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Urdangarin saldrá dos días a la semana de prisión para hacer voluntariado
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Urdangarin saldrá dos días a la semana de prisión para hacer voluntariado

Las salidas autorizadas por el juez de Vigilancia Penitenciaria a Urdangarín consistirán en acudir dos días a la semana, durante ocho horas, a una institución

Foto: Urdangarin, a su salida de la Audiencia de Palma. (EFE)
Urdangarin, a su salida de la Audiencia de Palma. (EFE)

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León ha estimado con oposición del Ministerio Fiscal el recurso formulado por Iñaki Urdangarin para realizar salidas en las que llevará a cabo un programa de atención especializada fuera del Centro Penitenciario de Ávila, donde cumple condena. El magistrado, que le permite salir dos días durante ocho horas para cooperar en una ONG en Madrid, ha tenido en cuenta las condiciones de cumplimiento de la pena del ex duque de Palma y asegura que no puede ser un elemento de desestructuración de la persona. "Ello casaría mal no ya solo con la finalidad de aquélla, sino que incluso, yendo más allá, chocaría con las más elementales normas de humanidad que deben inspirar el cumplimiento de las penas", dice. "Que las situaciones de aislamiento continuado afectan con especial intensidad a psiquis del sujeto es algo más que una mera intuición", agrega el magistrado.

Urdangarin podrá salir de prisión para hacer labores de voluntariado

El extenso auto en el que se fundamenta la autorización también desvela que Urdangarin debe ser vigilado permanente para garantizar su seguridad. "La imposición al interno por la Administración de una forma de vida de absoluto aislamiento, que impide la realización de cualquier actividad en común, responde a sus particulares circunstancias familiares que, por ser del común conocimiento no merece la pena recordar, conllevan que, de forma permanente, en todo momento de su vida, su seguridad sea objeto de supervisión por la Fuerza Pública", dice.

Así, explica que el contacto humano y la vida de Urdangarin en comunidad, no es posible en su situación. "Por no existir otro modo de evitar los riesgos, la realización de una actividad en el exterior es más que positiva para reducir o eliminar la desocialización y deshumanización, destrucción del individuo, que conlleva la soledad absoluta a la que se la sometido, lo cual conecta con algo esencial en cualquier programa de tratamiento, fomentar la autoestima. Esta necesidad de evitar el aislamiento y el efecto nocivo de aquél, es puesto de relieve por la educadora en su informe", agrega.

Foto: La infanta Cristina en una imagen de archivo. (EFE)

Las salidas autorizadas por el juez de Vigilancia Penitenciaria a Urdangarin consistirán en acudir dos días a la semana, durante ocho horas, a una Institución para llevar a cabo una labor de voluntariado. Según lo remitido al juez por la Fundación, el marido de la infanta Cristina ha ofrecido su colaboración para un programa que se desarrolla dentro y fuera del centro de la ONG con ayuda en los procesos de movilidad de los usuarios discapacitados que necesitan ayuda en su vida cotidiana: paseos, piscina, fisioterapia etc….

"Este espíritu positivo al definir su objeto, que se liga a una actividad de interés general, de carácter solidario, voluntaria, libre, sin que tengan su causa en una obligación personal o deber jurídico y sin contraprestación económica o material. En el ámbito de la delincuencia económica, cuyo eje es el egoísmo, el afán desmedido de lucro, además del desprecio al interés comunitario, la toma de contacto con la vida real, con los problemas de los demás, coopera a generar un elemento de concienciación de la trascendencia de la propia conducta delictiva", indica el juez.

El ex duque, condenado por su papel en el caso Nóos a una pena de cinco años y diez meses de prisión, dejó abierta al formular su solicitud la posibilidad de que se le permita, más adelante, acudir a diario al centro de voluntariado.

Foto:  Iñaki Urdangarin. (Getty)

El auto describe que el aislamiento como forma de cumplimiento está proscrito en la normativa internacional, Reglas Mínimas Penitenciarias del Consejo de Europa, y en la Legislación nacional, Ley Orgánica General Penitenciaria y Reglamento Penitenciario, si bien cabe recurrir a él en orden a preservar la vida e integridad de los internos, de ahí la legalidad de la decisión adoptada por la Administración. No obstante, han de articularse medidas en orden a evitar la desocialización que comporta la soledad.

La decisión del juez recoge que la elección del régimen de vida, la forma de cumplir la pena de prisión, no está sujeto a la voluntad de los internos

Precedentes

La Administración Penitenciaria en tres ocasiones anteriores se ha encontrado en la tesitura de tener que recurrir a tan excepcional medida permanente. Se trataba de penados que en su día tuvieron altas responsabilidades en la Seguridad del Estado: dos casos en el Centro Penitenciario de Ávila y uno en el Centro Penitenciario de Segovia.

Foto: Pablo Urdangarin jugando con su equipo, el HBC Nantes. (Lagencia Grosby)

Las decisiones adoptadas en cada caso fueron diversas en consideración a la situación de cada penado concurrente. En el primero de los supuestos se mantuvo el régimen de vida durante todo el cumplimiento por el riesgo de fuga. En el segundo, al tratarse de una condena de escasa entidad, se procedió a la progresión del penado al tercer grado en un plazo prudencial.

En el tercero, un supuesto de un penado no primario, con una condena más elevada que la del ahora recurrente y con la responsabilidad civil derivada de su delito pendiente de satisfacer, se optó por la aplicación del régimen de flexibilidad del art.100.2 del Reglamento Penitenciario, posibilitando unas salidas de unas horas a su domicilio varios días a la semana.

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León ha estimado con oposición del Ministerio Fiscal el recurso formulado por Iñaki Urdangarin para realizar salidas en las que llevará a cabo un programa de atención especializada fuera del Centro Penitenciario de Ávila, donde cumple condena. El magistrado, que le permite salir dos días durante ocho horas para cooperar en una ONG en Madrid, ha tenido en cuenta las condiciones de cumplimiento de la pena del ex duque de Palma y asegura que no puede ser un elemento de desestructuración de la persona. "Ello casaría mal no ya solo con la finalidad de aquélla, sino que incluso, yendo más allá, chocaría con las más elementales normas de humanidad que deben inspirar el cumplimiento de las penas", dice. "Que las situaciones de aislamiento continuado afectan con especial intensidad a psiquis del sujeto es algo más que una mera intuición", agrega el magistrado.

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