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El Gobierno abre la puerta a que la vida de las nucleares sea superior a los 40 años
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El Gobierno abre la puerta a que la vida de las nucleares sea superior a los 40 años

El Consejo de Ministros abordó hoy una "reforma global de la energía nuclear" que, entre otras medidas, fija en 40 años el período de funcionamiento ordinario

El Consejo de Ministros abordó hoy una "reforma global de la energía nuclear" que, entre otras medidas, fija en 40 años el período de funcionamiento ordinario de las centrales nucleares pero contempla la posibilidad de renovar ese plazo, previo acuerdo del Consejo de Ministros, atendiendo a consideraciones de interés general y a las directrices y objetivos de la política energética.

El Gobierno está estudiando un paquete de medidas normativas que afectan a la renovación de las autorizaciones de explotación de las centrales nucleares, a la titularidad de las autorizaciones nucleares y a la responsabilidad civil nuclear.

Además, el Gobierno ha aprobado la convocatoria para la selección de los municipios candidatos a albergar el Almacén Temporal Centralizado (ATC) y su Centro Tecnológico Asociado.

Se establece que las centrales nucleares españolas dispondrán de un período de funcionamiento ordinario de 40 años, previo informe favorable del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). El Consejo de Ministros podrá autorizar la presentación de solicitudes de renovación que excedan ese plazo atendiendo a consideraciones de interés general y a las directrices y objetivos de la política energética, y en particular, a la seguridad del suministro energético, los costes de generación eléctrica, las emisiones de gases de efecto invernadero, y la capacidad de almacenamiento de las tecnologías de generación sustitutivas.

Se han aceptado las definiciones de “seguridad nuclear”, “vida de diseño” y “vida útil”. Por vida de diseño se entenderá el intervalo de tiempo durante el que se espera que una instalación o un componente se comporte conforme a la especificación técnica de acuerdo con la cual se construyó o fabricó. Vida útil erá el periodo que transcurra desde que una instalación empieza a funcionar hasta que se retira definitivamente del servicio cumpliendo su función con el nivel de seguridad exigido. Y se entenderá por seguridad nuclear la consecución de condiciones de explotación adecuadas de una instalación nuclear, la prevención de accidentes y la atenuación de sus consecuencias, cuyo resultado sea la protección de los trabajadores y del público en general de los riesgos producidos por las radiaciones ionizantes procedentes de instalaciones nucleares.

Con esta reforma todas las centrales nucleares (salvo Garoña) estarán sujetas, al menos, a una renovación ordinaria más. La utilización del procedimiento extraordinario, en su caso, no tendrá lugar hasta el año 2021.

Titularidad de las autorizaciones nucleares

Otra de las modificaciones estudiadas hoy por el Consejo de Ministros de la Ley 25/1964 sobre Energía Nuclear establece que la titularidad de la autorización de explotación de una instalación nuclear será única. El régimen de titularidad vigente en España concede las autorizaciones a los copropietarios de la instalación nuclear. En el caso de la central de Trillo, por ejemplo, se concede la autorización a los cuatro copropietarios de la central (Iberdrola, Unión Fenosa, Hidrocantábrico y Nuclenor), lo que supone la existencia de cuatro titulares de la autorización.

Se exige también que el titular de las mismas sea una persona jurídica cuyo objeto exclusivo sea la gestión de las centrales nucleares. El Gobierno busca así incrementar la transparencia de las cuentas de explotación e inversión de las centrales nucleares.

Como consecuencia de la modificación, las compañías eléctricas constituirán sociedades nucleares donde ubicarán sus activos. Además, los copropietarios de cada central deberán determinar cuál de ellos será el titular único de la instalación o alternativamente crearán sociedades conjuntas por central, encargadas, siguiendo el modelo Nuclenor, de la gestión de la central nuclear correspondiente.

La nueva normativa mantendrá los principios básicos del sistema, es decir, la responsabilidad objetiva, que se atribuye de manera exclusiva al explotador de la instalación de origen del incidente nuclear; la obligación del explotador de cubrir su responsabilidad mediante seguro o garantía financiera, y la limitación de la responsabilidad del explotador en cantidad y tiempo, que no obstante se amplían significativamente.

El Consejo de Ministros abordó hoy una "reforma global de la energía nuclear" que, entre otras medidas, fija en 40 años el período de funcionamiento ordinario de las centrales nucleares pero contempla la posibilidad de renovar ese plazo, previo acuerdo del Consejo de Ministros, atendiendo a consideraciones de interés general y a las directrices y objetivos de la política energética.

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