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Hacienda evita que Telefónica se desgrave pagos a Urdangarin por ser ajenos al negocio
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300.000 euros que facturó el Instituto NÓos

Hacienda evita que Telefónica se desgrave pagos a Urdangarin por ser ajenos al negocio

Una sentencia de la Audiencia Nacional desvela que la empresa intentó deducirse el IVA de facturas de Nóos. El fisco consideró que los pagos no responden a la actividad empresarial

Foto: Iñaki Urdangarín, exduque de Palma. (Reuters)
Iñaki Urdangarín, exduque de Palma. (Reuters)

La Agencia Tributaria ha evitado que Telefónica se deduzca el IVA de varias facturas que abonó al Instituto Nóos, el de Iñaki Urdangarin. Así lo desvela una sentencia de la Audiencia Nacional del pasado 28 de marzo. Hacienda consideró que esos pagos —300.000 euros— no obedecían a ninguna actividad empresarial de Telefónica y que por lo tanto no podía deducirse el IVA. Las facturas de Nóos se suman al sueldo que Telefónica pagó a Urdangarin y que llegó a superar los dos millones al año. En 2012 dejó la empresa, en la que había entrado como consejero en 2009.

La sección sexta de lo contencioso de la Audiencia Nacional ha revisado una reclamación de Telefónica contra la Agencia Tributaria. Es un caso más de pugna por la interpretación de impuestos, bases imponibles, deducciones... En ella se desliza el pulso que mantuvo Telefónica con Hacienda por las facturas del Instituto Nóos, a través del que Urdangarin recibía los pagos de grandes empresa e instituciones públicas y por lo que fue condenado por la Audiencia de Palma.

Foto: Iñaki Urdangarin, exduque de Palma. (EFE)

La sentencia detalla en el apartado sobre las facturas no deducibles que "Telefónica satisfizo a la Asociación Instituto Nóos, así como a la entidad Nóos Consultoría Estratégica, un importe total durante los ejercicios 2006 y 2007, de 300.000 euros, más el IVA correspondiente al 16% (48.000 euros)". La Inspección de Hacienda consideró que las cuotas soportadas en estas facturas no son deducibles "ya que no justifican su afectación, directa y exclusiva a la actividad empresarial".

La ley establece que las empresas se podrán deducir el IVA de aquellas facturas relacionadas con su actividad empresarial. Pero que "los empresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no se afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesional". Así que los pagos a Nóos, responden a otro fin que no es empresarial.

Hacienda consideró que estas facturas no son deducibles "ya que no justifican su afectación, directa y exclusiva a la actividad empresarial"

Aunque inicialmente Telefónica intentó mantener la deducción, posteriormente cambió de criterio. Defendió que el IVA era deducible ante el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), una especie de tribunal de la propia administración. Pero después, al plantear un contencioso en la Audiencia Nacional ya cambió de criterio y asumió que los pagos al cuñado de Felipe VI no tenían relación con la actividad de Telefónica, según revela el fallo: "En la demanda, la parte recurrente ya no discute la deducibilidad de las cuotas de IVA soportadas respecto de los pagos efectuados a la Asociación Instituto Nóos y a la entidad Nóos Consultoría Estratégica". La empresa no ha querido hacer declaraciones.

Según la sentencia del caso Palma Arena, el Instituto Nóos de Investigación Aplicada fue constituido en 1999 "como entidad sin ánimo de lucro cuya misión era la de realizar investigaciones sobre el papel de la inteligencia de mercado en la competitividad de las empresas". En la práctica era el instrumento por el que Urdangarin y su socio Diego Torres canalizaban pagos de administraciones públicas y grandes empresas. Urdangarin ha sido condenado a seis años y tres meses de cárcel por prevaricación, malversación, fraude, tráfico de influencias y 2 delitos fiscales. Está pendiente de la revisión del Tribunal Supremo.

La Agencia Tributaria ha evitado que Telefónica se deduzca el IVA de varias facturas que abonó al Instituto Nóos, el de Iñaki Urdangarin. Así lo desvela una sentencia de la Audiencia Nacional del pasado 28 de marzo. Hacienda consideró que esos pagos —300.000 euros— no obedecían a ninguna actividad empresarial de Telefónica y que por lo tanto no podía deducirse el IVA. Las facturas de Nóos se suman al sueldo que Telefónica pagó a Urdangarin y que llegó a superar los dos millones al año. En 2012 dejó la empresa, en la que había entrado como consejero en 2009.

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