' a excepción de Jordi Turull, Josep Rull y Dolors Bassa, cuya semilibertad se recurrirá en los próximos días. El Ministerio Público presentó sus informes ante los juzgados de Vigilancia Penitenciaria y ahora solo queda por responder el que afecta a la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, que depende de otro magistrado.

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