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El TC da la razón a Cs: el Parlament "vulneró su derecho a las funciones representativas"
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POR UNA MOCIÓN DE LA CUP

El TC da la razón a Cs: el Parlament "vulneró su derecho a las funciones representativas"

"Las decisiones del presidente del Parlamento son contrarias a los pronunciamientos del Tribunal Constitucional" e inciden en la "vulneración del derecho reconocido en la Constitución"

Foto: El presidente del Parlament, Roger Torrent. (EFE)
El presidente del Parlament, Roger Torrent. (EFE)

Nueva sentencia del Tribunal Constitucional que no deja en buen lugar al Parlament. El tribunal de garantías ha dado la razón a Ciudadanos al dictaminar que la Mesa de la cámara vulneró "su derecho a ejercer las funciones representativas" en julio de 2018, cuando admitió a trámite una moción de la CUP que reiteraba la resolución independentista del 9 de noviembre de 2015. Ciudadanos impugnó la tramitación de esta propuesta ante el Constitucional, que ahora le da la razón al considerar que se produjo "un manifiesto incumplimiento de su deber de respetar lo resuelto por este Tribunal".

La moción de la CUP, aprobada el 5 de julio de 2018, incluía varios apartados en los que se reiteraban los objetivos de una resolución de 2015 sobre el inicio del proceso de creación de un estado catalán, cuestión que ya fue declarada inconstitucional ese mismo año. La sentencia recuerda que las cámaras legislativas pueden controlar el contenido material de las iniciativas parlamentas, pero tienen la obligación de impedir la tramitación de las propuestas cuya "inconstitucionalidad sea palmaria y evidente", como es el caso de la moción en cuestión.

Foto: Roger Torrent durante el pleno. (EFE)

Según los magistrados, "los acuerdos de la Mesa y las decisiones del presidente del Parlamento son contrarias a los pronunciamientos del Tribunal Constitucional" e inciden en la "vulneración del derecho reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución española", que establece que los ciudadanos "tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes". Apoyándose en este razonamiento, los magistrados ordenan "restablecer a los recurrentes en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de las decisiones y actuaciones de la presidencia del Parlamento de Cataluña de 5 de julio de 2018".

La sentencia subraya además que los diputados de Ciudadanos "se vieron en la obligación de no desatender su función representativa acudiendo y participando en el debate, pero no en la votación de la moción para precisamente denunciar la intencionada y palmaria inconstitucional de la misma, tal y como advirtieron previamente al presidente del Parlamento". Según argumentan los recurrentes, las autoridades del Parlament los empujaron así a elegir entre "atender al mandato representativo de los ciudadanos por los que habían resultado elegidos" y "no asistir a la sesión plenaria, lo que les llevaría a tener que ausentarse del pleno, para desvincularse de aquellas iniciativas prohibidas".

Con esta sentencia, el Constitucional reitera su resolución del pasado 16 de octubre sobre el mismo asunto, en la que se amparaba al PSC. La sentencia, acordada por unanimidad y de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, apunta de forma directa al presidente del Parlament, Roger Torrent, y establece que la cámara ha lesionado el denominado 'ius in officium', facultad que ostentan los parlamentarios para poder ejercer adecuadamente su función pública y de representación política de la ciudadanía.

Nueva sentencia del Tribunal Constitucional que no deja en buen lugar al Parlament. El tribunal de garantías ha dado la razón a Ciudadanos al dictaminar que la Mesa de la cámara vulneró "su derecho a ejercer las funciones representativas" en julio de 2018, cuando admitió a trámite una moción de la CUP que reiteraba la resolución independentista del 9 de noviembre de 2015. Ciudadanos impugnó la tramitación de esta propuesta ante el Constitucional, que ahora le da la razón al considerar que se produjo "un manifiesto incumplimiento de su deber de respetar lo resuelto por este Tribunal".

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