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¿Vives en un municipio de menos de 10.000 habitantes? Las nuevas medidas de Sanidad
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Nueva orden del BOE que entra hoy en vigor

¿Vives en un municipio de menos de 10.000 habitantes? Las nuevas medidas de Sanidad

Los territorios que tengan menos de 10.001 habitantes podrán adoptar algunas medidas de la fase 2, aunque se mantengan en la 0 o 1, para recuperar la vida cotidiana y la actividad económica

Foto: Dos empleados de un restaurante preparan las mesas con la distancia de seguridad necesaria. (EFE)
Dos empleados de un restaurante preparan las mesas con la distancia de seguridad necesaria. (EFE)

El Ministerio de Sanidad establece este viernes ciertas medidas de flexibilización de las restricciones impuestas por la pandemia del coronavirus en pequeños municipios y entes locales del ámbito territorial interior. Así, los territorios con menos de 10.000 habitantes podrán adoptar algunas medidas de la fase 2, aunque se mantengan en la 0 o 1, lo que contribuirá a la recuperación de la vida cotidiana y la actividad económica.

En la nueva orden publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Ejecutivo avisa de que, aunque los indicadores epidemiológicos señalen una menor incidencia de la pandemia en los pequeños municipios, cualquier medida de alivio de las condiciones en estos núcleos debe tener en cuenta el mayor riesgo en caso de que se produzcan rebrotes, por el superior envejecimiento demográfico y por la estructura de los servicios básicos disponibles, tanto públicos como privados.

Foto: Estatua de Miguel de Cervantes con una mascarilla, este lunes en Toledo. (EFE)

Se establece así que, en los municipios que tengan menos de 10.001 habitantes y una densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado, las salidas de los niños y la práctica de deporte no profesional no quedan reguladas por las franjas horarias dictaminadas por Sanidad.

Además, en el caso de los paseos de los menores de 14 años, ya no se limita el acompañamiento a solo un adulto responsable, pudiendo realizar dichos desplazamientos todos los convivientes en un mismo domicilio.

Dicha actividad se podrá practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia.

Los paseos y el deporte al aire libre se podrán practicar en el término municipal o en una distancia máxima de cinco kilómetros

Los mercados que desarrollan su actividad al aire libre o de venta ambulante en la vía pública, conocidos como mercadillos, podrán proceder a la reapertura, dando preferencia a la venta de productos alimentarios y de primera necesidad, y siguiendo las medidas de higiene y protección necesarias. Serán los ayuntamientos de dichas zonas quienes deban establecer los requisitos de distanciamiento entre puestos y las condiciones de delimitación.

En la hostelería y restauración, la nueva orden, que entra hoy mismo en vigor, establece que los locales podrán reabrir al público para el consumo en su interior, a excepción de las discotecas y bares de ocio nocturno.

En el ámbito social, se realiza una flexibilización en las medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios y entierros, lugares de culto, siempre y cuando se respeten las medidas de prevención e higiene.

Foto: La presidenta autonómica, Isabel Díaz Ayuso, durante su intervención en la Asamblea. (EFE)

También se procederá a la apertura de las instalaciones deportivas al aire libre, de los centros deportivos para la práctica deportiva individual y el entrenamiento medio en ligas profesionales.

Sanidad deja en manos de los ayuntamientos y órganos de gobierno de estos territorios la forma de adoptar estas nuevas medidas de flexibilización a cada municipio, teniendo en cuenta sus características particulares.

Contempla, además, que para adoptarlas con seguridad, se podrá ordenar el uso del espacio público como la ampliación de zonas peatonales, la recuperación y adaptación de zonas verdes, la definición de viales para bicicletas, patinetes y viandantes. También se permite la división por zonas de las playas, ríos o lagos cuando su disfrute esté permitido, o el empleo de mobiliario semipermanente que permita una distribución horaria del espacio público.

El Ministerio de Sanidad establece este viernes ciertas medidas de flexibilización de las restricciones impuestas por la pandemia del coronavirus en pequeños municipios y entes locales del ámbito territorial interior. Así, los territorios con menos de 10.000 habitantes podrán adoptar algunas medidas de la fase 2, aunque se mantengan en la 0 o 1, lo que contribuirá a la recuperación de la vida cotidiana y la actividad económica.

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