Es noticia
Los jueces consideran la sentencia tan previsible como alejada de la realidad
  1. España
La relacionan con el final de la banda

Los jueces consideran la sentencia tan previsible como alejada de la realidad

El fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que tumba definitivamente la conocida como ‘doctrina Parot’ no ha causado asombro en la judicatura.

Foto: Los ministros de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y el de Interior, Jorge Fernández Díaz. (EFE)
Los ministros de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y el de Interior, Jorge Fernández Díaz. (EFE)

El fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que tumba definitivamente la conocida como ‘doctrina Parot’ no ha causado asombro en la judicatura. Más bien al contrario, gran número de magistrados y fiscales consideran que esta sentencia era lo esperado. Lo único que podía ocurrir una vez que el caso llegó a Europa.Precisamente se presuponía porque en el exterior no se comprende lo que supone ETA para los españoles. Tampoco entienden la dura labor que ha llevado a cabo durante décadas la Justicia para acabar con una organización terrorista que, por fin, hace dos años anunció el cese de su actividad terrorista. Es decir, que dejó de matar.

Esta doctrina fue creada por el Tribunal Supremo, basándose en una sentencia de la Audiencia Nacional, y confirmada por el Tribunal Constitucional, para corregir un Código Penal aprobado en 1973 que tenía grandes lagunas y que no se ajustaba a la sanguinaria realidad de la banda terrorista en particular, y a los más execrables asesinatos en general.

Esta norma permitía que todos los beneficios penitenciarios acumulados se restaran de la pena máxima permitida de cumplimiento, es decir, treinta años, en vez de a la totalidad de la condena. Este Código consintió que diera igual el número de asesinatos que cargara un reo a sus espaldas porque, en la práctica, iba a cumplir lo mismo. La Justicia ideó en 2006 una doctrina considerada por gran parte de la carrera judicial como ajustada a derecho con el fin de corregir las lagunas de ese Código Penal, que por cierto ya fue subsanado en 1995.

El principal problema de la ‘doctrina Parot’ –conocida así por crearse al estudiar el recurso para el licenciamiento definitivo del etarra Henri Parot– es que cambió la reglas del juego a mitad de la partida, según algunas fuentes jurídicas. Es decir, a los reclusos, al cumplir la condena, se les concedía aplicarse esos beneficios penitenciarios de tal manera que les permitirían salir antes de prisión y a la hora de solicitar el licenciamiento les informan de que ya no sirve lo establecido ata el momento.

Sin embargo, otras fuentes señalan que Estrasburgo se ha limitado a centrarse en la teoría y no ha entrado a valorar lo que le expuso la Abogacía del Estado en la vista para el estudio de su recurso. Esto es, que la pena a cumplir no puede ser la misma para alguien que ha matado a veinte personas que el que ha acabado la vida con una. El TEDH no se ha fijado en la realidad española, no ha querido adentrarse al razonamiento jurídico de los jueces españoles.

Otras fuentes jurídicas van más allá y sostienen que el fallo ha ido dirigido en este sentido porque ETA no es un problema internacional, sino una organización que ha llegado a su fin y que ya no genera tensiones. En el caso de haberse tratado de terroristas islamistas que hubieran cometido atentados con miles de víctimas mortales el resultado podría haber sido distinto, añaden estas fuentes.

La Audiencia comienza las excarcelaciones

Todas reconocen que esta sentencia deja poco margen de maniobra pero aun así se deberá revisar caso por caso cada una de las circunstancias de los presos que se les haya aplicado la doctrina Parot y ahora pidan su libertad. Hoy mismo, el pleno de lo Penal de la Audiencia Nacional se reúne para estudiar la sentencia y el informe al respecto de la Fiscalía para acordar la excarcelación de la etarra Inés del Río, tal y como ordena Estrasburgo.

Este viernes, el mismo pleno se volverá a reunir para estudiar dos casos de etarras que tenían encima de la mesa a la espera que el TEDH adoptara una solución. Se trata de Juan Manuel Piriz, condenado a 61 años de prisión, y Josefa Mercedes Ernaga, una de las autoras de la masacre del atentado del Hipercor y condenada a más de 900 años de cárcel.

Fuentes de la Audiencia Nacional señalan que se estudiará con detenimiento cada caso por si existe alguna herramienta judicial que impida la salida de todos ellos aunque reconocen que la sentencia deja poco margen de maniobra.

El fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que tumba definitivamente la conocida como ‘doctrina Parot’ no ha causado asombro en la judicatura. Más bien al contrario, gran número de magistrados y fiscales consideran que esta sentencia era lo esperado. Lo único que podía ocurrir una vez que el caso llegó a Europa.Precisamente se presuponía porque en el exterior no se comprende lo que supone ETA para los españoles. Tampoco entienden la dura labor que ha llevado a cabo durante décadas la Justicia para acabar con una organización terrorista que, por fin, hace dos años anunció el cese de su actividad terrorista. Es decir, que dejó de matar.

Audiencia Nacional Tribunal Supremo Doctrina Parot Jueces
El redactor recomienda