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Tarjetas 'revolving': el Supremo pone coto a una odisea legal de la banca de 2.000 M
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Tarjetas 'revolving': el Supremo pone coto a una odisea legal de la banca de 2.000 M

El alto tribunal aclara su posición tras ocho años de bandazos. El frente está casi cerrado para los bancos, salvo algunas coletillas de la sentencia que pueden generar confusión

Foto: Manifestación contra la banca en 2014. (EFE/Víctor Lerena)
Manifestación contra la banca en 2014. (EFE/Víctor Lerena)
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El Tribunal Supremo arroja luz sobre uno de los mayores frentes de demandas de los últimos tiempos: las tarjetas revolving. El alto tribunal decidió el pasado 15 de febrero, en pleno, avalar que una tarjeta con una TAE (tasa anual equivalente) de casi el 24% no es usuraria y fijar un umbral amplio de seis puntos porcentuales de interés extra para que se pueda condenar a cualquier entidad.

Fuentes financieras consultadas por este medio señalan que este fallo pondrá fin a gran parte de las reclamaciones que recibe el sector financiero por las revolving, salvo en el caso de algunos productos cuyas TAE se acerquen a niveles próximos al 26-30%. Aun así, incluso en estos niveles sigue habiendo algo de confusión tras la opinión del Supremo, según dichas fuentes.

La banca lleva años de defensa a todos los niveles para tratar de frenar este frente legal, que ha generado ya pérdidas milmillonarias al sector. Las entidades siempre se han negado a dar el detalle de las provisiones por demandas de las revolving, salvo WiZink, que tiene buena parte de su negocio en este nicho. A la entidad de Värde Partners, que tiene un 15% de cuota de mercado, ya le ha costado unos 700 millones, lo que extrapolado a todo el sector elevaría las cifras hasta los 4.600 millones. Sin embargo, fuentes de las entidades consultadas creen que las cifras están más cerca de la mitad.

Foto: Una tarjeta de crédito. (Reuters/Philippe Wojazer)

El frente de las revolving cogió velocidad tras la primera sentencia del Supremo de 2015, en la que se fijó que una tarjeta al 24% era usuraria, al sobrepasar en más de cuatro veces el interés del índice de los créditos al consumo. Eso provocó una avalancha de demandas, ya que estas tarjetas se han comercializado históricamente con un interés del 20% más comisiones, que suman varios puntos porcentuales más a la TAE.

Inseguridad jurídica

Esta situación llevó al Banco de España a desglosar por primera vez en 2017 un índice con los intereses de las tarjetas de crédito, con datos históricos desde 2010. Aun así, los tribunales siguieron usando el criterio de 2015, hasta que hubo un nuevo pronunciamiento del Supremo en 2020. Esta situación provocó pérdidas millonarias a las entidades y truncó la posible salida a bolsa de WiZink.

Hace tres años, el alto tribunal cambió de criterio, aunque con un error que no se ha solucionado hasta ahora. Así, dijo por primera vez que las revolving tenían que compararse con el índice de las tarjetas (18-21%) y no con el crédito al consumo (7-9%). Pero lo hizo enfrentando la TAE de un producto con el TEDR (tipos efectivos de definición restringida), que no incluye comisiones.

placeholder Sede de WiZink Bank en Madrid. (Reuters)
Sede de WiZink Bank en Madrid. (Reuters)

Por ello, ha seguido habiendo demandas y sentencias favorables a los consumidores hasta hace unos meses, en que el alto tribunal ha dictado nuevas sentencias que han sido ahora confirmadas por el pleno. En ellas, afirma que se debe comparar la TAE de las revolving con las TAE medias del mercado, y no con el TEDR. A esto se suma otra victoria parcial reciente de las entidades, que han logrado que el Banco de España aclare en su página web que las TEDR son datos incompletos, como publicó este medio.

Aun así, la sentencia del pasado 15 de febrero deja algunas dudas que podrían seguir generando arbitrariedad en las primeras y segundas instancias. La primera, que da a entender que en casos de demandas posteriores a 2010, el tribunal debe comparar la revolving con el índice TEDR más las comisiones. Y añade que "la TAE, al agregar las comisiones, sería ligeramente superior (entre 20 y 30 centésimas, en los niveles de interés que nos movemos)". Estas cifras han dejado descolocados a los bancos, que insisten en que las comisiones suman varios puntos porcentuales a la TAE, no centésimas.

Reacciones

Junto a ello, el Supremo considera que para que una tarjeta sea usuraria tiene que ser seis puntos porcentuales más cara que la media. Estas 20-30 centésimas más este umbral extra podrían hacer que productos al 25% puedan ser motivo de condenas en momentos en que el TEDR medio se ha movido cerca del 19%, como entre 2010 y 2011. Y a esto se suma que la sentencia afirma que las tarjetas anteriores a estos años tienen que compararse con estos niveles. Aun así, desde las entidades esperan que los tribunales no se guíen por esta letra pequeña, sino por el "espíritu de la sentencia", que se compare TAE con TAE.

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La sentencia no ha sido bien acogida por las asociaciones de consumidores. Desde Asufin, consideran que la polémica con las tarjetas revolving, "uno de los productos de financiación más peligrosos que puede suscribir un consumidor financiero en estos momentos, no termina de zanjarse". Con el criterio de que hay que sumar seis puntos porcentuales, añaden, "parece decirnos veladamente que habría que integrar en el TEDR las comisiones y gastos aparejados, cuando probablemente esa cantidad tampoco se acerca a la realidad".

"Como constatamos desde Asufin, la mayoría de las TAE a las que se comercializan las tarjetas revolving no integra la totalidad de comisiones, ni seguros de protección de pagos, cada vez más habituales, ni el peligroso interés compuesto que genera anatocismo. Es decir, consideramos que el propio interés compuesto, o mecanismo de amortización de la deuda de estas tarjetas, ya es, en sí mismo, fuente generadora de interés desproporcionado y usurario. (...) Insistimos en que en la comercialización de las revolving hay una total ausencia de transparencia, dado que no se explican el interés compuesto y su incidencia en la carga económica del contrato, así como el tiempo que se va a tardar en cancelar la deuda", apuntan.

El Tribunal Supremo arroja luz sobre uno de los mayores frentes de demandas de los últimos tiempos: las tarjetas revolving. El alto tribunal decidió el pasado 15 de febrero, en pleno, avalar que una tarjeta con una TAE (tasa anual equivalente) de casi el 24% no es usuraria y fijar un umbral amplio de seis puntos porcentuales de interés extra para que se pueda condenar a cualquier entidad.

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