Es noticia
Condenada a dos meses de cárcel por dar una bofetada a su hijo: no quería ducharse
  1. España
PUEDE SUSTITUIRLO POR TRABAJOS A LA COMUNIDAD

Condenada a dos meses de cárcel por dar una bofetada a su hijo: no quería ducharse

La sentencia también incluye una orden de alejamiento por la que la madre no podrá acercarse a menos de 200 metros del menor durante seis meses

Foto: Además de la pena de prisión, la sentencia incluye una orden de alejemamiento para la madre (EFE/Marta G. Brea)
Además de la pena de prisión, la sentencia incluye una orden de alejemamiento para la madre (EFE/Marta G. Brea)

El 20 de mayo de 2018, una madre de Pontevedra discutió con su hijo de diez años porque éste no quería ducharse. La mujer acabó aquella discusión con “un par de bofetadas” que la llevaron a ser denunciada y a que el Juzgado de lo Penal número 4 de la capital dictase una sentencia que la condenaba a dos meses de cárcel por un delito de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica.

La mujer recurrió la sentencia y, ahora, la Audiencia Provincial de Pontevedra ha ratificado el fallo. La condenada no deberá entrar en prisión, ya que se le ofrece la posibilidad de sustituir la pena por dos meses de trabajos en beneficios de la comunidad, aunque si no acepta esa oferta, podría pasar dos meses en arresto domiciliario.

Se le ofrece la posibilidad de sustituir la pena por dos meses de trabajos en beneficios de la comunidad

La sentencia es contundente y explica que “la reprensión ante una eventual desobediencia del menor nunca puede justificar el uso de la violencia que la acusada ejerció”. La defensa había alegado en su recurso que la actuación de la mujer debía ampararse "dentro de su derecho de corrección”.

Orden de alejamiento

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Pontevedra recurre a la jurisprudencia que estableció el Tribunal Supremo para tumbar el recurso: la facultad de los padres para corregir a sus hijos no es infinita: "Tiene como límite infranqueable la integridad física y moral de estos".

Foto: ElRubius en el momento en el que recibe la donación (Foto: YouTube)

La Audiencia llega a recordar que el Código Civil establece que la corrección “debe ser ejercida de forma moderada y razonable”, según la Convención de los Derechos del Niño. Y afirma textualmente que se ha utilizado una respuesta “expresamente desautorizada por el ordenamiento jurídico que a todo el mundo le consta” que está prohibida, en referencia al castigo físico.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, no impone ninguna indemnización económica a la madre, aunque sí incluye una orden de alejamiento por la que no puede estar a menos de doscientos metros del menor durante seis meses, aunque no se explica cómo llevar a efecto y dar cumplimiento a esa parte del fallo.

El 20 de mayo de 2018, una madre de Pontevedra discutió con su hijo de diez años porque éste no quería ducharse. La mujer acabó aquella discusión con “un par de bofetadas” que la llevaron a ser denunciada y a que el Juzgado de lo Penal número 4 de la capital dictase una sentencia que la condenaba a dos meses de cárcel por un delito de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica.

Pontevedra Tribunal Supremo Indemnizaciones Familia
El redactor recomienda