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El Supremo pone coto a las demandas de las 'revolving' con otra sentencia a favor de la banca
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Derivado de la Audiencia de A Coruña

El Supremo pone coto a las demandas de las 'revolving' con otra sentencia a favor de la banca

El Alto Tribunal considera que hay que comparar el precio de las tarjetas caso a caso y que el tipo medio entre 1999 y 2009 fue de entre el 23% y el 26%, por lo que no es usurario

Foto: Fachada del Tribunal Supremo. (EFE)
Fachada del Tribunal Supremo. (EFE)

Espaldarazo del Tribunal Supremo a la banca en la guerra de las tarjetas ‘revolving’. El Alto Tribunal ha dictado recientemente una nueva sentencia que sienta jurisprudencia y que fija que tarjetas con una TAE (tasa anual equivalente) de entre el 23% y el 26% no son usurarias, según la sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial. El caso ha llegado derivado de la Audiencia Provincial de A Coruña.

“Los porcentajes a que se refiere el recurso de casación no son correctos, porque se refieren a créditos al consumo y, como hemos dicho anteriormente, es más adecuado tomar en consideración otros productos más similares a los créditos ‘revolving’, como las tarjetas recargables o de las de pago aplazado, que en la fecha de celebración del contrato tenían un interés medio del 24,5% anual y en la década 1999/2009, osciló entre el 23% y el 26%; en todo caso, siempre en un rango superior al interés pactado en el caso litigioso”, dice el Supremo en su fallo del pasado 4 de octubre.

Foto: Uso de una tarjeta en un establecimiento. (Reuters/Michalis Karagiannis)

Esta sentencia ha sido conseguida por el letrado Alberto Traveria Fillat, consejero delegado de ALTH Loan, despacho especializado en las reclamaciones y defensa de las cláusulas de tarjetas de pago y 'revolving', que ha tramitado en las últimas décadas más de 200.000 expedientes. Es el mismo abogado que consiguió la de mayo de 2022, en defensa ambas del fondo Estrella Receivables.

En estas dos sentencias se han resuelto reclamaciones de usuarios de las ‘revolving’ con tarjetas impagadas que reclamaban su nulidad. El fondo Estrella compró carteras de créditos a WiZink y otras entidades hace años. En concreto, el caso sobre el que ha fallado el Supremo es de una tarjeta de Barclays Bank que tenía una TAE del 20,9% anual.

Entre las ideas que refuerzan esta nueva sentencia está que las tarjetas ‘revolving’ solo se pueden comparar con este mismo producto, no con el crédito al consumo, cuyas tasas de interés se sitúan en torno al 8% y al 10%.

Foto: Oficina de Bankinter. (Reuters/Juan Medina)

También remarca que la variable que debe compararse es la TAE, que incluye todos los costes de las tarjetas, y no la TEDR (TAE sin comisiones), cuyas cifras medias da desde 2010 el Banco de España. De hecho, el Supremo cuestiona que el supervisor no ofrezca estas cifras con la TAE en lugar del TEDR: “Resulta significativo que actualmente el Banco de España, para calcular el tipo medio ponderado de las operaciones de crédito al consumo, no tenga en cuenta el de las tarjetas de crédito y ‘revolving’, que se encuentra en un epígrafe diferente”.

El criterio del Supremo ha ido cambiando en los últimos años con tres sentencias, una de 2015, otra de 2020 y la de mayo de este año, lo que genera que las primeras y segundas instancias estén dictando fallos dispares. La de 2015 fijó que se declararan nulas cualquier ‘revolving’ con un tipo de interés por encima del 14-18%, al comparar estas tarjetas con el índice del Banco de España de crédito al consumo. Esto dejaba prácticamente a todas estas tarjetas al borde de la nulidad.

Entre las ideas que refuerzan esta nueva sentencia está que las ‘revolving’ no se pueden comparar con el crédito al consumo, cuyas tasas de interés se sitúan en torno al 8% y al 10%

Las quejas y recursos de las entidades llevaron a la sentencia del Alto Tribunal de principios de 2020, que fijó como comparativa el nuevo índice del Banco de España (de TEDR, no TAE), que entre 2011 y 2019 se movió entre el 19% y el 21%. Por ello, desde entonces, se ha considerado que tarjetas al 25-26% y niveles superiores es usurario.

La sentencia de 2020 tuvo dos efectos: que el Gobierno regulara más la actividad y que las entidades autofijaran precios medios del 20% a estos productos a futuro, y que siguiera habiendo una avalancha de demandas con ‘revolving’ a tipos de entre el 20% y el 30%. Esto ha llevado a los nuevos pronunciamientos de mayo y octubre de este año, en los que el sector financiero ha logrado que el Alto Tribunal deje claro que, para ser usurarias, estas tarjetas deben compararse con el precio de mercado en el momento de la firma de contrato, que no debería ser ni el índice TEDR ni el del crédito al consumo.

Espaldarazo del Tribunal Supremo a la banca en la guerra de las tarjetas ‘revolving’. El Alto Tribunal ha dictado recientemente una nueva sentencia que sienta jurisprudencia y que fija que tarjetas con una TAE (tasa anual equivalente) de entre el 23% y el 26% no son usurarias, según la sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial. El caso ha llegado derivado de la Audiencia Provincial de A Coruña.

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