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El BdE no dejará liberar provisiones de inmuebles que no se vendan en tres años
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NUEVA CIRCULAR CONTABLE

El BdE no dejará liberar provisiones de inmuebles que no se vendan en tres años

El Banco de España marcará una senda a las entidades financieras para que liquiden los activos inmobiliarios que se han ido adjudicando estos últimos años en pago de deudas

Foto: Sede del Banco de España en la plaza de Cibeles, en Madrid. (EFE)
Sede del Banco de España en la plaza de Cibeles, en Madrid. (EFE)

El Banco de España limitará finalmente a un máximo de tres años el periodo de liquidación realmente efectivo que tendrán las entidades financieras para soltar el lastre de las pesadas carteras inmobiliarias acumuladas durante la crisis económica. El regulador establecerá esta senda de liquidación en la nueva circular 4/2016 de provisiones que entrará en vigor el próximo 1 de octubre y afectará a los resultados contables de las entidades de crédito en sus respectivos estados financieros al cierre del presente ejercicio. El saldo actual derivado del estallido de la burbuja del ladrillo supone una carga para el sector bancario de 84.000 millones de euros, según los últimos datos del organismo regulador.

La hoja de ruta trazada por la institución que preside Luis Linde establece que la venta de los llamados ‘adjudicados’ deberá efectuarse a partir de unos baremos periódicos en función a la categoría y calidad de cada tipo de activos. Las viviendas deberán ser colocadas en el mercado a razón de un 25% anual, mientras que las oficinas, locales y naves equivalentes lo harán en un 20% y los suelos en un 15%. El objetivo de las autoridades es asegurar unos planes de liquidación claramente definidos en el tiempo que permitirán el saneamiento de los balances mediante la reversión de provisiones efectuadas a lo largo de estos años.

Los bancos dispondrán de cierta discrecionalidad a la hora de orientar sus estrategias de venta pero el Banco de España no quiere que los saneamientos se dilaten en exceso. Para ello, la letra pequeña de la circular otorga al regulador la opción de eliminar la recuperación de las provisiones en todos aquellos activos que superen los tres años en su fase de liquidación. Este criterio restrictivo se fundamenta en la experiencia de ventas del propio mercado inmobiliario, que fija el plazo máximo de ejecución al término del tercer año. Los supervisores tratan de aquilatar de este modo los calendarios de desinversión que los bancos deberán poner en marcha a partir de la nueva normativa contable.

La circular de provisiones introducirá además nuevos elementos de valoración que permitan trabajar con referencias a precios de mercado. Los activos inmobiliarios deberán valorarse en el momento de la adjudicación con tasaciones individuales completas que, además, tendrán que ser actualizadas con una frecuencia mínima anual. En todo caso, las sociedades de tasación no podrán repetir de manera seguida dichas valoraciones y las entidades financieras estarán obligadas a disponer de bases de datos que aseguren la correcta rastreabilidad de los activos desde la adjudicación hasta el momento actual.

El ajuste de valoración sobre inmuebles adjudicados será neutro en las cuentas de finales de año ya que los bancos han provisionado hace tiempo estos activos

Cuando los activos hayan superado el periodo de permanencia medio para inmuebles con políticas de ventas activas, la entidad deberá revisar el procedimiento para determinar el valor razonable incorporando un descuento derivado del tiempo de permanencia en libros. La circular puntualiza que, en el caso de los inmuebles radicados en España, se entenderá que los activos adjudicados han superado dicho periodo de permanencia medio cuando lleven más de tres años en el balance.

El Banco de España quiere aprovechar la próxima regulación contable para certificar el final de la burbuja inmobiliaria y sus nefastas consecuencias en la economía española. Para ello exigirá un ajuste o 'haircut' sobre la valoración contable de estos activos recibidos en pago de deudas. Dicha regularización será del 25% en viviendas, 40% en suelos y 35% en oficinas, locales y naves equivalentes. El recorte equivale a 25.000 millones de los 84.000 que están contabilizados en los balances de las entidades de crédito, si bien el efecto será neutro por cuanto que la mayor parte de los bancos tienen ya provisionados dichos importes en sus estados financieros.

La estrategia de los bancos españoles en el mercado inmobiliario constituye, en suma, el núcleo central de la circular que entra en vigor a la vuelta del verano. El Banco de España emplea su capacidad regulatoria para trasladar al ordenamiento normativo del sector las preocupaciones que todavía mantiene el Banco Central Europeo (BCE) sobre el sistema financiero en España. Los test de estrés han demostrado la viabilidad de los grandes marcas del país pero las autoridades de Fráncfort prefieren curarse en salud para evitar que el modelo tradicional de crecimiento basado en el ladrillo suponga una peligrosa vuelta a las andadas.

El Banco de España limitará finalmente a un máximo de tres años el periodo de liquidación realmente efectivo que tendrán las entidades financieras para soltar el lastre de las pesadas carteras inmobiliarias acumuladas durante la crisis económica. El regulador establecerá esta senda de liquidación en la nueva circular 4/2016 de provisiones que entrará en vigor el próximo 1 de octubre y afectará a los resultados contables de las entidades de crédito en sus respectivos estados financieros al cierre del presente ejercicio. El saldo actual derivado del estallido de la burbuja del ladrillo supone una carga para el sector bancario de 84.000 millones de euros, según los últimos datos del organismo regulador.

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