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Un fiscal desaconseja llevar al Constitucional los alquileres de Aena por defecto de forma
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Un fiscal desaconseja llevar al Constitucional los alquileres de Aena por defecto de forma

El plan de Aena es alegar la cuestión de inconstitucionalidad en cada uno de los 107 procedimientos que tiene abiertos en España contra una treintena de inquilinos

Foto: Turistas en el aeropuerto de Barajas. (EFE/Mariscal)
Turistas en el aeropuerto de Barajas. (EFE/Mariscal)
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Goteo en el enfrentamiento judicial por los alquileres de Aena. La Fiscalía de Barcelona ha desaconsejado plantear la cuestión de la inconstitucionalidad de la ley aprobada por el Congreso que obliga a Aena a ajustar el alquiler de sus locales comerciales a la caída del tráfico. Según el documento, fechado a 8 de marzo, el fiscal desaprueba esta medida por un "defecto procedimental".

Aena afronta una oleada de procesos jurídicos a raíz de la luz verde a la Ley 13/2021, en concreto, por la disposición adicional séptima. Esta legislación obliga a la gestora aeroportuaria a adecuar las rentas que cobra a sus inquilinos al tráfico aéreo, además de eximir una parte de la misma durante el primer estado de alarma. La medida ya afecta a las cuentas de la empresa, que de momento ha amortiguado el golpe con el dividendo de 2022. El plan de Aena es alegar la cuestión de inconstitucionalidad en cada uno de los 107 procedimientos que tiene abiertos en toda la geografía española, contra una treintena de inquilinos.

En su resolución de este marzo, el fiscal no entra a valorar cuestiones de fondo. Su motivo radica en que la jueza de Barcelona que lo solicita lo ha gestionado en vínculo con medidas cautelares, por lo que es pronto para valorar esta cuestión. "La juzgadora 'a quo' no ha deliberado aún sobre las cuestiones planteadas por las partes (...) porque antes de plantear la cuestión debería haber valorado si la reclamación de la demandante es ajustada al contrato, que es la ley aplicable al negocio suscrito entre las partes, si la norma alegada como excepción dilatoria por la demandante es aplicable al caso para enervar parte del importe reclamado de Aena, o si esa disposición es respetuosa con la Constitución", dice el documento. Es decir, que antes de que entre a valorarlo el fiscal, la propia jueza tiene que estar en ese análisis también.

Foto: Aena ha cerrado 2021 con unas pérdidas de 60 millones por efecto del covid. (EFE/Fernando Villar)

El fiscal cita al propio Tribunal Constitucional sobre cuestiones pasadas: "El órgano judicial, al abrir el mencionado trámite de audiencia, no ha expuesto su propia duda de constitucionalidad, sino que (...) se limita a trasladar aquella que le ha sido puesta de manifiesto en el escrito de conclusiones de la parte autora, la cual carece de legitimación para proponer la cuestión ante este tribunal". "No basta con el conocimiento por las partes de la demanda en que se solicitaba el planteamiento de la cuestión, ya que en la misma no se contenía la opinión del órgano judicial al respecto, que es sobre la que se consulta a las partes y que debe quedar explícitamente formulada", prosigue.

En resumen, la ley establece que la inconstitucionalidad solo se debe plantear "cuando el juez puede considerar 'que una norma con rango de ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la constitución", zanja el fiscal. La ley solo permite que el fiscal responda al juez (no a la demandante), por lo que "las vacilaciones" de Aena son "irrelevantes".

placeholder El presidente de Aena, Maurici Lucena. (Patricia Seijas)
El presidente de Aena, Maurici Lucena. (Patricia Seijas)

El fiscal recoge los argumentos de Aena, aunque no los valore. La gestora aeroportuaria explica que "las leyes de caso único" son "una anomalía del poder legislativo", por lo que su uso debe "limitarse a casos excepcionales que por su extraordinaria trascendencia y complejidad no sean remediables con los instrumentos normales de que dispone la Administración". En este contexto, la empresa no considera que se merezca un trato excepcional, ya que actúa igual que otros propietarios de grandes espacios con locales arrendados que se vieron afectados por el confinamiento. Asimismo, argumenta que la modificación automática de los contratos es "discriminatoria y arbitraria" y entra a valorar el derecho de propiedad, el derecho a la tutela judicial efectiva, la libertad de empresa y la retroactividad máxima de la norma.

Fuentes de Aena explican que este escrito no cambia en ningún sentido su cruzada jurídica. Habrá que esperar a que un juez plantee la cuestión de inconstitucionalidad cuando haya entrado en cuestiones de fondo sobre su propio proceso. Las fuentes consultadas no saben decir a ciencia cierta cuándo podría darse eso, ya que los tiempos de la Justicia varían mucho de provincia a provincia.

Goteo en el enfrentamiento judicial por los alquileres de Aena. La Fiscalía de Barcelona ha desaconsejado plantear la cuestión de la inconstitucionalidad de la ley aprobada por el Congreso que obliga a Aena a ajustar el alquiler de sus locales comerciales a la caída del tráfico. Según el documento, fechado a 8 de marzo, el fiscal desaprueba esta medida por un "defecto procedimental".

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