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El Supremo avisa: habría condenado a La Manada a 75 años por 10 agresiones sexuales
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DICE QUE ESA ERA LA CONDENA CORRECTA

El Supremo avisa: habría condenado a La Manada a 75 años por 10 agresiones sexuales

Ninguna de las cuatro acusaciones impugnó ese extremo y el tribunal no ha podido imponer esa pena por el principio acusatorio

Foto: Una de las últimas imágenes de la Manada en libertad. (EFE)
Una de las últimas imágenes de la Manada en libertad. (EFE)

La pena impuesta este viernes por el Tribunal Supremo a cada uno de los cinco miembros de la Manada es de 15 años de prisión; pero la sala de cinco magistrados que ha revisado la condena que dictó hace poco más de un año la Audiencia Provincial de Navarra quería imponer una pena más alta. En un comunicado emitido tras hacer pública la decisión, el tribunal que ha presidido Andrés Martínez Arrieta, dice que la calificación de la sentencia de instancia fue un error y que su acuerdo hubiera sido otro: 10 delitos de agresión sexual para cada uno de los acusados. La pena habría ascendido a 75 años de prisión, con un cumplimiento máximo de 20, apuntan a El Confidencial fuentes jurídicas.

En un extenso comunicado difundido a raíz del fallo, la sala lo explica de este modo: "El tribunal constata, igualmente, el error en la calificación jurídica de la sentencia que consideró concurrente un único delito continuado, cuando por la pluralidad de intervinientes y de actos agresivos, la correcta calificación, de acuerdo a los reiterados precedentes, hubiera sido considerar a los acusados autores y partícipes de una pluralidad de delitos de agresión sexual".

En otro punto de sus consideraciones, los cinco jueces destacan cuántas y cuáles fueron esas agresiones. "Realizaron actos contra la libertad de la víctima, al menos, diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales". Y exponen por qué la condena no es de los 75 años pretendidos sino de 15. Ninguna de las cuatro acusaciones -Fiscalía, la particular, el Ayuntamiento de Pamplona y la Diputación Foral- impugnó este extremo. El principio acusatorio impide, por ello, al alto tribunal pronunciarse en consonancia.

La decisión no solo ha sido unánime sino también rápida. La vista acababa a las doce y media de la mañana y algo más de dos horas después, el fallo estaba listo. Los magistrados se retiraron a deliberar nada más acabar la vista de revisión de la sentencia y tenían previsto comer en el Palacio de las Salesas para alcanzar un acuerdo en el mínimo espacio de tiempo posible. De golpe y porrazo, ese criterio de hace poco más de un año, que desencadenó un clamor social sin precedentes en España, quedó anulado. No fue abuso, fue una violación en grupo.

La palabra. Violación

Pese a los deseos expresados por el tribunal, la inclusión del término violación en el fallo resonó de manera especialmente potente. La palabra casi es un símbolo. Se gritó en decenas de manifestaciones. "No es abuso, es violación". Uno de los lemas que quedarán tras el caso junto a otros como el "Yo sí te creo". Fue violación y además agravada por dos factores: un trato vejatorio y degradante a la víctima y por la actuación conjunta de dos o más personas.

Foto: Algunas de las frases más duras del juicio.

Degradante por el modo en el que se desarrollaron los hechos. "Hubo varias penetraciones simultáneas", destaca el tribunal. También dice que en los vídeos grabados, cuya existencia y contenido describe la resolución ahora casada, los autores se regodean, se jactan de lo que están haciendo. Descartan de forma radical cualquier atisbo de consentimiento por parte de la víctima, el argumento al que se agarró la defensa de José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Boza y Alfonso Jesús Cabezuelo, con poca fortuna y para indignación de muchos de los que escuchaban su informe. El tribunal no ha tenido duda de la situación intimidante a la que se vio sometida la joven de apenas 18 años provocada por la superioridad numérica de sus atacantes.

También de golpe y porrazo, los cinco miembros de la Manada volvieron a la cárcel. La sentencia ya es firme y minutos después de que se notificara, la Policía inició los arrestos en Sevilla, donde residen los condenados desde su excarcelación a la espera de esta resolución. Su puesta en libertad después de que el mismo tribunal que les condenó a 9 años no apreciara riesgo de fuga ni de reiteración delictiva añadió más leña al fuego de la indignación colectiva.

Ocho en libertad vigilada

El fallo no se limita a esos 15 años impuestos, que suben a 17 en el caso de Guerrero, por el robo del móvil de la víctima. También se condena a la Manada a pagar 100.000 euros de indemnización más las costas. No podrán acercarse en 20 años ni al lugar de trabajo de la agredida, ni a su domicilio ni a ningún otro lugar que pueda frecuentar. Cuando acaben de cumplir la pena de cárcel, permanecerán otros ocho años más en libertad vigilada.

Foto: El furgón con los cinco miembros de 'La Manada' sale de la comisaria sevillana Blas Infante. (EFE)

Por la mañana su defensor cargó contra la joven. Dijo que trató de disfrazar un consentimiento como algo diferente. Que nunca dijo no. Que sabía a lo que iba. Que acompañó al grupo por callejones oscuros. "No eran cinco lobos rodeando a una chica". "Encabezaba el grupo". Les escuchó decir sin inmutarse que tenían "cinturón negro en comer coños". "Se calló".

"¿Qué juerga acaba con una persona tirada en un habitáculo en un portal de una calle desconocida, desnuda y siendo robado su teléfono móvil, al que quitaron las tarjetas y después tiran en una papelera, si hemos tenido una juerga consentida y lo hemos pasado tan bien?", resumió a la contra la fiscal Isabel Rodríguez. Todo se resume con una frase: fue violación.

La pena impuesta este viernes por el Tribunal Supremo a cada uno de los cinco miembros de la Manada es de 15 años de prisión; pero la sala de cinco magistrados que ha revisado la condena que dictó hace poco más de un año la Audiencia Provincial de Navarra quería imponer una pena más alta. En un comunicado emitido tras hacer pública la decisión, el tribunal que ha presidido Andrés Martínez Arrieta, dice que la calificación de la sentencia de instancia fue un error y que su acuerdo hubiera sido otro: 10 delitos de agresión sexual para cada uno de los acusados. La pena habría ascendido a 75 años de prisión, con un cumplimiento máximo de 20, apuntan a El Confidencial fuentes jurídicas.

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