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El TSJC rechaza el recurso de la Generalitat: Torra tiene que quitar la pancarta del Palau
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No acepta sus argumentos

El TSJC rechaza el recurso de la Generalitat: Torra tiene que quitar la pancarta del Palau

La providencia del TSJC llega después de que el pasado 20 de septiembre estimara las medidas cautelares solicitadas por Impulso Ciudadano, una asociación contraria al independentismo

Foto: El presidente de la Generalitat, Quim Torra. (EFE)
El presidente de la Generalitat, Quim Torra. (EFE)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha rechazado el recurso de Quim Torra e insta al 'president' a retirar el lazo amarillo y la pancarta de apoyo a los "presos políticos" de la fachada del Palau de la Generalitat. La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo argumenta en una providencia que "es propio de las medidas cautelares su inmediato cumplimiento" y defiende que "en este caso no se aprecian motivos para excepcionar dicho principio general". También subraya que el 24 de septiembre se publicó en el BOE la convocatoria de elecciones y que, según decreta la Junta Electoral Cental, durante la campaña no se pueden mostrar símbolos partidistas en edificios públicos.

La providencia del TSJC llega después de que el pasado 20 de septiembre estimara las medidas cautelares solicitadas por Impulso Ciudadano, una asociación contraria al independentismo que argumenta que el lazo y la pancarta incumplen los deberes a los que está sometida la administración pública de representar al conjunto de la ciudadanía. Frente a la solicitud de retirarlos, desde la Generalitat negaron que dicha organización tuviera "la legitimación activa para interponer el presente recurso contencioso", argumento que el TSJC echó por tierra: como ciudadanos que no se alinean "con la opción ideológica representada por dicha pancarta y el símbolo anexo", el tribunal considera que se ven afectados por la colocación de los mismos y, por tanto, legitimados para pedir su retirada.

Foto: Pancarta en la fachada del Palau. (EFE)

El TSJC atendió así la medida cautelar solicitada y requirió "de forma personal" a Torra que procediera a retirar los símbolos en 48 horas, solicitud en la que incidió una vez más este mismo lunes. La sala, integrada por cuatro magistrados de lo contencioso, considera que en el presente caso es aplicable una sentencia que dictó el propio TSJC en 2016, fallo en el que estableció que exhibir la estelada en un edificio público debe ser considerado partidista y que ese tipo de lugares deben regirse por el principio de "neutralidad institucional que, si bien reforzado en los periodos electorales, debe mantenerse en todo momento". En la providencia emitida este jueves, el TSJC recuerda ahora que a los anteriores argumentos se suma la propia convocatoria de elecciones.

Tras requerirle el TSJC que quitara los símbolos el 20 de septiembre, el 'president' anunció ese mismo día que no iba a cumplir el mandato y denunció una "vulneración flagrante del derecho a la libertad de expresión y de opinión", postura que también se refleja en el recurso que ahora ha sido rechazado. El líder independentista ha asegurado en todo momento que no cumplirá la orden y defiende los símbolos como un clamor "mayoritario de la sociedad catalana y un compromiso democrático del Govern con las personas que sufren la represión por haber defendido la democracia, los mandatos electorales y los derechos fundamentales".

Foto: Fachada del Palau de la Generalitat. (EFE)

La polémica en torno a la exhibición de símbolos independentistas en edificios públicos suma así un nuevo capítulo. El 11 de marzo, en plena campaña del 28-A, la Junta Electoral Central exigió a Torra que quitara los lazos amarillos y las pancartas de apoyo a los presos del 'procés' en 48 horas, recordándole "la obligación de los poderes públicos de mantener estrictamente la neutralidad política durante los procesos electorales". El 'president', sin embargo, respondió con un pulso: subrayó "dificultad para su cumplimiento", dijo que estaba a la espera de una aclaración del defensor del pueblo catalán e incluso llegó a cambiar el lazo amarillo del Palau por uno blanco. Ante las constantes advertencias de la JEC, el 22 de marzo terminó por retirar los símbolos, pero para entonces el caso ya estaba en manos de la Fiscalía.

Torra tendrá que sentarse en el banquillo del TSJC el próximo 18 de noviembre por estos hechos. El Ministerio Público pide para él un año y ocho meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros por desobediencia, para lo que precisa además que la inhabilitación que reclama debe extenderse al ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo, así como para el ejercicio de funciones de gobierno: "La inhabilitación conlleva la privación definitiva de estos empleos o cargos públicos y los honores que le sean anejos". A la espera de que se celebre este juicio, Torra asegura ahora que no va cumplir la nueva orden de retirar los símbolos independentistas.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha rechazado el recurso de Quim Torra e insta al 'president' a retirar el lazo amarillo y la pancarta de apoyo a los "presos políticos" de la fachada del Palau de la Generalitat. La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo argumenta en una providencia que "es propio de las medidas cautelares su inmediato cumplimiento" y defiende que "en este caso no se aprecian motivos para excepcionar dicho principio general". También subraya que el 24 de septiembre se publicó en el BOE la convocatoria de elecciones y que, según decreta la Junta Electoral Cental, durante la campaña no se pueden mostrar símbolos partidistas en edificios públicos.

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